Agravantes de alevosía, ensañamiento y precio o recompensa (art. 22 CP)

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Resumen

El texto explica las circunstancias agravantes específicas del artículo 22 del Código Penal: alevosía, ensañamiento y precio, promesa o recompensa. Describe las modalidades de alevosía (traicionera, sorpresiva y por desvalimiento), las cuasi-alevosías como el disfraz o el abuso de superioridad, y los requisitos de cada agravante.

Puntos clave

  • Las agravantes del artículo 22 CP son tasadas y no admiten creación por analogía.
  • La alevosía consiste en emplear medios que tiendan a asegurar la ejecución sin riesgo para el culpable procedente de la defensa del ofendido.
  • Las modalidades de alevosía son traicionera, sorpresiva y por desvalimiento.
  • Las cuasi-alevosías incluyen el disfraz, el abuso de superioridad, el aprovechamiento de lugar o tiempo y el auxilio de otras personas.
  • El ensañamiento consiste en aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima con padecimientos innecesarios para el delito.
  • La agravante de precio, promesa o recompensa se aprecia en la ejecución mediante un beneficio económico, y la jurisprudencia la aplica tanto al autor material como al inductor.

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Circunstancias Agravantes Específicas

Las circunstancias de ALEVOSÍA, ENSAÑAMIENTO, PRECIO, PROMESA O RECOMPENSA son circunstancias agravantes recogidas en el artículo 22 del Código Penal (CP). A diferencia de las circunstancias atenuantes, estas vienen todas tasadas, es decir, que no se admite la creación de circunstancias agravantes por analogía.

Alevosía

La definición legal de alevosía se contiene en el artículo 22.1º CP:

«Hay alevosía cuando el culpable comete delito contra las personas empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa del ofendido.»

Clases de Alevosía

La jurisprudencia distingue tres modalidades principales de alevosía:

  • Traicionera: Concebida como trampa, acechanza, traición, emboscada o celada.
  • Sorpresiva: Consistente en un ataque súbito, inopinado, repentino, imprevisto o fulgurante, que no permite a la víctima reaccionar ni eludir el ataque.
  • Por desvalimiento: En la que el atacante se aprovecha de una situación de indefensión de la víctima, por ejemplo: sobre niños de corta edad, ancianos, personas privadas de razón o sentido, gravemente enfermas o personas dormidas.

Cuasi-Alevosía

Son aquellas circunstancias que se fundamentan en una reducción de la capacidad de defensa del ofendido, así como en las facilidades para cometer el hecho y lograr la impunidad. Estas incluyen:

  • Disfraz: Empleo de todo medio eficaz para ocultar o desfigurar el rostro o la apariencia externa con la finalidad de no ser reconocido.
  • Abuso de superioridad: Suele llamarse alevosía menor, pues solo comporta el debilitamiento o la reducción de la capacidad de defensa del agredido.
  • Aprovechamiento de las circunstancias del lugar y tiempo: Hace referencia al despoblado o la nocturnidad, pues se facilita la comisión o el debilitamiento de la defensa de la víctima.
  • Auxilio de otras personas.

Ensañamiento

El ensañamiento se define como:

«Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a esta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito.»

Esta agravante requiere una intención específica de causar dolor adicional que no es necesario para consumar el crimen.

Precio, Promesa o Recompensa

Esta circunstancia agravante se aplica al:

«Ejecutar el hecho mediante precio, promesa o recompensa.»

La actividad delictiva está motivada o influida por la percepción de un beneficio económico. La jurisprudencia generalmente la aprecia tanto en el autor material como en el inductor del delito.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la alevosía según el artículo 22 del Código Penal?

Hay alevosía cuando el culpable comete un delito contra las personas empleando medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurar la ejecución, sin riesgo para su persona procedente de la defensa del ofendido.

¿Qué diferencia hay entre alevosía y cuasi-alevosía?

La cuasi-alevosía se fundamenta en reducir la capacidad de defensa de la víctima y facilitar el hecho, como el disfraz o el abuso de superioridad, mientras que la alevosía plena asegura la ejecución sin riesgo para el autor.

¿En qué consiste el ensañamiento?

El ensañamiento consiste en aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causándole padecimientos innecesarios para la ejecución del delito, con una intención específica de dolor adicional.

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Test

1. Según el texto, ¿las circunstancias agravantes del artículo 22 CP admiten creación por analogía?
2. ¿Cuál de las siguientes es una modalidad de alevosía según la jurisprudencia?
3. ¿Qué es la alevosía sorpresiva?
4. ¿Cuál es un ejemplo de cuasi-alevosía citado en el texto?
5. ¿Qué requiere la agravante de ensañamiento?
6. ¿A quién aprecia la jurisprudencia la agravante de precio, promesa o recompensa?

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