Clasificación y Constitución de Sociedades Comerciales: Conceptos Fundamentales

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Sociedades Comerciales: Definiciones y Conceptos

El principal objetivo de la empresa es obtener ganancias cumpliendo funciones de servicio y generación de empleo.

  • Empresa individual o unipersonal: Un solo dueño.
  • Sociedad: Dos o más personas.

Es fundamental distinguir que la empresa es una persona jurídica, mientras que los dueños o socios son personas físicas.

Empresa Comercial Unipersonal

Se constituye cuando su único dueño es un comerciante.

Sociedad Comercial

No se requiere que realice habitualmente actos de comercio y no depende necesariamente de una finalidad de lucro (ejemplos: comedores, bomberos, etc.).

Tipos de sociedades

  • Colectiva
  • En comandita simple
  • De capital e industria
  • De responsabilidad limitada (SRL)
  • Anónima (SA)
  • Cooperativa
  • De economía mixta

Clasificación de las Sociedades

1. Sociedades de personas o de intereses

Tienen gran importancia las condiciones individuales de los socios. La parte con la cual cada uno forma el capital social se llama parte de interés. Incluye: colectiva, en comandita simple, de capital e industria, y accidental o en participación.

2. Sociedades de capitales o por acciones

Se priorizan los aportes de capital. El capital social está representado por acciones. Incluye: anónimas y en comandita por acciones.

3. Sociedades intermedias o por cuotas

Importa tanto el elemento personal de los socios como los aportes de capital, el cual está dividido en cuotas (ejemplo: sociedad de responsabilidad limitada).

El Contrato Social

Toda sociedad nace de un contrato (acuerdo entre dos o más personas). No se debe confundir la existencia del contrato con el instrumento de prueba. Todo contrato debe contener:

  • Datos personales de los socios.
  • Datos de la sociedad.
  • Normas de organización y funcionamiento.

Instrumentos de formalización

  • Instrumento público: Interviene un escribano público; este documento hace plena fe de su contenido.
  • Instrumento privado: La única condición es que debe estar firmado por los contratantes.

Inscripción: El contrato debe inscribirse en el Registro Público de Comercio para que la sociedad se considere regularmente constituida.

Sociedades de hecho o irregulares

  • De hecho: Aquellas en las que no se ha efectuado el contrato escrito.
  • Irregulares: Aquellas que no han inscripto su contrato en el Registro Público de Comercio.

Sociedad de Capital e Industria

En este tipo societario existen dos tipos de socios:

  • Capitalistas: Aportan capital y ejercen la administración. Su responsabilidad es ilimitada, solidaria y subsidiaria.
  • Industriales: Aportan su industria (trabajo).

La administración puede ser ejercida por cualquiera de los socios y a la denominación social se le debe agregar la sigla SCI.

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