Clasificación de Delitos e Infracciones en Extranjería: Penas y Sanciones

Clasificado en Derecho

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Delitos contra los Derechos de los Ciudadanos Extranjeros

  • Mutilación genital: 6-12 años. (Art. 149.2)
  • Matrimonio forzado y delito de forzamiento a abandonar o impedir regresar a territorio español: 6 meses a 3 años. (Art. 172 bis)
  • Trata de seres humanos: 5-8 años. (Art. 177 bis)
  • Tráfico ilegal de mano de obra: 6 meses a 3 años. (Art. 312.1)
  • Recluta de trabajadores (oferta de trabajos falsos) y empleo de extranjeros en ciertas condiciones: 6 meses a 3 años. (Art. 312.2)
  • Favorecimiento de la inmigración engañosa a otro país: 6 meses a 3 años. (Art. 313)
  • Discriminación en el empleo público o privado: 6 meses a 2 años. (Art. 314)
  • Autoría por persona jurídica: Según lo dispuesto en la ley. (Art. 318)
  • Favorecimiento de la inmigración clandestina o tráfico ilegal: 3 meses a 1 año. (Art. 318 bis)
  • Incitación al odio y violencia (odio, hostilidad, discriminación): 1 a 4 años. (Art. 510)
    • Si es persona jurídica: 2 a 5 años. (Art. 510 bis)
  • Discriminación en el acceso a servicios públicos: 6 meses a 2 años. (Art. 511)
  • Discriminación en actividades profesionales o empresas: (Art. 512)

Infracciones Administrativas

Infracciones Leves

  • Omisión de datos o retraso en la renovación: Procedimiento simplificado. Multa hasta 500 €. Sin expulsión ni internamiento.
  • Trabajar en sector o ámbito distinto / Contratar para trabajar en sector o ámbito distinto: Procedimiento de lisos. Multa hasta 500 €. Sin expulsión ni internamiento.
  • Trabajar por cuenta propia con autorización de residencia temporal: Procedimiento según Ley de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (lisos). Multa hasta 500 €. Sin expulsión ni internamiento.

Infracciones Graves

  • Acumulación de 3 faltas, salidas del territorio español por puestos no habilitados, no obtener la tarjeta de identidad de extranjero, simular matrimonio, promover la permanencia irregular o consentir la inscripción en el padrón: Procedimiento ordinario. Multa de 501 hasta 10.000 €. Sin expulsión, decomiso ni CIE.
  • Incumplimiento de las medidas o actividades contrarias al orden público: Procedimiento preferente. Multa de 501 hasta 10.000 €. Con expulsión y CIE. Sin decomiso.
  • Estancia ilegal: Procedimiento preferente/ordinario. Multa de 501 hasta 10.000 €. Con expulsión y CIE. Sin decomiso.
  • Trabajar sin autorización: Procedimiento de lisos. Multa de 501 hasta 10.000 €. Con expulsión. Sin decomiso ni CIE.
  • Ocultar o falsear datos: Procedimiento ordinario. Multa de 501 hasta 10.000 €. Con expulsión. Sin decomiso ni CIE.
  • No dar de alta al trabajador en la Seguridad Social: Procedimiento de lisos. Multa de 501 hasta 10.000 €. Sin expulsión, decomiso ni CIE.

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