Clasificación de los derechos subjetivos: patrimoniales, reales y extrapatrimoniales
Enviado por Comunidad Wikiteka y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 2,82 KB
Clasificación de los derechos subjetivos
Derechos patrimoniales: Cuando tienen un valor económico, se puede indicar que tienen un valor patrimonial. Se dividen en tres:
Derechos personales
Derechos personales: Aquellos que tienen una relación entre personas y sujetos: uno pasivo (deudor) y uno activo (acreedor). A través de esta relación, el sujeto activo tiene la facultad de obligar al pasivo al cumplimiento de una determinada prestación. Son denominados también obligaciones. Estos derechos pueden nacer de hechos lícitos o ilícitos. Ej.: contrato (acuerdo de voluntades destinado a regular los derechos de las personas que intervienen en él).
Derechos reales
Derechos reales: Contienen una relación entre una persona y una cosa. Ej.: derecho de propiedad, protegido por la Constitución Nacional en el art. 17, en el que dice que la propiedad es inviolable, salvo que existan algunas razones como la expropiación.
Características:
- Absoluto: la persona puede hacer con su bien lo que quiera.
- Exclusivo: pertenece a una sola persona o condominio (si fueran más).
- Perpetuo: no tiene límites de tiempo.
Derechos intelectuales
Derechos intelectuales:
Usurpación o prescripción adquisitiva
Usurpación o prescripción adquisitiva: Es una manera de adquirir un bien con el transcurso del tiempo. Para que este derecho se configure hace falta 20 años, que el propietario no muestre interés (inacción) y que una tercera persona se comporte como dueño.
Expropiación
Expropiación: Debe existir utilidad pública (con este acto se beneficiará a la sociedad). Por este motivo se expropia un bien a una persona, a la cual se indemniza previamente.
Derechos extrapatrimoniales
Derechos extrapatrimoniales: No tienen un contenido patrimonial; es decir, no puede decirse de ellos que valen una determinada cantidad de dinero.
Derecho de familia
Son aquellos que muestran las relaciones de los miembros de una familia. Ej.: la patria potestad (conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres respecto a sus hijos menores de edad, desde el momento de la concepción y siempre que no estén emancipados).
Derechos personalizados
Son aquellos que tienen todas las personas con el solo hecho de serlo. Ej.: vida, salud, etc.
Derechos transmisibles
Son derechos que se pueden transmitir. Los bienes, derechos y obligaciones son transmisibles.
Derechos intransmisibles
Son derechos que no se pueden suceder (transmitir). Son inherentes a la persona misma. Ej.: derecho del aire, derecho del agua.