Clasificación de Empresas: Empresario Individual, Sociedades de Capital y Personalistas
Clasificado en Economía
Escrito el en
con un tamaño de 3,26 KB
Características principales del Empresario Individual
El empresario individual es una persona física que realiza en nombre propio y por medio de una empresa, una actividad comercial, industrial o profesional. Sus características principales son:
- Un solo socio: Está constituido por un único integrante.
- Responsabilidad ilimitada: Responde con todo su patrimonio personal ante las deudas de la actividad.
- Sin mínimo de capital: No se exige un capital social mínimo legal para su constitución.
- Transmisión: Puede venderse la participación en el negocio.
- Denominación: El nombre oficial es el de la persona física, aunque también, si lo registra, puede utilizar un nombre comercial.
Sociedades Personalistas
En las sociedades personalistas, los socios tienen nombres y apellidos y se conocen entre sí. Algunos asumen una responsabilidad ilimitada. Lo verdaderamente importante en este modelo son las características personales y el prestigio de los socios, quienes aportan capital y trabajo, respondiendo personalmente de las deudas de la sociedad.
Sociedad Colectiva
En la Sociedad Colectiva, los socios intervienen directamente en la gestión y responden personalmente de forma ilimitada y solidaria frente a las deudas sociales. Es una forma jurídica especialmente adecuada para un número reducido de socios.
Sociedad Comanditaria
En la Sociedad Comanditaria, la identidad de los socios posee responsabilidad ilimitada y no se pueden transmitir sus participaciones o acciones sin el consentimiento de los demás socios. Estas sociedades se dividen en:
- Comanditarias simples: Basadas en la aportación de capital y trabajo de carácter personalista.
- Comanditarias por acciones: Aquellas a las que se les aplica la normativa reguladora de las Sociedades Anónimas.
Sociedades de Capital o Mercantiles
Las sociedades de capital o mercantiles desarrollan una actividad sujeta al derecho mercantil. Son entes a los que la ley reconoce personalidad jurídica propia y distinta de la de sus miembros. Estas sociedades cuentan con un patrimonio propio y diferente al patrimonio individual de cada uno de sus socios, y tienen como objeto una finalidad lucrativa, es decir, buscan la obtención de beneficios.
Existen principalmente dos tipos:
- Sociedad Limitada (S.L.)
- Sociedad Anónima (S.A.)
Sociedad Limitada (S.L.)
La Sociedad de Responsabilidad Limitada es aquella sociedad mercantil en la que el capital social está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, y en la que la responsabilidad de los socios se encuentra limitada exclusivamente al capital aportado.
Sociedad Anónima (S.A.)
La Sociedad Anónima es una sociedad mercantil, con personalidad jurídica independiente de sus socios, en la que el capital social se encuentra dividido en acciones. Las acciones son indivisibles e individuales.