Clasificación y Gestión de Zonas Radiactivas: Normativa y Seguridad
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Clasificación de las zonas radiactivas
Las áreas de trabajo se clasifican según el nivel de riesgo radiológico y deben estar correctamente delimitadas, señalizadas y con acceso restringido.
El Servicio de Protección Radiológica (SPR) es el responsable de esta clasificación, teniendo en cuenta:
- Magnitud de las exposiciones.
- Dosis anuales previstas.
- Riesgo de dispersión de la contaminación.
Todo ello se rige por el Real Decreto 783/2001.
Zona no vigilada y zona vigilada
- Zona no vigilada: No existe riesgo ni de irradiación ni de contaminación. La dosis efectiva es 0 mSv/año.
- Zona vigilada: Puede existir riesgo moderado. Se da cuando la dosis efectiva puede superar 1 mSv/año o la dosis equivalente puede superar 1/10 del límite anual para cristalino, piel o extremidades.
Zona controlada
Son zonas de mayor riesgo, donde:
- La dosis efectiva puede ser superior a 6 mSv/año.
- La dosis equivalente puede superar 3/10 del límite anual:
- Cristalino: 50 mSv/año.
- Piel y extremidades: 500 mSv/año.
En estas zonas se aplican procedimientos estrictos de trabajo para reducir la exposición, evitar la contaminación y minimizar los riesgos ante accidentes.
Clasificación dentro de la zona controlada
Según el nivel de peligro, se distinguen:
- Zona de permanencia limitada: Puede superarse el límite anual durante una jornada laboral completa.
- Zona de permanencia reglamentada: Se pueden superar los límites en cortos periodos de tiempo, por lo que requiere autorización especial y control estricto.
- Zona de acceso prohibido: Existe riesgo de recibir dosis superiores en una sola exposición, por lo que el acceso está estrictamente restringido.
Señalización de las zonas radiactivas
Las señales deben colocarse en lugares visibles, especialmente en las entradas y puntos clave. La señal indica el tipo de zona (parte superior) y el tipo de riesgo (parte inferior).
Tipos de señalización:
- Trébol solo: Riesgo de irradiación externa.
- Trébol con puntas radiales: Irradiación externa.
- Trébol sobre fondo punteado: Contaminación radiactiva.
- Trébol con puntas + fondo punteado: Irradiación y contaminación.
Clasificación de los trabajadores expuestos
Los trabajadores se clasifican según el riesgo de exposición:
- Categoría A: Pueden recibir más de 6 mSv/año de dosis efectiva, 15 mSv/año en cristalino o 150 mSv/año en piel y extremidades.
- Categoría B: Todos los trabajadores expuestos que no cumplen los criterios de categoría A.
El riesgo aumenta en este orden: Zona vigilada → zona controlada → permanencia limitada → permanencia reglamentada → acceso prohibido.
Evaluación de la exposición
Se realiza a dos niveles:
Vigilancia del medio de trabajo
- Medición de dosis externas, contaminación superficial y actividad en el aire.
- Uso de dosímetros.
- Señalización adecuada.
- Acceso restringido a personal autorizado.
- Formación continua en protección radiológica.
Vigilancia individual
- La dosimetría la realizan servicios autorizados por el CSN.
- Sólo se tienen en cuenta las radiaciones recibidas durante el trabajo.
- Todas las dosis deben quedar registradas durante toda la vida laboral.
Vigilancia sanitaria
- Categoría A: Uso obligatorio de dosímetros, controles por contaminación interna si procede y reconocimiento médico previo con revisiones anuales.
- Categoría B: No tienen las mismas obligaciones médicas; su dosis se estima a partir del ambiente de trabajo.
Protección de personas en formación, familiares y público
- Personal en formación: Supervisión constante, EPIs adecuados y formación continua.
- Familiares: Información clara sobre riesgos, evitar accesos innecesarios y reducir tiempo de exposición.
- Público: Control continuo de radiación ambiental y planes de emergencia ante incidentes.