Clasificación y Normativa de los Contratos de Trabajo en España

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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Tipos de Contratos Laborales

1. Contratos Temporales

  • Obra y servicio:
    • Finalidad: Realizar una labor específica identificable en espacio y tiempo.
    • Duración: El tiempo que dure la obra o servicio, no superior a 3 años (ampliable 12 meses por convenio colectivo).
    • Forma: Escrita, con preaviso de 15 días si es mayor a 2 años.
    • Indemnización: 9 días de salario por cada año trabajado.
  • Contrato eventual:
    • Finalidad: Cubrir exigencias circunstanciales, acumulación de tareas o excesos de pedidos.
    • Duración: Máximo 6 meses en un periodo de 12 meses. Por convenio colectivo se podrá fijar otro periodo de referencia y duración máxima, sin que el periodo de referencia sea superior a 18 meses ni la duración máxima supere las 3/4 partes del periodo de referencia (en todo caso, máximo 12 meses).
    • Forma: Escrita si la duración es superior a 4 semanas o a tiempo parcial.
    • Indemnización: 9 días de salario por año trabajado.
  • Contrato de interinidad:
    • Finalidad: Sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto o mientras se cubre por selección o promoción.
    • Duración: Lo que dure la ausencia; en caso de proceso de selección, máximo 3 meses.
    • Forma: Escrita.

2. Contratos Formativos

  • Contrato de prácticas:
    • Finalidad: Adquirir práctica profesional adecuada a la titulación.
    • Requisitos: Haber obtenido titulación universitaria o FP en los 4 años anteriores a la firma, siendo el puesto relacionado con la titulación.
    • Duración: No inferior a 6 meses sin exceder 2 años.
    • Prórrogas: 2 prórrogas de 6 meses cada una, siempre que no supere el máximo de 2 años.
    • Jornada: Completa o parcial.
    • Retribución: No inferior al 60% o 75% del salario fijado en convenio durante el 1º y 2º año, respectivamente.
    • Desempleo: Derecho a recibir prestación si se reúnen los requisitos.
  • Contrato de formación y aprendizaje:
    • Finalidad: Adquirir formación teórico-práctica con un nivel mínimo de cualificación para la base de la ocupación.
    • Requisitos: Mayor de 16 y menor de 21 años sin titulación para realizar contrato de prácticas. Para alumnos de escuelas taller, máximo 24 años (sin límite de edad para alumnos de taller de empleo o personas con discapacidad).
    • Formación teórica: Mínimo 15% de la jornada máxima.
    • Duración y prórroga: Igual que el contrato temporal.
    • Jornada: Completa.
    • Retribución: Fijada por convenio; la formación teórica no se retribuye.
    • Desempleo: No hay derecho a percibir prestaciones.

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