Clasificación del Suelo, Deber de Conservación y Planeamiento Urbanístico según TRLOTUP

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1. Clasificación de suelos

El Plan General clasifica los terrenos según su situación y aptitud:

  • Suelo Rural: Terrenos que el Plan General clasifica como zonas rurales.
  • Suelo Urbano: Solares y terrenos que el Plan General Estructural zonifica como zonas urbanizadas.
  • Suelo No Urbanizable: Terrenos zonificados como zonas de nuevo desarrollo o expansión urbana. Supone la mera aptitud de los terrenos para su urbanización, previa programación de los mismos.

2. Deber de conservación y su límite

Límite del deber de conservación y rehabilitación

Los propietarios están obligados a asumir el coste de las obras de conservación y rehabilitación necesarias para cumplir la ley, hasta el límite del deber normal de conservación.

Si la Administración impone obras que superan dicho límite, el propietario puede exigir que la Administración sufrague el exceso.

Las obras exceden del deber normal de conservación cuando su coste supera la mitad del valor de una construcción de nueva planta, con características similares, igual superficie útil y condiciones de ocupación. En el caso de otras construcciones, el límite será la mitad del coste de implantar una nueva edificación de iguales dimensiones y uso efectivo.

3. Tipos de planes (Esquema del sistema de planeamiento TRLOTUP)

Planeamiento de ámbito supramunicipal

  • Estrategia territorial de la Comunidad Valenciana.
  • Planes de acción territorial.
  • Planes generales estructurales mancomunados.

Planeamiento de ámbito municipal

  • Plan general estructural.

Planeamiento de desarrollo (ordenación pormenorizada)

  • Plan de ordenación pormenorizada.
  • Plan de reforma interior.
  • Planes parciales.
  • Estudios de detalle.
  • Planes especiales.
  • Catálogos de protecciones.
  • Proyectos de inversiones estratégicas sostenibles.

4. Dotaciones públicas

Parte del suelo o territorio que sirve de soporte a un uso o servicio público, por tanto, de titularidad pública.

El Plan General debe identificar los suelos dotacionales públicos, de modo gráfico y textual en su documentación.

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