Claves para Entender la Nómina, Movilidad Laboral y Extinción de Contratos
Enviado por dasdas y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 3,76 KB
Entendiendo el Recibo de Salarios (Nómina)
En el recibo de salarios (nómina) se especifican cada una de las percepciones salariales, así como los descuentos que se practiquen.
Estructura de la nómina
- Encabezamiento: Categoría y grupo de cotización.
- Cuerpo: Devengos, deducciones y bases de cotización a la Seguridad Social.
La fórmula básica es: Devengado - Deducciones = Salario neto.
Bases de cotización a la Seguridad Social
Es la cantidad calculada en relación con las retribuciones de los trabajadores, sobre la cual se aplican tipos impositivos para obtener las cuotas a descontar: Bases × Tipos = Cuotas a ingresar.
- Base de cotización por desempleo: Incluye desempleo, FP y FOGASA.
- Base de cotización por contingencias laborales: Cuotas por IT (Incapacidad Temporal) e IMS (Invalidez, Muerte y Supervivencia).
- Base de cotización por horas extra: Diferenciadas entre fuerza mayor y resto de horas.
Movilidad y Modificaciones Laborales
Movilidad geográfica
Consiste en trasladar al trabajador (de forma definitiva o temporal) a otro centro de trabajo en una localidad distinta, implicando un cambio en el lugar de residencia.
- Definitivo: Cambio permanente.
- Temporal: Máximo 1 año. Se mantiene el salario, se cobran dietas y gastos de viaje. Se debe informar con 5 días de antelación si la duración es superior a 3 meses.
Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo
Afectan a: jornada, horario, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración, sistema de trabajo y rendimiento, y funciones (cuando el cambio excede los límites de la movilidad funcional).
- Individual: Notificación con 30 días de antelación. El trabajador puede optar por: aceptar, impugnar o extinguir el contrato.
- Colectiva: Requiere un periodo de consultas de 15 días y se comunica con 30 días de antelación.
Suspensión y Excedencias
Suspensión del contrato de trabajo
Interrupción temporal de la prestación laboral sin que se extinga el contrato entre empresa y trabajador. Causas:
- Acuerdo mutuo, incapacidad del trabajador, causas consignadas válidamente en el contrato, maternidad/paternidad, cargo público representativo, razones disciplinarias, excedencia forzosa, huelga, cierre legal de la empresa o violencia de género.
Tipos de excedencia
- Voluntaria: Por necesidad. Duración de 4 meses a 5 años. Requiere 1 año de antigüedad. No tiene reserva de puesto.
- Forzosa: Por cargo público representativo. Dura mientras dure el cargo y conlleva reserva de puesto.
- Cuidado de hijos: Por nacimiento, adopción o acogimiento. Hasta 3 años. Reserva de puesto durante 1 año.
- Cuidado de familiar: Hasta 2º grado de afinidad. Hasta 2 años. Reserva de puesto durante 1 año.
Extinción del Contrato de Trabajo
Es la finalización de la relación laboral entre la empresa y el trabajador, donde desaparecen las obligaciones de ambas partes de forma definitiva.
Impugnación de despido
- Acto de conciliación: Se cita a las partes para intentar llegar a un acuerdo (con avenencia o sin avenencia).
- Demanda ante el juzgado: Se presenta si no hay acuerdo en la conciliación.
- Sentencia: El juez dicta sentencia, calificando el despido como: nulo, improcedente o procedente.