El comerciante: definición, requisitos, obligaciones y clasificación
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Resumen
Este documento explica quién es el comerciante según el derecho mercantil. Define la capacidad legal, los actos de comercio y los requisitos para ejercer el comercio. Recoge las personas sin capacidad legal, las obligaciones del comerciante, como la inscripción y la contabilidad, y su clasificación por volumen, ámbito, mercadería y costumbres de plaza. El estudiante aprenderá a identificar quién es comerciante.
Puntos clave
- Comerciante es todo individuo que, con capacidad legal para contratar, ejerce por cuenta propia actos de comercio como profesión habitual.
- Tienen capacidad legal para ejercer el comercio los mayores de 18 años.
- Un acto de comercio es la adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre ella, para lucrar con su enajenación.
- El comerciante debe inscribirse en el Registro Público de Comercio, en los registros tributarios nacional y provincial, y en la municipalidad.
- Entre sus obligaciones están seguir un orden uniforme de contabilidad, conservar la correspondencia y los libros, y rendir cuentas en los términos de la ley.
- Según el volumen de negocio, los comerciantes son por mayor o por menor. Según el ámbito geográfico, son internacionales o nacionales.
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Definición de Comerciante
Se considera comerciante a todo individuo que, teniendo capacidad legal para contratar, ejerce por cuenta propia actos de comercio, haciendo de ello su profesión habitual.
Características del Comerciante
- Es un individuo (persona física).
- Posee capacidad legal para contratar.
- Ejerce por cuenta propia.
- Realiza actos de comercio.
- Hace de ello su profesión habitual.
Capacidad Legal
Tienen capacidad legal para ejercer el comercio los mayores de 18 años.
Incapacidad Legal
No poseen capacidad legal:
- Por su función: Clérigos, sacerdotes, personas religiosas, jueces y magistrados judiciales.
- Por incapacidad legal: Los que hayan quebrado, menores no emancipados y los que están privados de su libertad.
- Por incapacidad de hecho: Los sordomudos, los dementes, las personas por nacer y los menores de 18 años.
Concepto de Contratar
El comerciante establece acuerdos con sus proveedores y compradores (concepto de contrato).
Ejercicio por Cuenta Propia
Significa que todos los actos que realiza el comerciante los hace bajo su exclusivo nombre y responsabilidad.
Actos de Comercio
Se define como acto de comercio toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre ella, para lucrar con su enajenación, ya sea en el mismo estado en que se adquirió o luego de darle otra forma de mayor o menor valor.
Requisitos de la Definición de Actos de Comercio
- Adquisición a título oneroso: El comerciante compra pagando un valor en dinero por el bien.
- Cosa mueble: Bienes que se pueden trasladar de un lugar a otro.
- Derecho sobre ellos: Por ejemplo, el alquiler.
- Lucrar: Obtención de beneficios (ganancias).
- Enajenación: Ventas.
- En el mismo estado o modificado: Se vende la cosa sin modificación en su esencia o transformada.
Inscripción del Comerciante
El comerciante debe inscribirse en:
- Registro Público de Comercio (matrícula).
- AFIP (Monotributista o Responsable Inscripto).
- ATP (Administración Tributaria Provincial).
- Municipalidad.
Derechos y Obligaciones de los Comerciantes
Quienes profesan el comercio contraen, por ese mismo hecho, la obligación de someterse a todos los actos y formas establecidas por la ley mercantil.
Actos y Obligaciones
- La inscripción en un registro público, tanto de la matrícula como de los documentos.
- La obligación de seguir un orden uniforme de contabilidad y de tener los libros necesarios a tal fin.
- La conservación de la correspondencia que tenga relación con el giro del comerciante, así como la de los libros de contabilidad.
- La obligación de rendir cuentas en los términos de la ley.
Clasificación de los Comerciantes
Según el Volumen de Negocio
- Por mayor: Compran, venden o hacen fabricar mercaderías para negociar en grandes volúmenes.
- Por menor: Para negociar en pequeñas cantidades.
Según el Ámbito Geográfico
- Internacionales: Realizan especulaciones en el extranjero.
- Nacionales: Limitan su tráfico al interior del estado donde viven.
Según el Tipo de Mercadería
- En general: Toda persona que hace profesión de la compra o venta de mercaderías.
- En particular: Libreros, mercaderes y tenderos de toda clase que venden mercaderías que no han fabricado.
Según las Costumbres de Plaza
- Importadores: Introducen mercaderías del extranjero y luego las venden.
- Exportadores: Envían mercaderias al extranjero.
- Fabricantes o industriales: Elaboran materia prima transformándola en productos útiles.
- Banqueros: Reciben sumas de dinero en calidad de aporte de sus clientes y prestan el mismo a terceros que lo necesitan.
- Consignatarios: Reciben mercaderías de terceros encargándose de la venta por cuenta de ellos.
Preguntas frecuentes
¿Quién es comerciante?
Es todo individuo que, teniendo capacidad legal para contratar, ejerce por cuenta propia actos de comercio como profesión habitual.
¿Qué obligaciones tiene el comerciante?
Debe inscribirse en un registro público, seguir un orden uniforme de contabilidad, conservar la correspondencia y los libros, y rendir cuentas en los términos de la ley.
¿Qué es un comerciante por mayor?
Es el que compra, vende o hace fabricar mercaderías para negociar en grandes volúmenes.
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