Preámbulo y clasificación de derechos en las constituciones de Argentina y Estados Unidos
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Resumen
El texto compara el Preámbulo de la Constitución Nacional Argentina con el de la Constitución de Estados Unidos, como método para entender la esencia de ambas constituciones. Además, explica los conceptos de declaraciones, derechos y garantías, y clasifica los derechos en políticos, civiles y sociales, con ejemplos de cada uno.
Puntos clave
- Declaraciones: normas que fijan acciones que deben cumplir los poderes del Estado y enunciaciones de carácter general.
- Derechos: facultades reconocidas a individuos o grupos sociales.
- Garantías: forma de defensa de la libertad y seguridad personales y límites a la acción del Estado (Artículos 1-43 de la C.N.).
- Derechos políticos: corresponden solo a los ciudadanos y les permiten intervenir en la formación del gobierno.
- Derechos civiles: corresponden a todos los individuos, nativos o extranjeros, para desenvolverse en la actividad privada.
- Derechos civiles de personalidad son irrenunciables; los patrimoniales son renunciables.
- Derechos sociales: se refieren a la actividad laboral, la familia y la previsión social, y pueden ser individuales o colectivos.
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Comparación entre el Preámbulo de la Constitución Argentina y la Constitución de Estados Unidos
La comparación entre el Preámbulo de la Constitución Nacional Argentina (C.N.) y el de la Constitución de los Estados Unidos se realiza porque el preámbulo introduce a la esencia de la Constitución. Por lo tanto, es un método eficaz para comparar ambas constituciones.
Declaraciones, Derechos y Garantías
- Declaraciones: Son normas que establecen acciones que deben cumplir los poderes del Estado y, además, enunciaciones de carácter general.
- Derechos: Son facultades reconocidas a los individuos o a los grupos sociales.
- Garantías: Constituyen una forma de defensa de la libertad y seguridad personales. También son los límites impuestos a la acción del Estado, protegiendo de ella a los individuos (Artículos 1-43).
Clasificación de los Derechos
Derechos Políticos
Son los que corresponden solamente a los ciudadanos, habilitándolos para intervenir en la formación del gobierno. Por ejemplo:
- Derecho a adquirir la ciudadanía.
- Derecho a elegir sus gobernantes.
- Derecho a ser elegido para cargos públicos.
- Derecho a peticionar a las autoridades.
- Derecho de iniciativa popular.
- Derecho a votar en consultas populares.
- Derecho de resistencia contra actos de fuerza que amenacen el orden constitucional.
Derechos Civiles
Corresponden a todos los individuos, nativos o extranjeros, y los facultan para desenvolverse en la actividad privada.
- Derechos Civiles de Personalidad: Se refieren a la libertad personal y son irrenunciables (ningún individuo puede renunciar a su libertad).
- Derechos Civiles Patrimoniales: Se refieren a la propiedad de bienes y son renunciables (una persona puede renunciar a su propiedad).
Derechos Sociales
Se refieren a la actividad laboral, a la familia y a la previsión social.
- Sociales Individuales: Ejercidos por cada hombre o mujer individualmente.
- Sociales Colectivos: Ejercidos por grupos sociales (familias, organizaciones sindicales).
- Derechos Sociales Colectivos Gremiales: Los poseen los trabajadores agrupados por profesiones, es decir, agremiados, para concretar con los empresarios convenios colectivos de trabajo.
- Derechos Sociales Colectivos Familiares: Son ejercidos ante el Estado por los representantes del grupo familiar. Por ejemplo:
- Derecho a una vivienda digna.
- Derecho a la defensa del bien familiar.
Artículos sobre la Defensa de la Libertad y Seguridad Personal
Los artículos referidos dictan una forma de defensa de la libertad y seguridad personal.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre derechos civiles de personalidad y patrimoniales?
Los derechos civiles de personalidad se refieren a la libertad personal y son irrenunciables. Los patrimoniales se refieren a la propiedad de bienes y pueden renunciarse.
¿Quiénes pueden ejercer los derechos políticos?
Los derechos políticos corresponden solamente a los ciudadanos, habilitándolos para intervenir en la formación del gobierno.
¿Qué son las garantías constitucionales según el texto?
Las garantías son una forma de defensa de la libertad y seguridad personales, y también los límites impuestos a la acción del Estado para proteger a los individuos.
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