Constituciones españolas de 1869 y 1876: comparativa de características y legado
Resumen
El documento compara las Constituciones españolas de 1869 y 1876, dos textos clave de la historia constitucional de España. Explica la naturaleza y los propósitos de cada una, sus principios sobre la soberanía, los derechos, la religión, el Senado y el sistema electoral. Permite entender cómo cambió el régimen político entre el sexenio democrático y la Restauración canovista.
Puntos clave
- La Constitución de 1869 establece una monarquía constitucional y democrática, con soberanía nacional y división de poderes.
- La Constitución de 1869 es la primera constitución española verdaderamente democrática y recoge derechos individuales, colectivos y sociales.
- El poder legislativo de 1869 es bicameral (Congreso y Senado), elegido por sufragio universal masculino y directo.
- La Constitución de 1869 declara la libertad de cultos, aunque mantiene el compromiso con el culto católico.
- La Constitución de 1876 es la base del sistema canovista y otorga un poder superior a la Corona, con soberanía compartida entre el Rey y las Cortes.
- La Constitución de 1876 declara la religión católica como religión del Estado, con tolerancia para otros cultos no católicos.
- El Senado de 1876 tiene senadores por derecho propio, vitalicios nombrados por la Corona y elegidos por corporaciones y mayores contribuyentes.
- La Constitución de 1876 no fija el sistema electoral, lo que permitió a Sagasta introducir el sufragio universal en 1890.
Las Constituciones Españolas de 1869 y 1876: Un Estudio Comparativo
Este documento examina dos textos fundamentales en la historia constitucional de España: las Constituciones de 1869 y 1876, destacando sus características principales, propósitos y el impacto en el desarrollo político del país.
Constitución Española de 1869
Naturaleza y Propósito
Estamos ante una nueva Constitución española, fuente primaria de naturaleza jurídica. Se trata de un texto público, dirigido a la Nación española, y cuya finalidad es establecer un nuevo régimen basado en la Monarquía Constitucional y democrática.
Ideas Clave y Disposiciones
Ideas principales:
- Supone el final definitivo de la monarquía absolutista.
- Establecimiento de la primera Constitución española verdaderamente democrática.
- Recoge una serie de derechos, tanto de carácter individual como de tipo colectivo y social.
- El sistema político acordado fue la monarquía constitucional, en el que la soberanía residía en la Nación, con reconocimiento expreso de la división de poderes.
- El poder legislativo era bicameral (Congreso y Senado), elegido por sufragio universal masculino y directo.
Ideas secundarias:
- En el preámbulo de la Constitución se establece que las Cortes Constituyentes actúan en nombre de la Nación.
- Se indica que han sido elegidas por sufragio universal (masculino, ya que en el siglo XIX las mujeres estuvieron marginadas).
- El Estado declara la libertad de cultos, aunque se compromete a mantener el culto católico.
Constitución Española de 1876
Naturaleza y Propósito
Como texto constitucional de fuente primaria, su naturaleza es jurídica. Cualquier Constitución es la norma suprema de un país, encargada de establecer las bases a partir de las cuales se desarrollará su legislación y la organización del Estado.
Ideas Clave y Disposiciones
Idea principal:
- La Constitución de 1876 es la base principal del sistema canovista y resume su pensamiento político.
- Otorga un poder superior a la Corona, lo que lleva a rechazar la soberanía nacional y a establecer la soberanía compartida entre el Rey y las Cortes.
Ideas secundarias:
- Centrándonos en los artículos propuestos, el Artículo 11 se refiere a la cuestión religiosa: la católica era la religión del Estado, pero establecía una tolerancia respecto al ejercicio de otros cultos no católicos.
- Respecto al Senado, se introdujeron cambios en comparación con la Constitución de 1845. El Artículo 20 de la Constitución establecía tres tipos de senadores:
- Por derecho propio.
- Vitalicios nombrados por la Corona.
- Elegidos por las corporaciones del Estado y mayores contribuyentes.
- El sistema electoral se dejó abierto, sin fijarse en la Constitución, como se observa en el Artículo 27. Esto fue un acierto al permitir un cambio en el sistema electoral sin tener que reformar la Constitución. Así, en 1890, Sagasta pudo introducir el sufragio universal frente al sistema restringido aprobado por Cánovas.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre la soberanía de la Constitución de 1869 y la de 1876?
En 1869 la soberanía reside en la Nación, mientras que en 1876 se establece una soberanía compartida entre el Rey y las Cortes. La Constitución de 1876 otorga un poder superior a la Corona.
¿Qué religión establece la Constitución de 1876?
La católica es la religión del Estado, aunque se establece una tolerancia respecto al ejercicio de otros cultos no católicos.
¿Cómo estaba compuesto el Senado según la Constitución de 1876?
Estaba formado por senadores por derecho propio, vitalicios nombrados por la Corona y senadores elegidos por las corporaciones del Estado y los mayores contribuyentes.
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