Conceptos y Clasificación del Sujeto de Derecho: Persona Física y Jurídica
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El Sujeto de Derecho: Conceptos Fundamentales
Definición de Persona Física (Sujeto de Derecho)
Es toda persona física susceptible de tener derechos y obligaciones.
Concepto Alternativo
Todo ente susceptible de ser sujeto activo o pasivo en una relación judicial.
Clasificación de las Personas en el Ordenamiento Jurídico
Según nuestro ordenamiento jurídico, las clases de personas son:
- La persona de existencia física o de existencia visible (Persona Natural).
- La persona jurídica o de existencia ideal.
Referencia Legal: Artículo 15 del Código Civil
El Artículo 15 del Código Civil establece: «Las personas son naturales o jurídicas.»
La Persona Jurídica
Definición de Persona Jurídica
Toda unidad orgánica resultante de una colectividad organizada de personas.
Concepto Alternativo
Entes ideales abstractos a los cuales la ley les reconoce la condición de sujeto de derecho.
Tipos de Personas Jurídicas
Personas Jurídicas Públicas
Estas son la manifestación de la autoridad pública, ligadas a la organización política de la República. Como consecuencia, los Estados y Municipios pueden contratar, obligarse, ser acreedores, demandar, ser demandados y ser deudores, al igual que cualquier otra persona jurídica.
Personas Jurídicas Privadas
Son aquellas extrañas a toda idea de potestad pública o de servicio público. Emanan de la iniciativa de los particulares. Incluyen:
- Asociaciones
- Corporaciones
- Fundaciones
Figuras Específicas de Personas Jurídicas Privadas
Las Asociaciones
Son la colaboración voluntaria y organizada de varias personas que persiguen fines comunes y no lucrativos.
Elementos para la Constitución de una Asociación
Para constituir una asociación deben existir varios elementos:
- Acuerdo de voluntades.
- Fin que se persigue.
- El aporte.
- Protocolizar el acta constitutiva que le dará forma legal a la misma. (Esto la constituye y le permite adquirir personalidad jurídica).
Las Corporaciones
Son y se manejan de igual forma que las asociaciones, pero son creadas por mandato público. Pueden ser públicas y privadas.
Ejemplo: Los colegios profesionales (Colegio de Médicos, Colegio de Abogados, etc.).
Las Fundaciones
Son aquellas destinadas a la obtención de un objetivo de utilidad general (artístico, científico, literario, benéfico o social) y deben contar con patrimonio propio. Es una obra a realizar por medio de una organización de hombres y bienes puestos al servicio de un fin. Son ajenas a la idea de lucro, y los beneficiarios de esta obra son siempre personas indeterminadas.