Conceptos Clave de Derecho Laboral: Incapacidades y Tipos de Despido

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Incapacidad Temporal (IT)

Es la situación en que se encuentran los trabajadores incapacitados transitoriamente para trabajar y que precisan asistencia sanitaria por situaciones de **enfermedad común o profesional**, **accidente** (sea o no laboral), y **periodos de observación** por enfermedad profesional.

Causas de la Incapacidad Temporal

  • Enfermedad común o accidente no laboral.
  • Accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • Periodos de observación profesional.

Incapacidad Permanente (IP)

Es la situación en que se encuentra el trabajador que, después de haber sido dado de **alta médica**, presenta **reducciones anatómicas o funcionales graves** que disminuyen o anulan su capacidad para el trabajo.

Distintos Grados de Incapacidad Permanente

  • Incapacidad Permanente Parcial.
  • Incapacidad Permanente Total.
  • Incapacidad Permanente Absoluta.
  • Gran Invalidez.

Despido Objetivo

Se produce cuando concurren **circunstancias ajenas a la voluntad** del trabajador y del empresario. Las causas principales son:

  1. **Ineptitud** del trabajador conocida con posterioridad a su colocación en la empresa.
  2. **Falta de adaptación** del trabajador a las modificaciones técnicas realizadas en su puesto de trabajo, cuando esta sea razonable.
  3. **Amortización de puestos de trabajo** (por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción).
  4. **Faltas de asistencia** (aun justificadas pero intermitentes) que alcanzan el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos.
  5. **Insuficiencia de consignación presupuestaria** para la ejecución de planes y programas públicos.

Despido Disciplinario

El contrato de trabajo puede extinguirse por **decisión del empresario** mediante el despido basado en un **incumplimiento grave y culpable** del trabajador.

Causas del Despido Disciplinario

  1. Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
  2. Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  3. Ofensas verbales o físicas al empresario o a los compañeros.
  4. Transgresión de la **buena fe contractual** y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
  5. Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado.
  6. Embriaguez habitual o toxicomanía.
  7. Acoso (racial, étnico, por discapacidad, edad, acoso sexual, etc.).

Procedimiento del Despido Disciplinario

La notificación del despido debe realizarse **por escrito**. La ley no establece el tipo de documento necesario, pero lo más habitual es la **carta de despido**. Esta contendrá, como mínimo, la siguiente información:

  1. Decisión y hechos que motivan el despido.
  2. Fecha del despido (no es preciso ningún preaviso).

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