Conceptos Clave sobre Impugnación y Recursos Procesales en el Derecho

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Conceptos Fundamentales de la Impugnación Procesal

Qué es impugnar: Es la acción y efecto de atacar o refutar un acto judicial, un documento, la declaración de un testigo o el informe de un perito, con el fin de obtener su revocación o invalidación.

Son sinónimos impugnar y recurrir: No, no son sinónimos. Se encuentran en una relación de género a especie.

Medios de Impugnación que No Son Recursos

Mencione 3 medios de impugnación que no sean recursos:

  • El incidente de alzamiento de medidas precautorias
  • La oposición respecto de la actuación decretada con citación
  • El incidente de nulidad procesal del rebelde (artículo 80 del CPC)
  • La oposición de tercero (artículo 234 inciso penúltimo del CPC)
  • El juicio ordinario posterior a la sentencia en las querellas posesorias (artículo 581)
  • La renovación de la acción ejecutiva (artículo 477 del CPC)
  • El recurso de revisión (entendido por la doctrina como una acción impugnativa autónoma)

Definición y Características de los Recursos Procesales

Defina recurso: Es el acto jurídico procesal de parte, o de quien tenga legitimación para actuar, mediante el cual se impugna una resolución judicial no ejecutoriada dentro del mismo proceso en que se pronunció, solicitando su revisión a fin de eliminar el agravio causado.

Características de los Recursos

  • Debe estar previsto por el legislador, quien determina el tribunal que debe conocer de él y el procedimiento que debe seguirse para su resolución.
  • Es un acto jurídico procesal de parte o de quien tenga la legitimación para actuar.
  • Debe existir un agravio para el recurrente.
  • Debe impugnarse una resolución judicial no ejecutoriada, dentro del mismo proceso en que se dictó.
  • Persigue la revisión de la sentencia impugnada.

Qué es el agravio: El agravio es sinónimo de perjuicio. Concurre cuando una parte no obtiene todo lo que ha pedido en el proceso; incluye no solo lo pedido sino el fundamento por el cual fue concedido. No solo es importante el monto de la indemnización, sino también a qué título ha sido concedida.

Cuándo está ejecutoriada una resolución:
Según el artículo 174 del CPC, se entiende firme desde que se notifica a las partes si no procede recurso alguno en contra de ella. En caso contrario, desde que se notifique el decreto que la mande cumplir una vez terminen los recursos deducidos, o desde que transcurran todos los plazos que la ley concede para la interposición de dichos recursos sin que se hayan hecho valer por las partes. En este último caso, tratándose de sentencias definitivas, certificará el hecho el secretario del tribunal a continuación del fallo, el cual se considerará firme desde este momento sin más trámites.

Formas de Eliminación del Agravio y Clasificación

Cuáles son las formas en que un recurso elimina el agravio:

  • La reforma de una resolución judicial: Reposición y apelación buscan que se modifique o remplace una resolución o una sentencia que, cumpliendo los requisitos legales, falla de forma agraviante.
  • La nulidad de una resolución judicial: Casación y nulidad buscan anular una sentencia que ha incumplido requisitos legales.

Hay recursos procesales consagrados en la Constitución: Contempla cuatro medios que, si bien los llama recursos, la mayoría de la doctrina los denomina acciones:

  1. Recurso de protección.
  2. Recurso de amparo.
  3. Recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.
  4. Recurso de reclamación de la nacionalidad.

Recursos Ordinarios y Extraordinarios

Qué es un recurso ordinario y qué es un recurso extraordinario:

Recurso ordinario: Son aquellos en que no es necesario especificar los motivos del recurso; basta con alegar el perjuicio o agravio causado al recurrente por la resolución recurrida (ej. Apelación y Reposición).

Recurso extraordinario: Hay unos motivos concretos y tasados que se deben precisar para que den lugar al recurso. Es imprescindible que esas causas o motivos estén admitidos por la ley (ej. Casación y Recurso de Hecho).

Elementos y Efectos de los Recursos

Indique los elementos presentes en todo recurso:

  • Un tribunal que dictó la resolución (a quo).
  • Una resolución que causó agravio y el tribunal que conocerá del recurso (ad quem).
  • La existencia de un recurrente agraviado y la resolución que resuelve el recurso.

Qué es el efecto devolutivo y qué es el efecto suspensivo:

Efecto devolutivo: Es la facultad por la cual el juez superior jerárquico toma conocimiento de la resolución del inferior mediante la apelación, sin suspender la ejecución de la misma.

Efecto suspensivo: Tiene por objeto suspender o terminar temporalmente la competencia del tribunal inferior para seguir conociendo de la causa.

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