Conceptos Fundamentales del Derecho: Definiciones y Clasificaciones

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Derecho

Concepto: conjunto de normas jurídicas. Si no se cumplen, se aplica el uso de la fuerza, que se denomina coacción (te obliga, si no cumples, sanción).

Normas Morales

No son coercibles, pueden coincidir con las jurídicas (no robar, no matar) cuando son impuestas por el Estado.

Derecho Objetivo y Subjetivo

  • Derecho subjetivo: es la facultad de exigir algo o de realizar determinados actos.
  • Derecho objetivo: único y verdadero derecho, debemos actuar de acuerdo con la norma.

Características del Derecho

  • Bilateral: al accionar u obrar de un sujeto se oponen las obras y acciones de otros.
  • General: se aplica a todos los miembros.
  • Coercitivo: se aplican con el uso de la fuerza.
  • Imperativo: ordena.
  • Evolutivo: se adecúa al desarrollo de la vida social.

Fuentes del Derecho

  • La ley: es toda norma jurídica emanada del poder legislativo.
  • La costumbre: repetición constante y uniforme de determinados actos que se convierten en obligatorios. Ejemplo: las comunidades islámicas rezan hacia La Meca (su dios).
  • La jurisprudencia: conjunto de sentencias sobre una misma cuestión jurídica.
  • La doctrina: es la opinión de uno o varios autores sobre cuestiones jurídicas.

Derecho Positivo

Rige en un estado determinado, se clasifica en público y privado.

Derecho Público

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la organización y desenvolvimiento del Estado y sus relaciones con otros Estados o con particulares. Se divide en:

  • Derecho constitucional
  • Derecho administrativo
  • Derecho penal (delitos)
  • Derecho procesal

Ejemplo: al menos una de las partes tiene que ser del Estado.

Derecho Privado

Conjunto de reglas obligatorias que rigen las relaciones de los particulares entre sí. Se dividen en:

  • Derecho privado externo o internacional
  • Derecho privado interno

Ejemplo: divorcio.

Modo de Contar Intervalos de Derecho

Los días, meses y años se contarán para todos los efectos legales, por el calendario gregoriano (se llama así porque fue editado por el Papa Gregorio XIII).

El día es el intervalo entero que corre de medianoche a medianoche y los lapsos de días no se contarán de momento a momento, ni por horas, sino desde la medianoche en que termina el día de su fecha (desde las 00:00 hs hasta las 00:00 hs). Los días pueden ser hábiles (lunes a viernes) o corridos (todos sin importar feriados ni fines de semana).

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