Conceptos Fundamentales sobre Nóminas y Estructura Salarial
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Recibo de Salario o Nómina
La empresa está obligada a entregar al trabajador un documento denominado nómina, en el que se especifica cada una de las percepciones, así como los descuentos que se practican.
Devengos
Son las cantidades que percibe el trabajador por diversos conceptos:
- Percepciones salariales: Retribuyen el trabajo o las condiciones del mismo. Cotizan y tributan. Son las siguientes: salario base, antigüedad, peligrosidad, incentivos, etc.
- Percepciones no salariales: Se perciben cuando se producen determinadas circunstancias; no retribuyen el trabajo efectivo ni los periodos de descanso. Cotizan a la Seguridad Social y tributan al IRPF.
Horas Extraordinarias
- Horas extraordinarias de fuerza mayor: Son las que vienen exigidas por la necesidad de reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, así como en los casos de riesgo de pérdida de materias primas. Son obligatorias para el trabajador.
- Horas extra: Horas de trabajo que sobrepasan la duración máxima de la jornada. El límite anual es de 80 horas estructurales. La retribución se realiza según convenio o mediante lo pactado. Está prohibido realizarlas en menores de 18 años y en turnos de noche. La empresa debe llevar un control escrito de las horas realizadas por los trabajadores.
El Salario
Es la totalidad de las percepciones económicas que reciben los trabajadores, en dinero o especie, por el desempeño de un trabajo por cuenta ajena. Retribuye el trabajo efectivo y los periodos de descanso.
Forma de pago
- Retribución dineraria: Cheque, transferencia o metálico.
- Retribución en especie: Entrega de bienes o beneficios; su valor no puede superar el 30% de las retribuciones.
Estructura salarial
Salario = Salario base del grupo profesional (o salario de contratación) + complementos o pluses salariales.
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
Es la cantidad mínima que percibe el trabajador, sin distinción de sexo o edad, como salario base por jornada completa. El SMI es fijado anualmente por el Gobierno; se cobra en dinero, no puede disminuir por percepciones en especie y es inembargable, excepto si se debe al incumplimiento del deber de pagar pensiones alimenticias.
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
Organismo autónomo cuya finalidad es pagar a los trabajadores, en caso de insolvencia o concurso de acreedores de la empresa, los salarios pendientes de pago con un máximo de 120 días y las indemnizaciones por despido o extinción de contrato, que no pueden sobrepasar los 30 días por año de servicio.