El concurso de acreedores: concepto, principios, presupuestos y clases
El concurso de acreedores
Concepto
Procedimiento mediante el cual se ordena la concurrencia de los acreedores de un deudor sobre su patrimonio, por lo que se organiza de forma colectiva la defensa de los acreedores.
Principios
1) Universalidad: porque esta orden de acreedores abarca a todos los acreedores y sobre todo el patrimonio del deudor (bienes y derechos realizables de este).
2) Par conditio creditorum: implica el tratamiento paritario entre todos los acreedores de la misma clase. Estos dos principios conducen a la "comunidad de pérdidas", que lleva a un sacrificio proporcional de los acreedores, dada la insuficiencia patrimonial del deudor.
Finalidad
La satisfacción del interés ordenado y colectivo de los acreedores. Por tanto, no se puede afirmar de forma global que el concurso persiga el saneamiento del empresario ni tampoco que la finalidad de ese concurso sea la liquidación. Según el caso, el concurso finalizará con la liquidación o con un convenio con los acreedores.
Presupuestos del concurso
Presupuesto subjetivo
Hace referencia a quién puede incurrir en un procedimiento concursal. Puede ser persona física o jurídica, sea o no empresario. Por tanto, el procedimiento concursal es general para cualquier tipo de deudor. Como excepción, se indica que no pueden entrar en concurso las entidades que integran la organización territorial del Estado, los organismos públicos y los organismos de derecho público. La herencia puede ser declarada en concurso.
Presupuesto objetivo
Es la insolvencia del deudor, entendiendo por insolvencia que el deudor no puede cumplir regularmente todas las obligaciones que le son exigibles. Cuando es el propio deudor quien solicita la declaración de concurso, debe probar su situación de insolvencia mediante documentos. Cuando la declaración de concurso la solicitan los acreedores, la prueba de insolvencia resulta más difícil, y por ello el ordenamiento establece unos "hechos objetivos de insolvencia" que facultan la prueba. La insolvencia puede ser actual o inminente.
Presupuesto formal
Están legitimados para solicitar el concurso:
- 1) Los acreedores, cualquiera de ellos (salvo algunas excepciones).
- 2) El deudor: si es una persona jurídica, corresponde a su órgano de administración.
- 3) Si es una persona jurídica, también están legitimados los socios que respondan personalmente frente a las deudas.
- 4) En el caso de una herencia están legitimados los herederos, los acreedores del deudor fallecido y el administrador de la herencia.
Clases de concurso
- 1) Voluntario: cuando lo solicita el propio deudor.
- 2) Necesario: cuando lo solicita cualquier otro sujeto.
Declaración del concurso
El concurso se declara por el juez mediante un "auto" que se realiza a instancia de las personas legitimadas para solicitar el concurso. Una vez que se declara, es necesario dotarlo de publicidad.