Conexiones y Recusaciones en el Proceso Judicial: Una Guía Completa
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Conexiones en el Derecho Procesal
Litispendencia o Continencia Parcial
La litis pendencia o continencia parcial se da cuando la relación entre dos causas se establece porque el objeto de una abarca al objeto de la otra. Existe una causa continente y otra contenida, una relación de parte a todo.
La característica fundamental es la identidad parcial entre los objetos. Los sujetos son los mismos; si fueran distintos, estaríamos ante un supuesto de conexión y no de continencia.
Artículo 51 CPC: la causa menor deberá acumularse al expediente que tiene el juez donde cursa la causa mayor. Ambas controversias las conocerá el juez ante el cual esté pendiente la causa continente.
Accesoriedad
La accesoriedad, segundo supuesto de conexión específica, se presenta cuando una causa, llamada accesoria, se encuentra subordinada por el título a la otra causa, llamada principal.
La causa accesoria no se declara con lugar si no se declara con lugar la principal. Sin embargo, esto no es recíproco, ya que la principal sí puede ser declarada con lugar y la accesoria negada.
Recusación del Funcionario Judicial
Fundamento, Fines y Causales
La recusación busca que un funcionario judicial no siga conociendo una controversia por estar incurso en una causa legal invocada por la parte. La parte busca separar del juicio al funcionario legalmente incapacitado por alguna causal que, a criterio del legislador, pueda comprometer su imparcialidad.
Causales de Inhibición y Recusación (Artículo 82 CPC):
- Parentesco de las partes
- Parentesco del cónyuge del recusado
- Parentesco del recusado
- Interés directo
- Cuestión idéntica
- Deudor de plazo vencido
- Pleito pendiente
- Juicio criminal
- Prestación de patrocinio
- Deudor de pendencia de pleito civil
- Cualidad de heredero y otras
- Sociedad de intereses
- Razón de gratitud
- Cualidad de administrador
- Cualidad de testigo o experto
- Queja
- Enemistad
- Injurias y otras antes del pleito
- Injurias y otras durante el pleito
- Parentesco con el juez a quo
El Tribunal y sus Miembros
El Juez
(Aquí se debería ampliar la información sobre las funciones del juez)
Secretario
El secretario actúa con el juez y suscribe los actos, resoluciones y sentencias. También suscribe con el juez las recusaciones y declaraciones de testigos. En el juicio penal oral, elabora el acta del debate. Suscribe con las partes las diligencias que formulen en el expediente y recibe los escritos de las partes, incluidas las demandas, debiendo anotar la fecha de presentación y el número.
(Aquí se podrían añadir las otras dos funciones del secretario)