Conjunto de normas jurídicas que están vigentes se denominç
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ORDENAMIENTO JURÍDICO: conjunto de normas jurídicas que están urgentes en un territorio en un determinado momento. LA JERARQUÍA NORMATIVA: el principio de jerarquía determina que cada norma tiene un nivel determinado e implica que las normas de rango superior prevalecerán a las del rango inferior. CARECERÁN DE VALIDEZ LAS DISPOSICIONES QUE CONTRADIGAN OTRA DE RANGO SUPERIOR.
NORMAS QUE COMPONEN EL ORDENAMIENTO: La constitución: la de 1978 es la más importante de todo el ordenamiento jurídico español, es extensa: consta de 169 artículos divididos en un título preliminar y 10 títulos numerados, y es una norma rígida: es muy difícil modificarla. El tribunal constitucional lleva el control de su adecuación. Tratados internacionales y normativa de la UE: si un tratado internacional incluyera contratrias a lo establecido en la constitución, sería necesaria la reforma de esta. Leyes: son las normas jurídicas aprobadas por las cortes generales o por los parlamentos de las CA: LEYES ESTATALES: A)orgánicas: tratan temas de especial importancia como derechos fundamentales, libertades públicas. Es precisa la mayoría absoluta del congreso de los doputados para su aprobación o modificación. B)Ordinarias: cualquier otra ley. LEYES DE LAS CA: únicamente serán aplicadas dentro de sus territorios. Otras normas con rango de ley: tipos de normas jurídicas que tienen el mismo nivel que las normas que emiten las cortes generales, debido a que cuentan con la autorización de estas, por ello: legislación delegada. Según el momento en que se produzca la autorización hay decretos legislativos (la autorización se produce antes de dictar la norma) y decretos de leyes (la autorización tiene lugar después, por ello se denomina convalidación). Reales decretos legislativos: las cortes generales podrán delegar en el gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley, en caso de materias determinadas no reservadas a la ley orgánica.Tipos: Textos articulados: el parlamento aprueba una ley de bases en la que fija los criterios que debe seguir el gobnierno para elaborar el texto articulado. Textos refundidos: cuando existe una pluralidad de textos legales que regulan una misma materia, se encomienda al gobierno que los unifique en uno solo para simplificar su regulación legal.
NORMAS QUE COMPONEN EL ORDENAMIENTO: La constitución: la de 1978 es la más importante de todo el ordenamiento jurídico español, es extensa: consta de 169 artículos divididos en un título preliminar y 10 títulos numerados, y es una norma rígida: es muy difícil modificarla. El tribunal constitucional lleva el control de su adecuación. Tratados internacionales y normativa de la UE: si un tratado internacional incluyera contratrias a lo establecido en la constitución, sería necesaria la reforma de esta. Leyes: son las normas jurídicas aprobadas por las cortes generales o por los parlamentos de las CA: LEYES ESTATALES: A)orgánicas: tratan temas de especial importancia como derechos fundamentales, libertades públicas. Es precisa la mayoría absoluta del congreso de los doputados para su aprobación o modificación. B)Ordinarias: cualquier otra ley. LEYES DE LAS CA: únicamente serán aplicadas dentro de sus territorios. Otras normas con rango de ley: tipos de normas jurídicas que tienen el mismo nivel que las normas que emiten las cortes generales, debido a que cuentan con la autorización de estas, por ello: legislación delegada. Según el momento en que se produzca la autorización hay decretos legislativos (la autorización se produce antes de dictar la norma) y decretos de leyes (la autorización tiene lugar después, por ello se denomina convalidación). Reales decretos legislativos: las cortes generales podrán delegar en el gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley, en caso de materias determinadas no reservadas a la ley orgánica.Tipos: Textos articulados: el parlamento aprueba una ley de bases en la que fija los criterios que debe seguir el gobnierno para elaborar el texto articulado. Textos refundidos: cuando existe una pluralidad de textos legales que regulan una misma materia, se encomienda al gobierno que los unifique en uno solo para simplificar su regulación legal.