Constitución de 1812: soberanía nacional y liberalismo en España

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Resumen

El documento describe la Constitución de Cádiz de 1812, o "La Pepa", promulgada durante la Guerra de la Independencia. Explica el principio de soberanía nacional, la monarquía constitucional, el papel de las Cortes y la división de poderes. También recoge las reformas socioeconómicas que impulsó, como la abolición de los señoríos, el mayorazgo y los gremios, la libertad de imprenta y la supresión de la Inquisición.

Puntos clave

  • La Constitución de Cádiz fue promulgada el 19 de marzo de 1812 en Cádiz, durante la Guerra de la Independencia (1808-1814).
  • Proclamó la soberanía nacional: el poder reside en la Nación y no en el Rey.
  • Estableció una monarquía constitucional en la que el poder legislativo recae en las Cortes y el ejecutivo es compartido entre el Rey y las Cortes.
  • Las Cortes de Cádiz eran unicamerales y, en su mayoría, de tendencia liberal.
  • Se consagró la división de poderes, con un sufragio universal masculino indirecto y sufragio censitario para ser candidato.
  • Entre las reformas destacan la abolición del régimen señorial y del mayorazgo, la supresión de los gremios, la libertad de imprenta y la supresión de la Inquisición.

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Características Fundamentales y Contexto de la Constitución de 1812

Denominación: Constitución Política de la Monarquía Española de 1812 (conocida como Constitución de Cádiz o "La Pepa").

Naturaleza jurídica: Documento jurídico fundamental.

Fuente: Primaria.

Contenido: Político, histórico y con valor literario.

Autor: Colectivo, la Nación Española representada en las Cortes Generales y Extraordinarias.

Destinatario: Colectivo, la Nación Española.

Lugar de promulgación: Cádiz.

Fecha de promulgación: 19 de marzo de 1812.

Contexto histórico: Guerra de la Independencia Española (1808-1814) contra las tropas francesas de Napoleón.

Ideas secundarias destacadas: Reconocimiento de los derechos del individuo, establecimiento de la división de poderes.

Idea principal: Proclamación de la soberanía nacional, según la cual el poder reside esencialmente en el pueblo.

Conceptos Clave en la Constitución de 1812

Soberanía Nacional

Principio según el cual la soberanía "reside esencialmente en la Nación". Este hecho significó la instauración de la soberanía nacional como un nuevo concepto político, donde el poder emana del pueblo y no del Rey. Esto es considerado un pilar de las ideas liberales que comenzaron a surgir durante el siglo XIX. La representación de dicha soberanía se encontraba en las Cortes, que, a través del sufragio de los ciudadanos, se conformaban con distintos diputados.

Monarquía Constitucional

La monarquía es tradicionalmente un sistema político en el que el poder reside únicamente en el monarca, quien, a menudo considerado elegido por voluntad divina, controla el poder ejecutivo, legislativo y judicial. Sin embargo, en la Constitución de 1812, el sistema de gobierno establecido fue una monarquía constitucional (o "moderada hereditaria"). En esta forma de gobierno, el poder legislativo reside fundamentalmente en el pueblo (a través de las Cortes), y el poder ejecutivo es compartido entre el Rey y la Nación, representada en las Cortes.

Cortes

Las Cortes son la institución del Estado que representa a la Nación. En el marco de la Constitución de 1812, en ellas residían el poder legislativo y participaban del poder ejecutivo de manera compartida. Las Cortes de Cádiz eran unicamerales y en ellas se manifestó un ambiente predominantemente liberal, aunque contaron también con representantes absolutistas. Cabe destacar que, en la actualidad, el sistema parlamentario español es bicameral, compuesto por el Congreso de los Diputados y el Senado, ambas cámaras en representación de la Nación y elegidas mediante sufragio universal.

Disposiciones Fundamentales de la Constitución de Cádiz

Para comprender la Constitución de Cádiz, es crucial situarla en su contexto histórico. El Consejo de Regencia convocó Cortes Generales y Extraordinarias, conformadas por una única asamblea de representantes de la Nación. Los electores debían ser varones mayores de 25 años. Las Cortes se constituyeron en sesión y se declararon soberanas. La soberanía residía en la Nación, representada por los diputados reunidos en Cortes. Fernando VII era reconocido como Rey de España, pero la soberanía ya no residía en su figura. Como se afirmaba, "La soberanía residía...fundamentales".

Sistema Electoral y Representación

La Constitución establecía el sufragio universal masculino indirecto para la elección de diputados. Si bien los varones mayores de 25 años ejercían el derecho al voto, existía un sufragio censitario para ser candidato (elegible), lo que significaba que solo se podían presentar como elegibles los ilustrados y aquellos con ciertas rentas.

División de Poderes y Forma de Gobierno

Se consagró el principio de la división de poderes y se declaró al Estado como una monarquía moderna y hereditaria.

  • Poder Ejecutivo: Lo ejercía el Rey, que nombraba a los Secretarios de Despacho. No obstante, el monarca no podía suspender o disolver las Cortes, abdicar o abandonar el país sin el permiso de estas.
  • Poder Legislativo: Residía en las Cortes con el Rey. Las leyes las hacían las Cortes, y el Rey las promulgaba y sancionaba, pero también disponía de derecho de veto suspensivo.
  • Poder Judicial: Correspondía a los tribunales de justicia. Se reconocían dos fueros especiales: el militar y el eclesiástico.

Religión

En cuanto a la religión, la Constitución declara en su artículo 12: "La religión de la...", lo que muestra la influencia del poder de la Iglesia sobre los presentes en las Cortes.

Organización Militar y Administrativa

Defensa Nacional

Se establecía también un ejército permanente bajo la autoridad de las Cortes y una Milicia Nacional, con los objetivos de reforzar al ejército regular y servir como cuerpo de defensa de la Nación y del orden constitucional.

Administración Territorial

En cuanto a la administración del Estado, el país se dividía en provincias. Se elegían alcaldes, regidores y un procurador síndico. Las diputaciones provinciales eran elegidas por el Rey.

Legislación Ordinaria y Reformas Socioeconómicas

En la legislación ordinaria desarrollada al amparo de la Constitución, se decretaron importantes reformas:

  • Abolición del régimen jurisdiccional señorial: Las tierras de los nobles pasaron a ser propiedades privadas plenas. Sin embargo, los señoríos siguieron cobrando las rentas en muchos casos.
  • Abolición del mayorazgo: Se decretó también la abolición de esta institución y se declaró la libre propiedad.
  • Supresión de los gremios: Fueron suprimidos los gremios, fomentando la libertad económica.
  • Libertad de imprenta: También se estableció la libertad de imprenta (para escritos políticos, no religiosos).
  • Supresión de la Inquisición: Se eliminó la Inquisición. Hubo conflictos con el clero reaccionario, que dejó vacías algunas sedes episcopales.

Otras Medidas Económicas

Se estableció la desamortización de bienes de propios y baldíos con el fin de amortizar la deuda y recompensar a los militares retirados.

Valoración Final: ¿Una Revolución Política?

La Constitución de Cádiz no fue una revolución política en el sentido estricto, ya que no hubo una toma violenta y rápida del poder del Estado, sino un profundo cambio legislativo impulsado en un contexto excepcional.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo se promulgó la Constitución de Cádiz?

Se promulgó el 19 de marzo de 1812 en Cádiz, durante la Guerra de la Independencia contra las tropas francesas de Napoleón.

¿Qué es la soberanía nacional según la Constitución de 1812?

Es el principio según el cual la soberanía reside esencialmente en la Nación, de modo que el poder emana del pueblo y no del Rey.

¿Qué reformas económicas y sociales introdujo la Constitución de Cádiz?

Abolió el régimen jurisdiccional señorial y el mayorazgo, suprimió los gremios para fomentar la libertad económica y decretó la desamortización de bienes de propios y baldíos.

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Test

1. ¿En qué ciudad fue promulgada la Constitución de 1812?
2. ¿Dónde reside la soberanía según la Constitución de 1812?
3. ¿Cómo era el poder legislativo en el sistema de la Constitución de 1812?
4. ¿Qué institución fue suprimida por la legislación de las Cortes?
5. ¿Cuál era el sistema de sufragio para ser candidato a diputado?
6. ¿Qué tipo de monarquía se estableció con la Constitución de 1812?

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