Constitución Española de 1978: Estructura, Derechos y Corona

Clasificado en Griego

Escrito el en español con un tamaño de 5,12 KB

La Constitución Española de 1978

La Constitución Española de 1978 es la norma que ocupa la primera posición suprema, de ahí que se la denomine la ley fundamental. Fue aprobada por referéndum el 6 de diciembre de 1978 y publicada en el BOE del 29 de diciembre del mismo año.

Prevalece sobre el resto de las leyes. A partir de la Constitución se desarrollarán las restantes normas, y a ella estarán sujetos los ciudadanos y los poderes públicos. Se estructura en un título preliminar y en 10 títulos más, que comprenden 169 artículos, 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, una derogatoria y una final.

Título Preliminar

  • España se constituye en un Estado social y democrático de derecho.
  • La soberanía nacional reside en el pueblo español.
  • La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española.
  • La forma política es la monarquía parlamentaria.
  • El castellano es la lengua oficial del Estado. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas comunidades autónomas.
  • La capital del Estado es la villa de Madrid.
  • Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

Título I: De los Derechos y Deberes

Se estructuran en tres grupos:

  • Derechos personales: Son individuales de las personas. Protegen su intimidad y seguridad y limitan los actos de los poderes públicos (derecho a la vida y a la integridad física, a la libertad ideológica y religiosa, libertad de expresión, a la educación).
  • Derechos políticos y sociales: Garantizan la participación de los ciudadanos (derecho de reunión y manifestación, de asociación, de constitución de partidos políticos, libertad de sindicación).
  • Derechos y deberes de los ciudadanos: Servicio militar y objeción de conciencia, sostenimiento del gasto público, derecho a contraer matrimonio.

Título II: De la Corona

La monarquía parlamentaria establece que el jefe del Estado es un rey hereditario y vitalicio, que reina pero no gobierna. Los actos del rey necesitan ser refrendados por el presidente del Gobierno, los ministros o el presidente del Congreso.

Funciones del Rey

  • Convocar y clausurar las Cortes Generales.
  • Sancionar y promulgar las leyes.
  • Nombrar a los presidentes y miembros del Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, Consejo General del Poder Judicial y al fiscal general del Estado.
  • Firmar tratados internacionales, declarar la guerra y firmar la paz.
  • Proponer al presidente del Gobierno y nombrar a los ministros.
  • Convocar a referéndum.
  • Ostentar el mando supremo de las Fuerzas Armadas.

Sucesión a la Corona

  1. Hijo varón mayor del rey.
  2. Restantes hijos varones del rey por edad.
  3. Hijas del rey por edad.
  4. Hermanas del rey por edad.

Título III: De las Cortes Generales

Ejercida por las Cortes Generales, encargadas de la elaboración de las leyes y de los tratados internacionales. El Parlamento español es bicameral, formado por el Congreso de los Diputados y el Senado.

Los diputados y senadores están protegidos por la inviolabilidad y la inmunidad parlamentarias:

  • La inviolabilidad: Consiste en que los parlamentarios no pueden ser objeto de control o represión por sus opiniones en el ejercicio de sus funciones.
  • La inmunidad: Es el derecho de los parlamentarios a no ser detenidos ni procesados salvo que sean sorprendidos en la comisión de un flagrante delito. Para ser procesados se requiere la autorización de la cámara correspondiente.

La Constitución establece otros órganos de gran relevancia política y social, como son el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

El Congreso de los Diputados

El Congreso de los Diputados, o cámara baja, se compone actualmente de 350 miembros elegidos cada cuatro años por sufragio universal. La circunscripción electoral es la provincia.

Funciones del Congreso

  • Elaborar y aprobar leyes.
  • Convalidar o derogar decretos-leyes.
  • Aprobar los Presupuestos Generales del Estado.
  • Voto de investidura del presidente del Gobierno.
  • Moción de censura y cuestión de confianza.
  • Preguntas e interpelaciones al gobierno.
  • Comisiones de control.
  • Reforma de la Constitución.
  • Recibir peticiones de los ciudadanos.

El Senado

El Senado, o cámara alta, es el órgano de representación territorial. Comparte con el Congreso la función legislativa. Su competencia exclusiva es aprobar o rechazar las medidas propuestas por el gobierno para obligar a las comunidades autónomas a cumplir sus deberes o para reprimir actuaciones que atenten contra el interés de España.

Está compuesto por 266 senadores elegidos por cuatro años de la siguiente forma: mediante sufragio universal y por las comunidades autónomas.

Entradas relacionadas: