Constitución Nacional: Estructura, Jerarquía y Reformas

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1. Concepto de la Constitución Nacional

Es la Ley Suprema y fundamental del país. Se sitúa por encima de todas las demás normas (leyes, decretos u ordenanzas) y cumple tres funciones esenciales:

  • Organizar: Diseña la estructura del Estado.
  • Limitar: Pone un freno al poder de los gobernantes para evitar abusos.
  • Garantizar: Protege y reconoce los derechos de las personas.

Composición

Se divide en cuatro partes:

  • Preámbulo: La introducción que define los valores y objetivos del país.
  • Parte Dogmática: Centrada en los ciudadanos y las garantías.
  • Parte Orgánica: Centrada en el Estado. Explica cómo se organizan, se eligen y qué facultades tienen los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).
  • Disposiciones Transitorias: Cláusulas temporales al final del texto.

2. Jerarquía de Normas e Importancia

El orden jerárquico es el siguiente:

  1. Constitución Nacional y Tratados de Derechos Humanos.
  2. Otros Tratados Internacionales.
  3. Leyes Nacionales.
  4. Decretos.
  5. Leyes Provinciales y Ordenanzas Municipales.

Importancia: Evita el caos legal, brinda seguridad jurídica y garantiza que ningún gobierno de turno vulnere los derechos fundamentales otorgados por la Constitución.

Control de Constitucionalidad

Es el mecanismo para asegurar que ninguna ley inferior contradiga a la Constitución:

  • Lo hacen los jueces: Cualquier juez del país puede declarar que una ley es inconstitucional.
  • Solo para el caso: La ley declarada inconstitucional no desaparece para todo el mundo; simplemente no se le aplica a la persona que inició el juicio.

3. Reforma Constitucional

Es el mecanismo para cambiar o actualizar la Constitución, al ser esta la ley suprema.

Etapas

  • 1. El Congreso autoriza: Se necesitan los votos de los senadores y diputados para declarar que es necesario reformar.
  • 2. La Convención reforma: Se eligen ciudadanos específicos, quienes se reúnen exclusivamente para discutir y aprobar los cambios.

Diferencias frente a una ley común

  • Quién la hace: La reforma la realiza una Convención elegida solo para ese fin; la ley la hace el Congreso habitual.
  • Votos necesarios: La reforma requiere 2/3 del Congreso (mayoría calificada); la ley común se aprueba con la mitad más uno.
  • El Presidente: A la reforma no la puede vetar; a la ley común sí la puede vetar.
  • Límite legal: La reforma cambia la ley máxima; la ley común debe respetar a la Constitución o carece de validez.

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