El Contrato de Trabajo: Elementos, Tipos y Cláusulas Esenciales

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El Contrato de Trabajo

Se define como el acuerdo entre dos personas por el que una de ellas, el trabajador, se compromete a prestar determinados servicios por cuenta ajena bajo la organización y dirección de otra, el empresario, recibiendo a cambio una retribución.

El Trabajador

Persona física que desempeña su labor voluntariamente bajo la organización del empresario, cediendo los frutos de su trabajo a cambio de un salario. Pueden celebrar válidamente los contratos:

  • Personas mayores de 18 años.
  • Menores de 18 años legalmente emancipados.
  • Personas mayores de 16 y menores de 18 si viven independientes o tienen autorización de los padres o tutores.
  • Extranjeros de acuerdo con lo dispuesto en la legislación específica.

El Empresario

Persona física o jurídica (incluyendo comunidades de bienes). Son personas físicas los empresarios individuales y jurídicas las sociedades en sus diversas clases.

Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo

Son necesarios tres elementos:

  • Consentimiento: Se realizará por mutuo acuerdo entre las partes.
  • Objeto: Es la prestación de servicios, es decir, la actividad del trabajador.
  • Causa: Cesión de los frutos que resultan del trabajo para el empresario y la retribución para el trabajador.

Forma, Contenido y Duración del Contrato

El contrato puede celebrarse por escrito o de palabra. El Estatuto de los Trabajadores establece que todo contrato debe ser escrito, excepto el indefinido ordinario y el eventual por circunstancias de la producción.

Contenido Mínimo del Contrato de Trabajo

  • Lugar y fecha.
  • Identificación de las partes.
  • Denominación y categoría del puesto.
  • Lugar de trabajo.
  • Tiempo de trabajo.
  • Duración del contrato.
  • Retribución.
  • Vacaciones.
  • Plazo de preaviso.
  • Convenio colectivo aplicable.
  • Otras cláusulas (si las hubiera).
  • Firma de las partes.

Tipos de Cláusulas Contractuales

  • Confidencialidad: El trabajador se compromete a mantener en secreto la información obtenida de la empresa.
  • No competencia: El trabajador se obliga a no realizar la misma actividad durante un período de tiempo después de la finalización de la relación laboral.
  • Concurrencia/Competencia desleal: El trabajador no puede trabajar por cuenta propia o ajena en lo mismo en lo que esté trabajando para la empresa.
  • Permanencia: Compromiso del trabajador de permanecer en la empresa durante un período determinado, generalmente tras una inversión en su formación por parte de la empresa (hasta dos años).
  • Dedicación plena: El trabajador se compromete a no desempeñar otro trabajo durante la vigencia del contrato.

Duración del Contrato

  • Indefinido: No fijan una fecha determinada para su finalización.
  • Temporal:
    1. De duración determinada.
    2. Formativos.
  • Trabajo a tiempo parcial.
  • Otras modalidades de contratación (relevo, sustitución, etc.).

Periodo de Prueba

El periodo de prueba es un tiempo de duración determinado que pueden pactar el empresario y el empleado al objeto de que ambas partes comprueben la conveniencia de la contratación.

Duración

Si está regulado en los convenios colectivos, no podrá exceder estos plazos:

  • Técnicos titulados: 6 meses.
  • Demás trabajadores: 2 meses.
  • Empresas de menos de 25 trabajadores: 3 meses.
  • Contrato en prácticas: 2 meses para grado superior y 1 mes para grado medio.

Derechos

Durante el periodo de prueba, el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que el resto de los trabajadores de plantilla y ha de estar dado de alta en la Seguridad Social y percibir el salario que corresponda.

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