El Contrato de Trabajo en España: Tipos, Requisitos y Duración
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1. El Contrato de Trabajo
Es un acuerdo entre el trabajador y el empresario por el cual el trabajador se compromete a prestar determinados servicios por cuenta ajena a cambio de una retribución.
2. Capacidad para Celebrar un Contrato
2.1. El Trabajador
Para que pueda celebrar válidamente un contrato debe cumplir los siguientes requisitos de edad y nacionalidad:
Edad:
- +18 años o - de 18 legalmente emancipado
- Mayores de 16 podrán ser contratados con autorización de sus padres mientras el trabajo no sea nocturno, peligroso o perjudicial para la salud.
- Menores de 16 no pueden celebrar contratos de trabajo excepto en espectáculos.
Nacionalidad:
- Podrán celebrar un contrato dentro del territorio español los ciudadanos de la Unión Europea sin que se les exija un permiso de trabajo.
- Los ciudadanos extracomunitarios deberán obtener un permiso de trabajo, y los empresarios que deseen contratarlos deberán obtener un permiso para contratar trabajadores.
2.2. El Empresario
Debe ser mayor de edad o menor emancipado. Si es extracomunitario requerirá permiso de la administración laboral. El empresario puede ser persona física (individuo o autónomo) o jurídica (S.L., anónima o cooperativa).
3. Elementos del Contrato de Trabajo
3.1. Elementos Sustanciales del Contrato
La validez de un contrato consta de 3 elementos:
- Consentimiento: debe ser mutuo acuerdo.
- Objeto: debe ser posible y lícito.
- Causa: debe ser prestar un servicio a cambio de una retribución y tiene que ser lícita.
3.2. Forma del Contrato
Escrito o verbal. Se permite que puedan ser de palabra por circunstancias de la producción siendo inferior a 4 semanas a tiempo completo. Se puede exigir que sea por escrito. Si no existe contrato por escrito hay una presunción de que el contrato es indefinido y a tiempo completo, salvo prueba de contrato.
3.3. Contenido del Contrato
- Lugar y fecha donde se realiza.
- Identificación de las partes.
- Nombre, puesto de trabajo y categoría profesional.
- Jornada y horario de trabajo.
- Duración.
- Retribución.
- Duración de las vacaciones anuales.
- Plazo de preaviso para rescindir el contrato.
- Convenio colectivo.
- Cláusulas colectivas.
4. Duración del Contrato
Puede ser indefinido o temporal y a tiempo completo salvo que se pruebe lo contrario:
- Cuando fuese obligado a ser por escrito y se pacte de palabra.
- Si no se ha dado de alta en la Seguridad Social.
- En caso de realizar fraude de ley.
5. Periodo de Prueba
5.1. Pacto
Se realiza antes de comenzar a trabajar. No puede pactarse si el trabajador no ha sido contratado antes.
5.2. Duración
Reflejada en el convenio del trabajador o en el Estatuto de los Trabajadores. Técnicos titulados medios y superiores (máximo 6 meses). Resto de trabajadores (máximo 2 meses y 3 meses en empresas de - de 25 trabajadores). Contrato de prácticas (1 mes para titulados en Formación Profesional de Grado Medio y 2 meses para titulados de Formación Profesional de Grado Superior). Se interrumpe en caso de baja laboral, maternidad o paternidad.
5.3. Derechos
Mismos derechos sin necesidad de preaviso y sin alegar motivo alguno. No hay indemnización por despido.