El Contrato de Trabajo en España: Tipos, Requisitos y Duración

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1. El Contrato de Trabajo

Es un acuerdo entre el trabajador y el empresario por el cual el trabajador se compromete a prestar determinados servicios por cuenta ajena a cambio de una retribución.

2. Capacidad para Celebrar un Contrato

2.1. El Trabajador

Para que pueda celebrar válidamente un contrato debe cumplir los siguientes requisitos de edad y nacionalidad:

Edad:

  • +18 años o - de 18 legalmente emancipado
  • Mayores de 16 podrán ser contratados con autorización de sus padres mientras el trabajo no sea nocturno, peligroso o perjudicial para la salud.
  • Menores de 16 no pueden celebrar contratos de trabajo excepto en espectáculos.

Nacionalidad:

  • Podrán celebrar un contrato dentro del territorio español los ciudadanos de la Unión Europea sin que se les exija un permiso de trabajo.
  • Los ciudadanos extracomunitarios deberán obtener un permiso de trabajo, y los empresarios que deseen contratarlos deberán obtener un permiso para contratar trabajadores.

2.2. El Empresario

Debe ser mayor de edad o menor emancipado. Si es extracomunitario requerirá permiso de la administración laboral. El empresario puede ser persona física (individuo o autónomo) o jurídica (S.L., anónima o cooperativa).

3. Elementos del Contrato de Trabajo

3.1. Elementos Sustanciales del Contrato

La validez de un contrato consta de 3 elementos:

  • Consentimiento: debe ser mutuo acuerdo.
  • Objeto: debe ser posible y lícito.
  • Causa: debe ser prestar un servicio a cambio de una retribución y tiene que ser lícita.

3.2. Forma del Contrato

Escrito o verbal. Se permite que puedan ser de palabra por circunstancias de la producción siendo inferior a 4 semanas a tiempo completo. Se puede exigir que sea por escrito. Si no existe contrato por escrito hay una presunción de que el contrato es indefinido y a tiempo completo, salvo prueba de contrato.

3.3. Contenido del Contrato

  • Lugar y fecha donde se realiza.
  • Identificación de las partes.
  • Nombre, puesto de trabajo y categoría profesional.
  • Jornada y horario de trabajo.
  • Duración.
  • Retribución.
  • Duración de las vacaciones anuales.
  • Plazo de preaviso para rescindir el contrato.
  • Convenio colectivo.
  • Cláusulas colectivas.

4. Duración del Contrato

Puede ser indefinido o temporal y a tiempo completo salvo que se pruebe lo contrario:

  • Cuando fuese obligado a ser por escrito y se pacte de palabra.
  • Si no se ha dado de alta en la Seguridad Social.
  • En caso de realizar fraude de ley.

5. Periodo de Prueba

5.1. Pacto

Se realiza antes de comenzar a trabajar. No puede pactarse si el trabajador no ha sido contratado antes.

5.2. Duración

Reflejada en el convenio del trabajador o en el Estatuto de los Trabajadores. Técnicos titulados medios y superiores (máximo 6 meses). Resto de trabajadores (máximo 2 meses y 3 meses en empresas de - de 25 trabajadores). Contrato de prácticas (1 mes para titulados en Formación Profesional de Grado Medio y 2 meses para titulados de Formación Profesional de Grado Superior). Se interrumpe en caso de baja laboral, maternidad o paternidad.

5.3. Derechos

Mismos derechos sin necesidad de preaviso y sin alegar motivo alguno. No hay indemnización por despido.

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