Contrato por Obra o Servicio Determinado: Características Clave y Condiciones Laborales en España

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Características del Contrato por Obra o Servicio Determinado

Este tipo de contrato temporal se utilizaba para la realización de obras o servicios con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa, cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es en principio de duración incierta. A continuación, se resumen sus características principales:

CARACTERÍSTICA O CONCEPTODESCRIPCIÓN
Finalidad / Objetivo

Se formaliza para realizar una obra o servicio específico, con autonomía propia dentro de la actividad de la empresa.

Se conoce la fecha de inicio, pero no la fecha exacta de finalización, aunque se sabe que es temporal.

Forma del contratoDebe formalizarse por escrito, identificando claramente la obra o servicio que constituye su objeto.
Requisito de titulación del trabajadorNo requiere una titulación específica por ley para este tipo de contrato; puede formalizarse con cualquier persona que cumpla los requisitos generales para contratar.
Duración mínima del contratoNo existe una duración mínima establecida legalmente.
Duración máxima del contrato (regla general)3 años.
Duración máxima si el convenio modifica este aspectoLos convenios colectivos sectoriales pueden ampliar este plazo hasta 12 meses más, resultando en una duración máxima total de 4 años.
Preaviso de finalización (si dura más de un año)
  • Si el contrato dura menos de un año, el empresario no está obligado a preavisar la finalización.
  • Si el contrato dura más de un año, el empresario debe comunicar la finalización con un preaviso de 15 días.

Ejemplo: Si el empresario incumple el preaviso de 15 días, el trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente al salario de los días de preaviso omitidos.

PrórrogasEste tipo de contrato no admite prórrogas. Si al finalizar la obra o servicio el trabajador continúa prestando servicios, se considerará indefinido.
Periodo de prueba

Se aplica el régimen general según el Estatuto de los Trabajadores, salvo que el convenio colectivo disponga otra cosa:

  • Técnicos titulados (universitarios o FP grado superior): Máximo 6 meses.
  • Resto de trabajadores:
    • Empresas con 25 o más trabajadores: Máximo 2 meses.
    • Empresas con menos de 25 trabajadores: Máximo 3 meses.
Tipo de jornadaPuede celebrarse tanto a jornada completa como a jornada parcial.
RetribuciónLa establecida en el convenio colectivo aplicable o, en su defecto, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) garantizado proporcionalmente a la jornada.
Indemnización al finalizar la relación laboralA la finalización del contrato (salvo si es por causa imputable al trabajador), corresponde una indemnización de 12 días de salario por cada año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año. (Esta cuantía fue progresiva hasta alcanzar los 12 días en 2015).

Nota Importante sobre la Reforma Laboral

Es fundamental tener en cuenta que la Reforma Laboral de 2021 (Real Decreto-ley 32/2021) derogó el contrato por obra o servicio determinado. Los contratos de este tipo firmados antes del 31 de diciembre de 2021 pudieron mantenerse hasta su duración máxima según la normativa anterior, pero ya no es posible celebrar nuevos contratos bajo esta modalidad.

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