Contrato de Trabajo y Terminación Laboral: Derechos y Obligaciones Esenciales

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Terminación del Contrato de Trabajo

La terminación del contrato de trabajo es el acto por el cual la relación laboral entre empleador y trabajador llega a su fin. Puede ser un acto voluntario u objetivo, unilateral o por mutuo acuerdo de las partes.

Causales de Terminación del Contrato

Causales Objetivas

  • Mutuo acuerdo de las partes: Cuando empleador y trabajador deciden de común acuerdo poner fin a la relación.
  • Renuncia del trabajador: Acto voluntario y unilateral del trabajador de poner fin al contrato, dando aviso con al menos 30 días de anticipación.
  • Muerte del trabajador: Causa de término que extingue la relación laboral de forma automática.
  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato: Aplica para contratos a plazo fijo, una vez cumplido el período acordado.
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato: Para contratos por obra o faena determinada, al finalizar la labor específica.
  • Caso fortuito o fuerza mayor: Eventos imprevisibles e irresistibles que imposibilitan la continuidad de la relación laboral (Art. 159 del Código del Trabajo).

Causales Subjetivas (Despido por Causas Graves)

Estas causales son imputables al trabajador y justifican el despido sin derecho a indemnización por años de servicio, salvo excepciones. Se encuentran tipificadas en el Art. 160 del Código del Trabajo:

  • Falta de probidad, vías de hecho, injurias o conducta inmoral grave: Acciones que afectan la confianza y el respeto en la relación laboral.
  • Negociaciones que el trabajador realice dentro del giro del negocio: Cuando el trabajador realiza actividades comerciales que compiten con su empleador y que le han sido prohibidas por escrito en el contrato.
  • No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada: Incluye la inasistencia durante dos días seguidos, dos lunes en el mes, o un total de tres días durante un mes calendario.
  • Abandono del trabajo: Se configura por la salida intempestiva e injustificada del trabajador del sitio de la faena durante las horas de trabajo, sin permiso del empleador, o por la negativa a realizar las funciones convenidas en el contrato.
  • Actos, omisiones o imprudencias temerarias: Aquellos que afecten la seguridad o el funcionamiento del establecimiento, la seguridad o la actividad de los trabajadores, o la salud de estos.
  • Perjuicio material causado intencionalmente: Daños deliberados en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías de la empresa.
  • Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato: Cualquier otra infracción seria a las condiciones pactadas en el contrato de trabajo.

Necesidades de la Empresa

Causal de término derivada de la modernización o racionalización de la empresa, bajas en la productividad, o cambios en las condiciones del mercado. Es la única causal que, por regla general, da derecho a indemnización por años de servicio.

Desahucio

Facultad del empleador de poner término unilateral al contrato de trabajo de ciertos trabajadores (ej. gerentes, apoderados con facultades de administración), sin expresión de causa, otorgando un aviso previo.

Despido Indirecto (Autodespido)

Situación en la que el trabajador pone término al contrato de trabajo por incumplimiento grave de las obligaciones del empleador (Art. 160 del Código del Trabajo, aplicable por remisión a las causales del Art. 160 para el empleador).

Indemnizaciones por Terminación de Contrato

Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo

Compensación económica que debe pagar la parte que pone término al contrato sin dar el aviso previo legalmente establecido (generalmente 30 días).

Indemnización por Años de Servicio

Compensación económica que se paga al trabajador por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, cuando el contrato termina por necesidades de la empresa o desahucio. Puede ser legal, pactada por las partes o voluntaria.

Indemnización por Pacto Sustitutivo

Acuerdo entre las partes que establece una indemnización por años de servicio a todo evento, es decir, independiente de la causal de término del contrato.

Indemnización Pactada y Convencional

Indemnización voluntaria acordada entre las partes, que puede establecer formas, montos y requisitos distintos o adicionales a los legalmente establecidos.

Procedimiento de Terminación

Aviso de Término de Contrato

Obligación del empleador de comunicar por escrito al trabajador el término de la relación laboral, indicando la causal legal y los hechos en que se funda. Debe enviarse copia a la Inspección del Trabajo y adjuntar las cotizaciones previsionales pagadas hasta el último día del mes anterior al despido. El plazo de aviso es de 30 días, salvo que se pague la indemnización sustitutiva.

Finiquito

Documento que da cuenta del término de la relación laboral y de las obligaciones recíprocas entre empleador y trabajador. Su firma ratifica el acuerdo y extingue las acciones derivadas del contrato. Se extiende en tres copias y debe ser firmado por el trabajador y el empleador o sus representantes, y ratificado ante un ministro de fe (notario, inspector del trabajo, presidente de sindicato).


El Contrato Individual de Trabajo

El contrato individual de trabajo es la convención mediante la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente: este a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquel a pagar por estos servicios una remuneración determinada.

Características del Contrato de Trabajo

  • De Derecho Privado: Regula relaciones jurídicas entre particulares.
  • Personal: Es indelegable e intransferible por parte del trabajador.
  • Bilateral: Ambas partes se obligan recíprocamente.
  • Oneroso: Cada una de las partes tiene una contraprestación que dar a la otra (servicios por remuneración).
  • Conmutativo: Las obligaciones entre ambas partes se miran como equivalentes.
  • Dirigido: Establece derechos mínimos e irrenunciables para el trabajador, regulado por normas de orden público.
  • De Tracto Sucesivo: Se cumplen y se realizan en el tiempo de forma continuada y sucesiva.
  • Consensual: Se perfecciona por el mero consentimiento de las partes, aunque debe constar por escrito.

Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo

  • Sujetos: El trabajador y el empleador.
  • Prestación de servicios personales: La actividad que el trabajador se compromete a realizar.
  • Remuneración: La contraprestación económica que el empleador paga por los servicios.
  • Subordinación o dependencia: La relación de sujeción del trabajador a las órdenes e instrucciones del empleador.

Definiciones Clave

  • Trabajador: Toda persona natural que presta servicios personales, intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinación, en virtud de un contrato de trabajo.
  • Empleador: Persona natural o jurídica que utiliza los servicios de una o más personas en virtud de un contrato de trabajo.
  • Empresa: Toda organización de medios materiales e inmateriales, que tiene una dirección y un fin común, además de individualidad legal.
  • Prestación de Servicios: Principal obligación del trabajador, que consiste en ejecutar las labores convenidas. No hay exoneración de esta obligación, salvo en casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditados.
  • Remuneración: Principal obligación del empleador, que consiste en la contraprestación en dinero o en especies avaluables en dinero por los servicios prestados.
  • Subordinación o Dependencia: Elemento característico del contrato de trabajo, que se manifiesta en el cumplimiento de horario, la obligación de seguir órdenes e instrucciones del empleador, y la fiscalización de las labores.

Cláusulas del Contrato de Trabajo

  • Cláusulas Mínimas (Obligatorias):
    • Lugar y fecha del contrato.
    • Individualización de las partes.
    • Lugar o lugares donde se prestarán los servicios.
    • Naturaleza de los servicios.
    • Monto, forma y período de pago de la remuneración.
    • Duración y distribución de la jornada de trabajo.
    • Plazo del contrato.
    • Demás pactos que acordaren las partes.
  • Cláusulas Permitidas: Aquellas que las partes pueden estipular libremente, siempre que no contravengan la ley.
  • Cláusulas Prohibidas: Aquellas que implican una renuncia a los derechos otorgados por la ley al trabajador, o que contravienen el orden público laboral.

Conceptos Relacionados

  • Ius Variandi: Facultad del empleador de modificar unilateralmente ciertas condiciones del contrato de trabajo, dentro de los límites legales, sin alterar las condiciones esenciales del mismo.

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