Contratos laborales en España: prácticas, formación, obra y eventualidad — condiciones y duración
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Contratos laborales: prácticas, formación, obra y eventualidad
Contrato de prácticas
Destinatarios: Trabajadores con titulación universitaria, de Formación Profesional o certificado de profesionalidad.
Requisitos temporales
- Acceso hasta 5 años desde que finalizan los estudios. Si se trata de personas con discapacidad, el plazo es de 7 años.
Duración
- Duración mínima: 6 meses.
- Duración máxima: 2 años.
- Duración máxima de prueba (o periodo concreto según convenio): 2 meses para titulados de grado superior o certificados de profesionalidad de nivel 3, y 1 mes para titulados de grado medio o certificados de profesionalidad de nivel 1 o 2.
- Se aplicará lo establecido por el convenio colectivo.
Jornada y formalización
- Puede celebrarse a tiempo parcial o completo.
- Debe formalizarse por escrito, indicando la duración de las prácticas, el puesto de trabajo desempeñado y las principales tareas realizadas.
Acceso y publicidad
Mediante un anuncio público se informará de la existencia de puestos vacantes con el fin de garantizar las mismas oportunidades de acceso a los puestos de trabajo permanentes que al resto de los trabajadores.
Protección social y finalización
- El trabajador tiene cubiertas en la Seguridad Social todas las contingencias, situaciones y prestaciones, incluido el desempleo.
- No existe indemnización al finalizar el contrato de prácticas.
Contrato para la formación y el aprendizaje
Destinatarios: Trabajadores de 16 a 25 años que carezcan de titulación o certificado de profesionalidad. Mientras la tasa de paro sea más del 15%, el límite de edad será de 30 años. En el caso de personas con discapacidad no hay límite de edad.
Duración
- Duración mínima: 1 año.
- Duración máxima: 3 años.
- Jornada: completa.
Condiciones y remuneración
- Debe ajustarse a lo que establezca el convenio colectivo; en ausencia de previsión, el periodo no excederá de 2 meses, o de 3 meses si la empresa tiene menos de 25 trabajadores.
- El salario se fija en el convenio colectivo.
Formalización y documentación
- El contrato debe hacerse por escrito.
- Al finalizar el contrato, el empresario entregará al trabajador un certificado de asistencia a la formación teórica y un diploma.
Acceso y protección social
- Mediante un anuncio público en un lugar adecuado del centro de trabajo se informará de las vacantes para garantizar las mismas oportunidades de acceso a los puestos de trabajo permanentes que al resto de los trabajadores.
- El trabajador tiene cubiertas en la Seguridad Social todas las contingencias, situaciones y prestaciones, incluido el desempleo.
- No existe indemnización al finalizar este contrato.
Contrato por obra o servicio determinado
Objeto: Realización de obras o servicios determinados con autonomía y entidad propia dentro de la empresa. Tiene carácter temporal.
Duración y jornada
- Duración: hasta finalizar la obra o servicio.
- Puede ser a tiempo parcial o completo.
- La categoría profesional será la correspondiente a las funciones que se realicen.
Formalización y finalización
- El contrato debe ser por escrito.
- Al terminar el contrato se percibe una indemnización: 12 días.
Contrato eventual por circunstancias de la producción
Responde a necesidades concretas y provisionales en un momento dado.
Duración y jornada
- Duración máxima: 6 meses en un periodo de 12 meses.
- Puede celebrarse a tiempo parcial o completo.
- La jornada no podrá ser inferior a la pactada en el convenio colectivo.
Formalización
- Si la duración es de 4 semanas o menos, el contrato puede ser verbal. Para el resto de supuestos debe formalizarse por escrito.
Finalización
- Al término del contrato corresponde una indemnización de 12 días.
Notas finales
Los elementos indicados (duraciones, requisitos, formalización, protección social e indemnizaciones) se aplican conforme a lo descrito y, en su caso, a lo que establezca el convenio colectivo aplicable.