Contratos laborales en España: prácticas, formación, obra y eventualidad — condiciones y duración

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Contratos laborales: prácticas, formación, obra y eventualidad

Contrato de prácticas

Destinatarios: Trabajadores con titulación universitaria, de Formación Profesional o certificado de profesionalidad.

Requisitos temporales

  • Acceso hasta 5 años desde que finalizan los estudios. Si se trata de personas con discapacidad, el plazo es de 7 años.

Duración

  • Duración mínima: 6 meses.
  • Duración máxima: 2 años.
  • Duración máxima de prueba (o periodo concreto según convenio): 2 meses para titulados de grado superior o certificados de profesionalidad de nivel 3, y 1 mes para titulados de grado medio o certificados de profesionalidad de nivel 1 o 2.
  • Se aplicará lo establecido por el convenio colectivo.

Jornada y formalización

  • Puede celebrarse a tiempo parcial o completo.
  • Debe formalizarse por escrito, indicando la duración de las prácticas, el puesto de trabajo desempeñado y las principales tareas realizadas.

Acceso y publicidad

Mediante un anuncio público se informará de la existencia de puestos vacantes con el fin de garantizar las mismas oportunidades de acceso a los puestos de trabajo permanentes que al resto de los trabajadores.

Protección social y finalización

  • El trabajador tiene cubiertas en la Seguridad Social todas las contingencias, situaciones y prestaciones, incluido el desempleo.
  • No existe indemnización al finalizar el contrato de prácticas.

Contrato para la formación y el aprendizaje

Destinatarios: Trabajadores de 16 a 25 años que carezcan de titulación o certificado de profesionalidad. Mientras la tasa de paro sea más del 15%, el límite de edad será de 30 años. En el caso de personas con discapacidad no hay límite de edad.

Duración

  • Duración mínima: 1 año.
  • Duración máxima: 3 años.
  • Jornada: completa.

Condiciones y remuneración

  • Debe ajustarse a lo que establezca el convenio colectivo; en ausencia de previsión, el periodo no excederá de 2 meses, o de 3 meses si la empresa tiene menos de 25 trabajadores.
  • El salario se fija en el convenio colectivo.

Formalización y documentación

  • El contrato debe hacerse por escrito.
  • Al finalizar el contrato, el empresario entregará al trabajador un certificado de asistencia a la formación teórica y un diploma.

Acceso y protección social

  • Mediante un anuncio público en un lugar adecuado del centro de trabajo se informará de las vacantes para garantizar las mismas oportunidades de acceso a los puestos de trabajo permanentes que al resto de los trabajadores.
  • El trabajador tiene cubiertas en la Seguridad Social todas las contingencias, situaciones y prestaciones, incluido el desempleo.
  • No existe indemnización al finalizar este contrato.

Contrato por obra o servicio determinado

Objeto: Realización de obras o servicios determinados con autonomía y entidad propia dentro de la empresa. Tiene carácter temporal.

Duración y jornada

  • Duración: hasta finalizar la obra o servicio.
  • Puede ser a tiempo parcial o completo.
  • La categoría profesional será la correspondiente a las funciones que se realicen.

Formalización y finalización

  • El contrato debe ser por escrito.
  • Al terminar el contrato se percibe una indemnización: 12 días.

Contrato eventual por circunstancias de la producción

Responde a necesidades concretas y provisionales en un momento dado.

Duración y jornada

  • Duración máxima: 6 meses en un periodo de 12 meses.
  • Puede celebrarse a tiempo parcial o completo.
  • La jornada no podrá ser inferior a la pactada en el convenio colectivo.

Formalización

  • Si la duración es de 4 semanas o menos, el contrato puede ser verbal. Para el resto de supuestos debe formalizarse por escrito.

Finalización

  • Al término del contrato corresponde una indemnización de 12 días.
Notas finales

Los elementos indicados (duraciones, requisitos, formalización, protección social e indemnizaciones) se aplican conforme a lo descrito y, en su caso, a lo que establezca el convenio colectivo aplicable.

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