Contratos Legales: Definición, Tipos y Componentes Clave

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Contratos Legales: Definición, Tipos y Componentes Clave

Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a regular sus derechos. El contrato es una convención o acuerdo de voluntades.

Clasificación de los Contratos

Unilaterales:
Son los contratos que crean obligaciones solo para una de las partes.
Bilaterales:
Son los que crean obligaciones recíprocas para todas las partes intervinientes.
Onerosos:
Cuando hay prestaciones recíprocas.
Gratuitos:
Cuando una de las partes debe una prestación sin recibir nada a cambio.
Consensuales:
Cuando se perfeccionan por el mero consentimiento de las partes.
Reales:
Cuando para perfeccionarse requieren la entrega o tradición de la cosa.
Aleatorios:
Cuando las ventajas o las pérdidas para ambas partes o para una sola de ellas dependen de un acontecimiento incierto.
Conmutativos:
Cuando las ventajas están determinadas al celebrarse el contrato y no dependen de un acontecimiento incierto.
Formales:
Aquellos a los que la ley exige una forma determinada.
No Formales:
Aquellos a los que la ley no les exige una forma determinada y, por lo tanto, las partes pueden celebrarlos en la forma que quieran.
De Ejecución Instantánea:
Son los contratos que se ejecutan o cumplen de una sola vez.
De Tracto Sucesivo:
Contratos cuya prestación se cumple periódicamente.

Elementos de los Contratos: Clasificación Fundamental

Se dividen en tres categorías:

  • Elementos Esenciales:

    Son aquellos que necesariamente deben existir para que haya contrato. No pueden faltar. Si falta alguno de ellos, el contrato es inexistente o no tiene valor.

    Los elementos esenciales son: el consentimiento, el objeto y la causa.

  • Elementos Naturales:

    Son aquellos que naturalmente se encuentran en un contrato y forman parte de él por imperio de la ley, pero que las partes pueden dejar de lado por medio de una cláusula expresa.

  • Elementos Accidentales:

    Son elementos que normalmente no corresponden a un contrato, pero que las partes voluntariamente pueden incorporar por medio de una cláusula expresa.

Objeto de los Contratos: Alcance y Distinciones

Son las obligaciones que el contrato crea (ej.: obligaciones del comprador y del vendedor), y que esas obligaciones, a su vez, tienen por objeto prestaciones (ya sea de dar cosas, de hacer o de no hacer). Además, todo contrato es un acto jurídico.

Técnicamente, se puede distinguir entre:

  1. El objeto inmediato de un contrato: Son las obligaciones que crea, modifica o extingue.
  2. El objeto mediato de un contrato: Está constituido por las prestaciones de esas obligaciones, ya sea de dar cosas o de hacer o de no hacer.

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