Contratos Legales: Definición, Tipos y Componentes Clave
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Contratos Legales: Definición, Tipos y Componentes Clave
Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a regular sus derechos. El contrato es una convención o acuerdo de voluntades.
Clasificación de los Contratos
- Unilaterales:
- Son los contratos que crean obligaciones solo para una de las partes.
- Bilaterales:
- Son los que crean obligaciones recíprocas para todas las partes intervinientes.
- Onerosos:
- Cuando hay prestaciones recíprocas.
- Gratuitos:
- Cuando una de las partes debe una prestación sin recibir nada a cambio.
- Consensuales:
- Cuando se perfeccionan por el mero consentimiento de las partes.
- Reales:
- Cuando para perfeccionarse requieren la entrega o tradición de la cosa.
- Aleatorios:
- Cuando las ventajas o las pérdidas para ambas partes o para una sola de ellas dependen de un acontecimiento incierto.
- Conmutativos:
- Cuando las ventajas están determinadas al celebrarse el contrato y no dependen de un acontecimiento incierto.
- Formales:
- Aquellos a los que la ley exige una forma determinada.
- No Formales:
- Aquellos a los que la ley no les exige una forma determinada y, por lo tanto, las partes pueden celebrarlos en la forma que quieran.
- De Ejecución Instantánea:
- Son los contratos que se ejecutan o cumplen de una sola vez.
- De Tracto Sucesivo:
- Contratos cuya prestación se cumple periódicamente.
Elementos de los Contratos: Clasificación Fundamental
Se dividen en tres categorías:
Elementos Esenciales:
Son aquellos que necesariamente deben existir para que haya contrato. No pueden faltar. Si falta alguno de ellos, el contrato es inexistente o no tiene valor.
Los elementos esenciales son: el consentimiento, el objeto y la causa.
Elementos Naturales:
Son aquellos que naturalmente se encuentran en un contrato y forman parte de él por imperio de la ley, pero que las partes pueden dejar de lado por medio de una cláusula expresa.
Elementos Accidentales:
Son elementos que normalmente no corresponden a un contrato, pero que las partes voluntariamente pueden incorporar por medio de una cláusula expresa.
Objeto de los Contratos: Alcance y Distinciones
Son las obligaciones que el contrato crea (ej.: obligaciones del comprador y del vendedor), y que esas obligaciones, a su vez, tienen por objeto prestaciones (ya sea de dar cosas, de hacer o de no hacer). Además, todo contrato es un acto jurídico.
Técnicamente, se puede distinguir entre:
- El objeto inmediato de un contrato: Son las obligaciones que crea, modifica o extingue.
- El objeto mediato de un contrato: Está constituido por las prestaciones de esas obligaciones, ya sea de dar cosas o de hacer o de no hacer.