Contratos de trabajo: Periodo de prueba, duración y derechos
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Contratos de trabajo: Periodo de prueba
El periodo de prueba debe ser pactado en el contrato y no puede ser pactado si el trabajador ya ha sido contratado antes por la empresa con otro contrato.
Duración
La duración del periodo de prueba, si no viene especificada en el convenio colectivo, es de 6 meses como máximo para técnicos con un título medio o superior, y de 2 meses para el resto de trabajadores, excepto en empresas de menos de 25 trabajadores que es de 3 meses.
En el caso de contratos en prácticas, la duración es de 1 mes para medio y 2 meses para superior. Si el contrato es temporal y tiene una duración de menos de 6 meses, el periodo máximo de prueba es de 1 mes. Si el contrato es indefinido de apoyo al emprendedor, su duración será de 1 año.
Se puede pactar que, debido a una baja temporal, el tiempo no se contabilice dentro del periodo de prueba.
Derechos
El trabajador tiene los mismos derechos que cualquier otro de la plantilla. Cualquiera de las partes puede dar por finalizado el contrato durante el periodo de prueba sin preaviso. En este caso, el empresario debe abonarle el salario por los días trabajados.
Contratos Formativos
Para la formación práctica.
Contratos temporales
Obra o servicio, eventual, interinidad, primer empleo joven.
Contratos a tiempo parcial
A tiempo parcial común, relevo, fijos-discontinuos.
Contratos indefinidos
Indefinido ordinario, indefinido de apoyo a emprendedores.