Cortes de Apelaciones en Chile: estructura, funciones y competencias

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Resumen

Este documento describe las Cortes de Apelaciones de Chile: su estructura, con ministros, fiscales y relatores, y su funcionamiento en salas. Explica cómo el presidente forma la tabla de causas y qué competencias tienen en única, primera y segunda instancia. Un estudiante aprenderá qué asuntos resuelve cada corte y cómo se organiza su trabajo diario.

Puntos clave

  • Chile tiene 17 Cortes de Apelaciones.
  • Cada corte cuenta con ministros, fiscales, relatores, secretarios y abogados integrantes, en número variable.
  • Las cortes trabajan en salas, normalmente de 3 ministros, y los ministros de cada sala se sortean cada 2 años.
  • El presidente forma cada semana la tabla de causas y debe tener en cuenta las causas preferentes.
  • En única instancia conocen, entre otros asuntos, los recursos de casación en la forma y los recursos de queja.
  • En primera instancia conocen los recursos de amparo y protección.
  • En segunda instancia conocen las apelaciones de causas civiles, de familia y del trabajo resueltas en primera instancia.

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Las Cortes de Apelaciones en Chile

Estructura

En Chile, existen 17 Cortes de Apelaciones. Cada corte está compuesta por un número variable de ministros (de 4 a 34), fiscales (de 1 a 6), relatores (de 2 a 23), secretarios (de 1 a 3) y abogados integrantes (de 3 a 15).

El presidente de la Corte Suprema dura un año en su función. Para ser presidente, se requiere ser chileno, tener título de abogado y cumplir con los requisitos exigidos para el escalafón primario, así como aprobar un programa de perfeccionamiento profesional.

Funcionamiento

Las Cortes de Apelaciones funcionan de manera ordinaria y extraordinaria, en salas de 2 a 10 ministros. Las salas están integradas por 3 ministros (salvo la primera, que tiene 4). Los ministros son determinados por sorteo cada 2 años.

Las salas conocen en cuenta o previa vista de la causa, y sus decisiones se adoptan por mayoría de los abogados integrantes. El presidente tiene varias tareas específicas (art. 90 COT), entre las que se destaca la de formar la tabla de los asuntos que se conocen cada semana y que se encuentren en estado de relación (revisados y certificados por el relator) (art. 69 inciso 1° COT).

Para formar la tabla, el presidente debe tener en cuenta las causas preferentes (art. 319 inciso 3 COT y art. 162 inciso 2 CPC) y las causas agregadas extraordinariamente (art. 69 inciso final COT).

La tabla debe fijarse en un lugar visible y contener el nombre de las partes, el día en que el asunto debe tratarse y el número de orden que le corresponde (art. 163 CPC). El conocimiento de uno de estos asuntos solo puede suspenderse o retardarse dentro del mismo día en ciertos casos.

Competencias

Las Cortes de Apelaciones conocen (art. 63 COT):

 

En única instancia: 

a. Recursos de casación en la forma en contra de las sentencias dictadas por los jueces de letras de su territorio jurisdiccional, por uno de sus ministros o por jueces árbitros; 

b. Recursos de nulidad en contra de las sentencias definitivas dictadas por un tribunal con competencia en lo criminal; 

c. Recursos de queja en contra de jueces de letras, jueces de policía local, jueces árbitros y órganos que ejerzan jurisdicción, dentro de su territorio jurisdiccional; 

d. Extradición activa, y 

e. Solicitudes para declarar si concurren las circunstancias que habilitan a la autoridad requerida para negarse a proporcionar determinada información, siempre que la razón invocada no fuere que la publicidad pudiere afectar la seguridad nacional. 

En primera instancia: 

a. Desafueros de las personas a quienes se aplica el art. 58 de la Constitución; 

b. Recursos de amparo y protección, 

c. Procesos por amovilidad en contra de los jueces de letras, y 

d. Querellas de capítulos [por delitos ministeriales = responsabilidad criminal de jueces y fiscales]. 


En segunda instancia: 

a. Causas civiles, de familia y del trabajo y de los actos no contenciosos resueltas en primera los jueces de letras de su territorio jurisdiccional o uno de sus ministros, y 

b. Apelaciones en contra de las resoluciones dictadas por un juez de garantía. 


Las Cortes de Apelaciones también conocen de asuntos en consulta 

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Preguntas frecuentes

¿Cuántas Cortes de Apelaciones hay en Chile?

En Chile existen 17 Cortes de Apelaciones. Cada una tiene un número variable de ministros, fiscales, relatores y secretarios.

¿Qué asuntos conocen las Cortes de Apelaciones en primera instancia?

Conocen los desafueros de determinadas personas, los recursos de amparo y protección, los procesos por amovilidad contra jueces de letras y las querellas de capítulos.

¿Quién forma la tabla de asuntos de la corte?

El presidente la forma cada semana con las causas que están en estado de relación. La tabla debe fijarse en un lugar visible.

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Test

1. ¿Cuántas Cortes de Apelaciones hay en Chile?
2. ¿Quién forma la tabla semanal de asuntos?
3. ¿Cuántos ministros suele tener cada sala?
4. ¿Qué conocen las cortes en primera instancia?
5. ¿Qué asunto conocen las cortes en única instancia?
6. ¿Qué conocen las cortes en segunda instancia?

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