Costumbre Secundum legem Praeter legem

Clasificado en Derecho

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La costumbre

Es uso social que es fuente de decisiones y reglas Jurídicas.

Se clasifican por su relación con la ley siguiendo la Distinción romana en :

Según ley (SECUNDUM LEGEM).

Fuera de ley (PRAETER LEGEM).

Contra ley (CONTRA LEGEM).

En Derecho español solo se admite la costumbre en defecto De ley aplicable (PRAETER LEGEM)

Art. 1.3 CC, la costumbre debe tener los siguientes Requisitos:

Solo rige en defecto de ley aplicable.

Siempre que no sea contraria a la moral y al orden Público.

Debe resultar probada (criticado por la doctrina jurídica En contra de la opinión del TS).

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