Crédito documentario: Funcionamiento y partes involucradas

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Partes que intervienen en un crédito documentario

a) Ordenante

Es la empresa importadora que solicita a su banco la emisión de un crédito documentario, según las instrucciones pactadas previamente con el exportador. Para ello, debe solicitar una línea de riesgo de comercio exterior en su banco o, si ya la tiene, comprobar que tiene riesgo disponible.

b) Banco emisor

Recibe la solicitud de apertura del crédito por parte del ordenante, estudia el riesgo y, si se aprueba, procede a abrir el crédito. Informa al banco avisador en el país del beneficiario, vía SWIFT, de las características del mismo. Una vez emitido el crédito, se compromete en firme a realizar el pago en las condiciones pactadas.

c) Banco intermediario

Es el banco al que se dirige el banco emisor cuando este emite el crédito. Recibe las instrucciones del crédito y las hace llegar, bien al banco avisador, o bien al beneficiario directamente (si el banco intermediario coincide con el banco avisador).

d) Banco avisador/notificador

Es el banco en el que el exportador tiene cuenta. Este recibe las instrucciones de apertura del banco intermediario y avisa al beneficiario de la misma. Cuando el beneficiario entrega los documentos, los comprueba y los hace llegar al banco emisor.

e) Beneficiario

Es la empresa exportadora que recibe a su favor el importe del crédito documentario. Se encarga de conseguir los documentos pactados y cumplir con las condiciones de entrega reflejadas en este medio de pago.

f) Banco confirmador

En caso de que el crédito sea confirmado, el banco confirmador adquiere las mismas obligaciones que el banco emisor. Puede ser que el banco confirmador sea el mismo que el avisador.

g) Banco pagador

Dependiendo de qué banco inicie el pago (utilización del crédito), esta función de banco pagador la podrá ejercer:

  • El banco emisor (si es pagadero en sus cajas).
  • El banco avisador (si es pagadero en sus cajas).
  • El banco confirmador (el que añade su compromiso de pago, que puede ser el banco avisador).
  • El banco negociador (cuando el crédito es pagadero de forma negociable en un banco determinado).
  • Cualquier banco (cuando el crédito sea negociable libremente en cualquier entidad de un país).

Etapas de una carta de crédito

1. Apertura

El ordenante proporciona al banco emisor la solicitud de apertura de una carta de crédito. Se debe entregar un pagaré que le sirve de garantía de pago frente al banco emisor. Finaliza cuando el banco corresponsal recibe la carta de crédito de parte del banco emisor, donde se verifica la autenticidad y, si está todo en orden, otorga un número e informa al beneficiario de la existencia de una carta de crédito a su favor.

2. Negociación

El banco negociador revisa y asigna valor a los documentos presentados por el beneficiario, según lo acordado en la carta de crédito. Además, se verifica la autenticidad de los documentos y se chequea que se encuentren en orden. Si no se especifica, el beneficiario tiene 21 días corridos para presentar los documentos, y el banco tiene 5 días hábiles bancarios para dar una respuesta. Cuando los documentos de embarque no concuerdan con las condiciones de la carta de crédito, nos encontramos con discrepancias de fondo. Se abren reservas y el banco pagador deberá comunicárselas al banco emisor y este al ordenante, el cual decide si se da por bueno el crédito a pesar de las reservas o no. Cuando se aceptan las reservas, se informa al banco avisador para que las comunique al beneficiario, con el fin de corregirlas. Si no se corrigen, no se hace el pago del crédito.

3. Cobertura

El ordenante debe comprar divisas para la cancelación del monto del acreditivo al banco emisor. Este plazo es fijado de mutuo acuerdo con el banco.