Criterios para determinar despido colectivo

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 1,53 KB

Criterios que determinan el cómputo de trabajadores

Los trabajadores, incluidos los temporales, del centro de trabajo o de la empresa si es más favorable. El centro de trabajo es el criterio según la Directiva 98/59/CE. Se debe considerar el número de despidos en cada centro de trabajo de una misma empresa.

Sentencia del TJUE sobre definición de despido colectivo

La sustitución de 'centro de trabajo' por 'empresa' solo es favorable si no reduce la protección a los trabajadores. La calificación de 'despido colectivo' se aplica si se alcanza el número de despidos exigido por la Directiva.

Calificación del despido

Ajustado a derecho: equiparable a la procedencia en despidos individuales. Requiere cumplir requisitos causales y procedimentales. Indemnización de 20 días por año de servicio.

Nulidad: se declara cuando hay discriminación o vulneración de derechos de conciliación laboral y familiar.

Supuesto específico de nulidad en el despido empresarial

La decisión extintiva será nula en casos de fraude de ley, incumplimiento de normas en despidos colectivos, entre otros.

No ajustado a derecho

Calificación residual para casos que no son nulos ni ajustados a derecho. Se equipara a la improcedencia, con opción de readmisión o indemnización.

Existen dudas sobre la equiparación entre despidos colectivos e individuales, por lo que se sugiere mantener el criterio de readmisión de los trabajadores.

Entradas relacionadas: