Cuestionario de Derecho Administrativo: Probidad y Estatuto Público

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Cuestionario sobre Probidad y Estatuto Administrativo

I. Casos Prácticos y Jurisprudencia de la Contraloría

  • 1. En el caso de la funcionaria que informa a becarios sobre lugares para alojar, la Contraloría estimó:
    e) Que la destitución era correctamente aplicada en atención al mayor cuidado que debía tener la funcionaria en relación con el cargo que ocupaba.
  • 2. En el caso del académico que invita a una alumna a las afueras de Valparaíso:
    a) Su defensa se funda en que la conducta que se imputa no se encuentra dentro de las descritas en el Estatuto Administrativo para aplicar la destitución.
  • 3. En el caso sobre paralización de actividades, la denunciante estima que:
    b) Es responsabilidad de los funcionarios universitarios la paralización de las actividades por tomas.
  • 4. En el caso de acoso sexual, la Contraloría estima:
    c) Que las pruebas no requieren ser directas para comprobar los hechos.
  • 5. En el caso de hurto con difusión, se estableció que no se observó una vida social acorde con la dignidad del funcionario público:
    e) Todas las anteriores.

II. Conceptos Fundamentales de Probidad e Incompatibilidades

  • 6. El concepto de probidad requiere la concurrencia de las siguientes conductas:
    c) Irreprochable - respetable - honorable - preeminencia del interés público.
  • 7. Entre las incompatibilidades para ejercer un cargo público NO se consideran:
    a) Multas por infracciones reglamentarias.
  • 8. No pueden ejercer funciones quienes tengan dependencia de sustancias o drogas ilegales:
    f) Todas las anteriores.
  • 9. Entre la incompatibilidad de empleos NO se consideran:
    a) Las labores docentes que recaen en las mismas materias en que se labora.
  • 10. Dentro de las incompatibilidades SÍ se encuentran las de Institución Fiscalizadora, que consiste en:
    b) Los exfuncionarios no pueden desempeñarse en entidades privadas fiscalizadas por ellos dentro de seis meses.

III. Declaración de Intereses, Patrimonio y Mandatos

  • 11. Por regla general, están obligados a presentar declaración de intereses y patrimonio:
    e) Todos los funcionarios del Estado, incluidos los diputados y senadores.
  • 12. Se debe presentar la declaración de intereses:
    d) Todas las anteriores.
  • 13. La directiva central de un partido político debe presentar su declaración de intereses y patrimonio:
    a) A la Contraloría General de la República.
  • 14. Mandato especial de administración de cartera de valores. ¿Cuál de estas facultades NO corresponde?
    d) El tercero o administrador se encarga, entre otras, de divulgar a la ciudadanía el estado de las inversiones.
  • 15. A la CGR le corresponde verificar la declaración de intereses y patrimonio, lo que comprende el examen de la:
    d) Veracidad – oportunidad – integridad.

IV. Inhabilidades y Régimen de Funcionarios

  • 16. Entre las inhabilidades para ingresar a la administración no se considera:
    c) Estar inhabilitado para ejercer cargos de exclusiva confianza.
  • 17. En el mandato especial de administración de cartera de valores se encomienda:
    b) La liquidación de los valores, la inversión de lo obtenido y su administración.
  • 18. Constituye una inhabilidad por parentesco:
    c) Que mi mamá sea la jefa del departamento donde trabajo yo.
  • 19. Los funcionarios a honorarios:
    d) Se rigen por las cláusulas de su contrato.
  • 20. La diferencia entre suplencias y subrogancias radica en:
    a) Que en el primer caso el cargo está vacante y en el segundo no.
  • 21. Los funcionarios a contrata:
    b) Son funcionarios públicos y se asimilan a un cargo y grado de planta.

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