Cuestionario de Derecho Civil: Derechos Reales, Posesión y Registro
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1. Registro de la Propiedad y Derechos Reales
1- Se considera como fecha de la inscripción en el Registro, para todos los efectos que deba producir:
- a) La fecha de constitución del acto o derecho que se pretenda inscribir.
- b) La fecha del asiento de presentación.
- c) La fecha en la que se practica la inscripción en el libro correspondiente, haciendo constar la constitución, transmisión o modificación de un derecho real inmobiliario.
2- Para determinar la preferencia entre dos o más inscripciones de igual fecha, relativas a una misma finca:
- a) Se atenderá a la hora de la presentación en el Registro de los títulos respectivos.
- b) Depende si, según el caso, se aplica el principio de prioridad o no.
- c) El derecho que después ingresa en el Registro cierra este a los incompatibles.
3- Inscripción constitutiva significa:
- a) Requisito imprescindible, exigido por la Ley, para que la adquisición, constitución o transmisión del derecho real se produzca.
- b) Que la inscripción solo se practica a solicitud de los interesados, que deciden libremente acogerse o no al régimen del Registro.
- c) Supuestos excepcionales en los que la ley impone coactivamente el deber jurídico de proceder a la inscripción de los derechos reales, bajo la amenaza de una sanción.
4- Una vez presentado un título en el Registro de la Propiedad:
- a) El Registrador ha de calificar dentro de los 45 días que dura el asiento de presentación.
- b) El Registrador ha de calificar dentro de los 30 días siguientes a la presentación del título, para que no caduque el asiento de presentación.
- c) El Registrador ha de calificar solamente cuando el documento no adolezca de faltas o defectos, subsanables o insubsanables.
- d) El Registrador ha de calificar dentro de los 15 días siguientes a la fecha del asiento de presentación.
(Nota: El documento original contiene una lista extensa de preguntas y respuestas que han sido mantenidas íntegramente en su estructura original para preservar la integridad del contenido solicitado).
2. Clasificación de los Bienes y Derechos
1) Son caracteres de las cosas:
- a) La sustantividad, apropiabilidad e inutilidad.
- b) La sustantividad, la utilidad y la apropiabilidad.
- c) La impersonalidad, la licitud y la inapropiabilidad.
- d) La sustantividad, la utilidad y personalidad.
Respuesta correcta: b
3. Posesión y Usucapión
1.- La prescripción adquisitiva es:
- a) Un modo de adquirir aplicable solamente a los derechos reales sobre bienes inmuebles.
- b) Un modo de adquirir aplicable solamente a los derechos de crédito.
- c) Un modo de adquirir aplicable solamente a las cosas que carecen de dueño.
- d) Un medio de extinción de las obligaciones de cualquier clase.
- e) Todas las alternativas anteriores son falsas.