Cuestionario Resuelto de Fiscalidad: IRPF, IVA, ISD e ITPAJD
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Cuestionario de Fiscalidad: IRPF, IVA, ISD e ITPAJD
Parte 1: ISD, IPN, IRNR e ITPAJD
- 1) El ISD es un tributo de naturaleza: a) Personal e indirecta.
- 2) En una donación de un bien inmueble (valor de referencia 600.000€), gravado con una hipoteca (capital 500.000€, saldo vivo 400.000€), la base imponible a efectos del ISD será: b) El valor de referencia menos el saldo del préstamo hipotecario no amortizado, cuando el adquirente asume dicha deuda (600.000 - 400.000 = 200.000€), según el art. 37 del RISD.
- 3) La cuota del ISD en una adquisición mortis causa no se establece en función de: b) El patrimonio preexistente del causante.
- 4) El devengo del IPN se produce: a) El día 31/12, si el contribuyente vive.
- 5) Los bienes inmuebles se valoran en el IPN por: c) El mayor valor de los siguientes: valor catastral, valor comprobado a efectos de otros impuestos y precio de adquisición.
- 6) El IRNR es un tributo: c) De carácter directo y naturaleza real.
- 7) Si una persona física reside en un país con CDI con España y obtiene una renta sujeta en España según el TRLIRNR, pero que tributa en el país de residencia según el CDI: c) España se abstendrá de gravar dicha renta, aunque esté sujeta y no exenta.
- 8) El ITPAJD es un tributo: d) De carácter indirecto y naturaleza real.
- 9) El ITPAJD grava: Transmisiones patrimoniales onerosas, operaciones societarias y documentos notariales. d) Todas las operaciones anteriores.
- 10) La modalidad de TPO es compatible con: b) Cuota fija de AJD, modalidad documentos notariales.
- 11) La modalidad de Operaciones societarias es compatible con: c) IVA.
- 12) Venta de vivienda en la costa por empresario individual (segunda residencia): b) Está sujeta al ITPAJD, modalidad TPO, ya que D. Santiago actúa como particular.
- 13) Arrendamiento de terreno rústico a empresa ganadera: c) Está sujeto a IVA, pero exento, por lo que tributa por ITPAJD.
- 14) Son transmisiones patrimoniales sujetas a ITPAJD: d) Las adquisiciones lucrativas por actos inter vivos de bienes y derechos de personas físicas, salvo que estén sujetas al ISD.
- 15) Transmisión entre particulares (valor referencia 600.000€, hipoteca 700.000€, saldo vivo 400.000€): a) La base imponible en TPO es el valor de referencia: 600.000€.
- 16) Respuesta incorrecta sobre cuota variable AJD (art. 31.2): b) Si el acto o contrato inscribible está sujeto al IVA.
- 17) El IVA es un tributo: d) De naturaleza indirecta, que recae sobre el consumo y grava entregas de bienes, prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias e importaciones.
- 18) A efectos de IVA, se consideran empresarios o profesionales: b) Las sociedades mercantiles, salvo prueba en contrario.
- 19) Inicio de actividades empresariales o profesionales: b) Desde la adquisición de bienes o servicios con la intención de destinarlos a dicha actividad.
- 20) Sectores diferenciados de actividad: c) Aquellos con actividades económicas y regímenes de deducción distintos, salvo que una sea accesoria.
- 21) Ejecuciones de obra con materiales: b) Son entregas de bienes si el coste de los materiales excede el 40% de la base imponible.
- 22) Constitución de derecho real por empresario: b) Prestación de servicios.
- 23) Adquisición de maquinaria a empresario alemán: c) Adquisición intracomunitaria.
- 24) Entrada de bien extracomunitario en TAI: c) Importación.
- 25) Entrada de bien desde Canarias en TAI: c) Importación.
- 26) Exenciones en entregas de bienes y servicios: d) Todas las anteriores son correctas.
- 27) Exención plena: c) Entregas intracomunitarias de bienes.
- 28) Venta de terreno no edificable por particular a empresario cinegético: a) No sujeta a IVA, liquida ITPAJD (TPO).
- 29) Segunda transmisión de edificación por empresario a particular: a) Exenta de IVA, sujeta a ITP.
- 30) Venta de local entre empresarios (prorrata 100%): c) Exenta de IVA, con posibilidad de renuncia a la exención e inversión del sujeto pasivo.
- 31) Arrendamiento de inmueble en Madrid por sociedad francesa a sociedad italiana: c) Localizado en España (art. 70. Uno. 1ºa LIVA).
- 32) Servicio de empresario alemán a español localizado en España: c) Factura sin repercutir IVA.
- 33) Venta con pago aplazado: c) El devengo no se aplaza.
- 34) Plazo para perder el derecho a la repercusión del IVA: c) Un año.
- 35) Tipo general del 21% en IVA: d) Todos los anteriores tributan al 21%.
- 36) Nacimiento del derecho a la deducción (art. 98 LIVA): c) Cuando se produce la adquisición de los bienes.
- 37) Cuotas de IVA soportadas: a) Cuando el empresario recibe la factura.
- 38) Operación sin derecho a deducción: b) Entregas de bienes exentas con exención limitada.
- 39) Plazo para ejercitar el derecho a la deducción: c) Cuatro años.
- 40) IVA soportado superior al repercutido: c) Se arrastra la diferencia al siguiente periodo.
Parte 2: IRPF
- 1) Renta sujeta al ISD: c) No está sujeta al IRPF.
- 2) Presunción de onerosidad: a) Admite prueba en contrario.
- 3) Renta no exenta en IRPF: a) Anualidades por alimentos.
- 4) Contribuyentes por IRPF: d) Ninguna de las anteriores.
- 5) Residencia habitual: a) Permanencia > 183 días.
- 6) Cómputo de días: a) Ausencias temporales computan como presencia.
- 7) Ciudadano francés (184 días): a) AEAT puede considerarle residente.
- 8) Contribuyentes IRPF: c) Diplomáticos extranjeros en excedencia residentes en España.
- 9) No residente: c) Cocinero de la Embajada de España en París.
- 10) Embajador italiano en Madrid: d) Contribuyente por IRPF italiano (reciprocidad).
- 11) Rendimientos del trabajo: c) Se imputan al cónyuge que los genera.
- 12) Inmueble arrendado en gananciales: a) Depende de si es privativo o ganancial.
- 13) Imputación temporal (nómina, bonus, sentencia): b) Nómina y bonus a 2020, horas extra a 2021.
- 14) Ganancia patrimonial a plazos: c) Imputación proporcional o al momento de la alteración.
- 15) No es rendimiento del trabajo: c) Publicación de libro autoeditado.
- 16) Pensiones de orfandad: a) Rendimientos regulares del trabajo.
- 17) Gasto deducible del trabajo: b) Cuotas a colegios de huérfanos.
- 18) Dietas: c) Rendimientos del trabajo exceptuados de gravamen según límites.
- 19) Indemnización despido: d) Exenta hasta el límite legal (180.000€).
- 20) Bonus trianual: a) Rendimiento irregular con reducción del 30%.
- 21) Gastos deducibles capital inmobiliario: b) IBI y tasa de basuras.
- 22) Amortización inmueble: b) 3% del 25% de 200.000€ = 1.500€.
- 23) Gastos conservación: b) Deducibles hasta el límite de ingresos, exceso en 4 años.
- 24) Deducción capital mobiliario: b) Gastos de administración de cartera.
- 25) Actividad económica: c) Intervención en producción o distribución.
- 26) Arrendamiento inmuebles: d) Todas las anteriores son falsas.
- 27) Local al 50% con pareja: c) Arrendamiento a la pareja es gasto deducible.
- 28) Adquisición local para actividad: a) Afecto inmediata y definitivamente.
- 29) Venta local de negocio: d) Tributa como ganancia patrimonial.
- 30) Vehículos turismo: c) No afectos, salvo excepciones del art. 22.4.
- 31) Ganancia/pérdida patrimonial: a) Alteración y variación de valor.
- 32) No existe alteración patrimonial: d) Todas las anteriores son correctas.
- 33) No se computan como pérdidas: d) Transmisiones lucrativas inter vivos.
- 34) Afirmación falsa: c) Exención por reinversión en renta vitalicia (limitada a 240.000€).
- 35) No integra valor de adquisición: c) Gastos financieros y notariales del préstamo.
- 36) Donación inmueble (400k a 600k): b) Ganancia patrimonial del donante (600k - 400k).
- 37) No forma parte del valor de adquisición: c) Cuota del ISD satisfecha.
- 38) Integran renta general: c) Rendimientos de actividades empresariales.
- 39) Rentas en especie: d) Todas las anteriores son correctas.
- 40) Compensación pérdida patrimonial: c) Hasta el 25% de los rendimientos de actividad, resto en 4 años.