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ÍNDICE :


UNIDAD TEMAS No. SUBTEMAS
UNIDAD II SEGURIDAD INDUSTRIAL 2.1 LEGISLACIÓN SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE
2.2 DEFINICIÓN DE RIESGOS DE TRABAJO
2.3 ACCIDENTES DE TRABAJO
2.4 FACTORES HUMANOS Y TÉCNICOS
2.5 ELEMENTOS DEL ACCIDENTE
2.6 INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES
2.7 COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE


AUTORIZACIONES


____________________________
Celso E. Castro F.
Catedrático ITM


Originador: Celso E. Castro F. / Catedrático del ITM
ÁREA : INGENIERIA QUÍMICA
MATERIA : HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL MATERIA : HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
 
EN VIGOR : CANCELA Y SUBSTITUYE A :
Clave : HYSI-UI-002 Clave : HYSI-UI-002 PAGINA : 1 / 28
Revisión :Revisión : 1 Revisión :Revisión : 0 Revisión : 1 Revisión : 0
Fecha: 22-FEBRERO-2011 Fecha : 22-SEPTIEMBRE-2009
OBJETIVO GENERAL DEL CURSO

Analizará e identificará, en un proceso industrial, los elementos que representen riesgos al trabajador, para desarrollar programas de seguridad e higiene industrial.

UNIDAD DE APRENDIZAJE

 

FUENTES DE INFORMACIÓN


10 Ley Federal de Trabajo .
11 Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo .
12 Guía para las Comisiones de Seguridad e Higiene en los centros de trabajo, STPS, IMSS.
13 Normas oficiales Mexicanas sobre Seguridad e Higiene en el trabajo, STPS, SSA.

PRÁCTICAS PROPUESTAS

1. Recorrido por los laboratorios para determinar actos y condiciones inseguras.
2. Recorrido por la institución para determinar estado operativo de los extinguidores.
3. Diseño de una hoja de accidentes y aplicación.
4. Elaborar un acta de la comisión de seguridad e higiene.

UNIDAD II: SEGURIDAD INDUSTRIAL

2.1 LEGISLACIÓN SOBRE SEGURIDAD E HIGIENE




2.1.1 Ley Federal del Trabajo

Artículo 3
El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia.
No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social.
Asimismo, es de interés social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores.

Algunas industrias mencionan:
Si el trabajo no puede hacerse con seguridad, entonces no debe efectuarse.

Artículo 9
La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.
Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.


Fiscalizar:
Criticar y traer a juicio las acciones u obras de alguien
Vigilancia: Cuidado y atención exacta en las cosas que están a cargo de cada uno.
Inspección: Cargo y cuidado de velar por algo.
Dirigir: Orientar, guiar, aconsejar a quien realiza un trabajo.


CAPITULO III
Suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo
Artículo 42
Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:
I. La enfermedad contagiosa del trabajador;
II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;
III. La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses del patrón, tendrá éste la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél;
IV. El arresto del trabajador;
V. El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el artículo 5o de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo 31, fracción III de la misma Constitución;
VI. La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos estatales, Juntas de Conciliación, Conciliación y Arbitraje, Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y otros semejantes; y
VII. La falta de los documentos que exijan las leyes y reglamentos, necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador.

CAPITULO IV
Rescisión de las relaciones de trabajo
Artículo 46
El trabajador o el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad.
Artículo 47
Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:
I. Engañarlo el trabajador o en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador;
II. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia;
III. Cometer el trabajador contra alguno de sus compañeros, cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo;
IV. Cometer el trabajador, fuera del servicio, contra el patrón, sus familiares o personal directivo administrativo, alguno de los actos a que se refiere la fracción II, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo;
V. Ocasionar el trabajador, intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo;
VI. Ocasionar el trabajador los perjuicios de que habla la fracción anterior siempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia tal, que ella sea la causa única del perjuicio;
VII. Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él;
VIII. Cometer el trabajador actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo;
IX. Revelar el trabajador los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa;
X. Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada;
XI. Desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado;
XII. Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades;
XIII. Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentar la prescripción suscrita por el médico;
XIV. La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisión, que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo; y
XV. Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.
El patrón deberá dar al trabajador aviso escrito de la fecha y causa o causas de la rescisión.
El aviso deberá hacerse del conocimiento del trabajador, y en caso de que éste se negare a recibirlo, el patrón dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la rescisión, deberá hacerlo del conocimiento de la Junta respectiva, proporcionando a ésta el domicilio que tenga registrado y solicitando su notificación al trabajador.
La falta de aviso al trabajador o a la Junta, por sí sola bastará para considerar que el despido fue injustificado.
Artículo 48
El trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario.
Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se cumplimente el laudo.


CAPITULO III BIS
De la capacitación y adiestramiento de los trabajadores
Artículo 153-A
Todo trabajador tiene el derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida y productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o sus trabajadores y aprobados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Artículo 153-B
Para dar cumplimiento a la obligación que, conforme al artículo anterior les corresponde, los patrones podrán convenir con los trabajadores en que la capacitación o adiestramiento, se proporcione a éstos dentro de la misma empresa o fuera de ella, por conducto de personal propio, instructores especialmente contratados, instituciones, escuelas u organismos
especializados, o bien mediante adhesión a los sistemas generales que se establezcan y que se registren en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. En caso de tal adhesión, quedará a cargo de los patrones cubrir las cuotas respectivas.
Artículo 153-F
La capacitación y el adiestramiento deberán tener por objeto:
I. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador en su actividad; así como proporcionarle información sobre la aplicación de nueva tecnología en ella;

II. Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación;
III. Prevenir riesgos de trabajo;
IV. Incrementar la productividad; y,
V. En general, mejorar las aptitudes del trabajador.
Artículo 153-G
Durante el tiempo en que un trabajador de nuevo ingreso que requiera capacitación inicial para el empleo que va a desempeñar, reciba ésta, prestará sus servicios conforme a las condiciones generales de trabajo que rijan en la empresa o a lo que se estipule respecto a ella en los contratos colectivos.
Artículo 153-H
Los trabajadores a quienes se imparta capacitación o adiestramiento están obligados a:
I. Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y demás actividades que formen parte del proceso de capacitación o adiestramiento;
II. Atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitación o adiestramiento, y cumplir con los programas respectivos; y,
III. Presentar los exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitud que sean requeridos.
Artículo 153-I
En cada empresa se constituirán Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento, integradas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, las cuales vigilarán la instrumentación y operación del sistema y de los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores, y sugerirán las medidas tendientes a perfeccionarlos; todo esto conforme a las necesidades de los trabajadores y de las empresas.
Artículo 153-J
Las autoridades laborales cuidarán que las Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento se integren y funcionen oportuna y normalmente, vigilando el cumplimiento de la obligación patronal de capacitar y adiestrar a los trabajadores.
Artículo 153-K
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social podrá convocar a los Patrones, Sindicatos y Trabajadores libres que formen parte de las mismas ramas industriales o actividades, para constituir Comités Nacionales de Capacitación y Adiestramiento de tales ramas Industriales o actividades, los cuales tendrán el carácter de órganos auxiliares de la propia Secretaría.
Estos Comités tendrán facultades para:
I. Participar en la determinación de los requerimientos de capacitación y adiestramiento de las ramas o actividades respectivas;
II. Colaborar en la elaboración del Catálogo Nacional de Ocupaciones y en la de estudios sobre las características de la maquinaria y equipo en existencia y uso en las ramas o actividades correspondientes;
III. Proponer sistemas de capacitación y adiestramiento para y en el trabajo, en relación con las ramas industriales o actividades correspondientes;
IV. Formular recomendaciones específicas de planes y programas de capacitación y adiestramiento;
V. Evaluar los efectos de las acciones de capacitación y adiestramiento en la productividad dentro de las ramas industriales o actividades específicas de que se trate; y,
VI. Gestionar ante la autoridad laboral el registro de las constancias relativas a conocimientos o habilidades de los trabajadores que hayan satisfecho los requisitos legales exigidos para tal efecto.

TITULO NOVENO
Riesgos de Trabajo
Artículo 473
Riesgos de trabajos son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.
Artículo 474
Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.
Artículo 475
Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
Diccionario de la Real academia
Patológico: adj. Perteneciente o relativo a la patología; adj. que se convierte en enfermedad.
Patología: Conjunto de síntomas de una enfermedad.
Enfermedad: Alteración más o menos grave de la salud.
Artículo 476
Serán consideradas en todo caso enfermedades de trabajo las consignadas en la tabla del artículo 513.
Artículo 477
Cuando los riesgos se realizan pueden producir:
I. Incapacidad temporal;
II. Incapacidad permanente parcial;
III. Incapacidad permanente total; y
IV. La muerte.
Artículo 478
Incapacidad temporal es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.
Artículo 479
Incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.
Artículo 480
Incapacidad permanente total es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.
Artículo 487
Los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo tendrán derecho a:
I. Asistencia médica y quirúrgica;
II. Rehabilitación;
III. Hospitalización, cuando el caso lo requiera;
IV. Medicamentos y material de curación;
V. Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios; y
VI. La indemnización fijada en el presente Título.
Artículo 488
El patrón queda exceptuado de las obligaciones que determina el artículo anterior, en los casos y con las modalidades siguientes:
I. Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez;
II. Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica y que el trabajador hubiese puesto el hecho en conocimiento del patrón y le hubiese presentado la prescripción suscrita por el médico;
III. Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí solo o de acuerdo con otra persona; y
IV. Si la incapacidad es el resultado de alguna riña o intento de suicidio.
El patrón queda en todo caso obligado a prestar los primeros auxilios y a cuidar del traslado del trabajador a su domicilio o a un centro médico.
Artículo 489
No libera al patrón de responsabilidad:
I. Que el trabajador explícita o implícitamente hubiese asumido los riesgos de trabajo;
II. Que el accidente ocurra por torpeza o negligencia del trabajador; y
III. Que el accidente sea causado por imprudencia o negligencia de algún compañero de trabajo o de una tercera persona.
Artículo 513
Para los efectos de este Título la Ley adopta la siguiente Tabla de Enfermedades de Trabajo.

TABLA DE ENFERMEDADES DE TRABAJO
Neumoconiosis y enfermedades broncopulmonares producidas por aspiración de polvos y humos de origen animal, vegetal o mineral
1. Afecciones debidas a inhalación de polvos de lana.
Trabajadores de la industria textil y demás manipuladores de este producto.
2. Afecciones debidas a inhalación de polvos de pluma, cuerno, hueso, crin, pelo y seda.
Colchoneros, fabricantes de adornos y artículos de mercería, cortadores y peinadores de pelo, fabricación de brochas,
pinceles, cepillos. Trabajadores de los rastros, carniceros, empacadores de carne.
3. Afecciones debidas a la inhalación de polvos de madera.
Carpinteros, madereros, ebanistas y trabajadores de la industria papelera.
4. Tabacosis:
Afecciones debidas a la inhalación de polvos de tabaco.
Trabajadores de la industria del tabaco.
5. Bagazosis: afecciones debidas a la inhalación de polvos de bagazo, como en la industria azucarera.
Tolveros, cernidores y bagaceros, trabajadores de la industria papelera y fabricación de abonos.
6. Suberosis: afecciones debidas a la inhalación de polvos de corcho.
Trabajadores del corcho.
7. Afecciones debidas a inhalación de polvos de cereales, harinas, heno, paja, yute, ixtle y henequén.
Cargadores, alijadores, estibadores, recolectores, granjeros, trilladores, sombrereros (de sombreros de paja), empacadores, molineros, panaderos, trabajadores de las industrias de fibras duras, fabricantes de muebles, industria papelera.
8. Bisinosis.
Trabajadores de hilados y tejidos de algodón y demás manipuladores de este producto.
9. Canabiosis: afecciones producidas por inhalación de polvos de cáñamo.
Trabajadores de la industria del cáñamo.
10. Linosis: afecciones producidas por la inhalación del polvo de lino.
Trabajadores de la industria del lino.

2.2 DEFINICIONES DE RIESGOS DE TRABAJO
De acuerdo a la NOM-019-STPS-2004 en Definiciones:
l) Riesgos de trabajo: son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo;
2.3 ACCIDENTES DE TRABAJO
De acuerdo a la NOM-019-STPS-2004 en definiciones:

a) Accidente de trabajo: es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste; a continuación una estadística de España:



2.7 COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE

Imprimir la NOM-019-STPS-2004 Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo; ubicada en la Secretaria de trabajo y Previsión Social.

Definiciones mencionadas en la Norma:
b) Actos inseguros: son las acciones realizadas por el trabajador, que omite o viola el método o
medidas aceptadas como seguras;
d) Actividades peligrosas: es el conjunto de tareas derivadas de los procesos de trabajo, que generan condiciones inseguras y sobre exposición a los agentes físicos, químicos o biológicos, capaces de provocar daño a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo;
f) Condiciones inseguras: son las situaciones o circunstancias peligrosas que derivan de los
elementos que conforman el medio ambiente laboral y pueden hacer posible la ocurrencia de un
accidente, enfermedad de trabajo o daño material;
g) Condiciones peligrosas: son aquellas que pueden provocar un incidente, accidente o una
enfermedad de trabajo;
h) Enfermedad del trabajo: es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Serán consideradas, en todo caso, enfermedades de trabajo, las consignadas en la Tabla del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo;
i) Incidente: acontecimiento no deseado que ocasiona o puede ocasionar daños al proceso,
maquinaria, equipo y/o a las instalaciones del centro de trabajo, pero que en circunstancias
diferentes, podría haber derivado en lesiones para las personas y que requiere ser investigado para considerarlo en la adopción de medidas preventivas;

j) Ley:
Ley Federal del Trabajo;

k) Reglamento:
Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo;

m) Sindicato:
el sindicato titular del contrato colectivo de trabajo o administrador del contrato ley, y

n) Verificación:
la constatación ocular y documental del cumplimiento del Reglamento y de las normas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

El punto 6 de la norma trata de la constitución de la Comisión de Higiene y Seguridad

6.1 6.1 Las comisiones deben integrarse en los centros de trabajo en un plazo no mayor de treinta días hábiles, a partir de la fecha de iniciación de actividades, y éstas deben contar con su acta de constitución en aquellos centros de trabajo que ya se encuentren laborando y mostrarla a la autoridad laboral cuando se los requiera.

Ejercicio 1 de aplicación:
¿Si una empresa inicia sus operaciones el 25 de septiembre, cual es la fecha límite en que debe estar integrada su comisión de seguridad e higiene?
            
                        
L M M J V S D DIAS ACUM L M M J V S D DIAS ACUM
SEPTIEMBRE 21 22 23 24 25 26 27 1 SEPTIEMBRE 21 22 23 24 25 26 27 1
28 29 30 3 4 28 29 30 3 4
OCTUBRE 1 2 3 4 2 6 OCTUBRE 1 2 3 4 2 6
5 6 7 8 9 10 11 5 11 5 6 7 8 9 10 11 5 11
12 13 14 15 16 17 18 5 16 12 13 14 15 16 17 18 5 16
19 20 21 22 23 24 25 5 21 19 20 21 22 23 24 25 5 21
26 27 28 29 30 31 5 26 26 27 28 29 30 31 5 26
NOVIEMBRE 1 NOVIEMBRE 1
2 3 4 5 6 7 8 4 30 2 3 4 5 6 7 8 4 30
                        
La respuesta es el 5 de Noviembre.
Nota: Los días laborables no incluyen el Sábado, Domingo y Días Festivos.

Ejercicio de tarea:
¿Si una empresa inicia sus operaciones el 25 de octubre, cual es la fecha límite en que debe estar integrada su comisión de seguridad e higiene?
¿Investigue los días festivos de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo actual?.

6.2 El patrón debe formalizar la constitución de la comisión en sesión con los miembros que se hayan seleccionado y con la representación del sindicato, si lo hubiera. En esta sesión se levantará el acta de integración correspondiente que debe contener como mínimo la información que se enuncia en el Apéndice A.
Esta acta debe ser exhibida cuando la autoridad laboral así lo requiera.

Ejemplo del acta de integración de la Comisión de Seguridad e Higiene

ACTA DE INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE
A1 DATOS DE LA EMPRESA
a) Nombre, denominación o razón social Grupo Alfa S de RL de CV
b) Registro patronal del IMSS; 437555671056
c) Domicilio; Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 1
d) Teléfono, fax, correo electrónico; Tel. 921 21 18000 Fax 921 21 14300 correo [email protected] <mailto:[email protected]> d) Teléfono, fax, correo electrónico; Tel. 921 21 18000 Fax 921 21 14300 correo [email protected] <mailto:[email protected]>
e)  e) Rama o actividad económica; Siderúrgica
f) Fecha de inicio de actividades; 25-Enero-1987
g) Número de trabajadores del centro de trabajo. 243
A2 DATOS DE LA COMISIÓN
a) Nombre de los integrantes: coordinador, secretario y vocales ; Coordinador: Pedro Román Villa Secretario: Juan Vasco Aguirre Vocales por parte del Patrón Juan perez Jolote Sancho Panza Perez Vocales por parte de los trabajadores Brian Luis Joiner Mar Juana del Carmen Torres Sánchez
b) Número de centros de trabajo en los que rige la comisión (domicilio, RFC y registro patronal del IMSS); 1
c) Fecha de integración (día, mes y año);
d) Nombre y firma del representante del patrón, y Pedro Román Villa
e) Nombre y firma del representante de los trabajadores. Juan Vasco Aguirre

6.3 De la integración.

6.3.1
Integrar una comisión de seguridad e higiene por cada centro de trabajo.
6.3.1.1 La comisión de seguridad e higiene debe integrarse de la siguiente manera:
a) en el caso de que el centro de trabajo cuente con menos de 15 trabajadores, la comisión de
seguridad e higiene debe estar integrada por un trabajador y por el patrón o su representante, y
asumirán las funciones y responsabilidades establecidas en la presente Norma;

Ejercicio:
Si una empresa cuenta con 14 trabajadores cuantas personas integrarán la comisión de seguridad e higiene

R: Estará integrada por 2 personas
· El patrón o un representante del patrón
· Un trabajador

b) para el caso de que el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más, la comisión de seguridad e higiene debe estar integrada, invariablemente, por un coordinador y un secretario,
así como por los vocales que acuerden el patrón o sus representantes, y el sindicato o el
representante de los trabajadores cuando no exista la figura sindical, asumiendo las funciones y
responsabilidades establecidas en esta Norma.
Nota.- Además de la comisión de seguridad e higiene que refiere el inciso b), las empresas podrán organizarse internamente, considerando el número de trabajadores, la rama industrial, el grado de riesgo y la región geográfica, para lo cual establecerán las funciones y responsabilidades que acuerden el patrón o sus representantes y el sindicato o el representante de los trabajadores cuando no exista la figura sindical, para el cumplimiento de esta Norma.

Ejercicio:
Si una empresa cuenta con 322 trabajadores cuantas personas integrarán la comisión de seguridad e higiene

R: Estará integrada por:
· Un Coordinador
· Un Secretario
Vocales (El número definido por el patrón o sus representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores
· Mínimo 2 vocales uno que representa al patrón y otro a los trabajadores.

6.4
La representación de los trabajadores debe estar conformada por aquellos que desempeñen sus labores directamente en el centro de trabajo y que, preferentemente, tengan conocimientos o experiencia en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

7. Organización

7.1
La comisión se organizará en los términos que señala el apartado 6.3.1.1. En caso de no existir sindicato, podrán designar el número de vocales que acuerden ambas representaciones.
Para cumplir con las funciones que señala esta Norma, el coordinador, el secretario y los vocales recibirán capacitación, conforme a lo previsto en el Reglamento.

7.1.1
El coordinador será responsable de:
a) Presidir las reuniones de trabajo de la comisión;
b) Dirigir y coordinar el funcionamiento de la comisión;
c) Integrar en el acta de verificación de la comisión, la propuesta de medidas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo que emitan los miembros de ella, constatando que estén sustentadas en la normatividad en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;

d) Promover la participación responsable de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con las tareas asignadas;
e) Presentar al patrón la programación anual de las verificaciones, a fin de integrarlas en el programa de seguridad e higiene de la empresa o en la relación de actividades a cumplir, conforme a lo establecido en el artículo 130 del Reglamento;

Ejercicio:
Elaborar un programa anual de verificaciones para la empresa SGC de RL de CV

No Verificación Fecha de verificación Reporte
1 Área de almacenes 15-Enero-2010 11:00 a.m.
2 Área de Empaquetado 19-Marzo-2010 11:00 a.m.
3 Laboratorio central 21-Mayo-2010 11:00 a.m.
4 Área de producción 16-Julio-2010 11:00 a.m.
5 Comedores 17-Septiembre-2010 11:00 a.m.
6 Oficinas administrativas 19-Noviembre-2010 11:00 a.m

f) Vigilar que se realicen las investigaciones de las causas de accidentes de trabajo para su análisis e integrar las conclusiones en el acta de verificación, la cual será turnada al secretario;

g)
Elaborar al término de la verificación, conjuntamente con el secretario, el acta de verificación de la comisión, misma que será validada mediante la firma de todos los que hayan participado en la misma y entregarla al patrón de inmediato;


h) Participar conjuntamente con el secretario en las inspecciones de seguridad, higiene y medio
ambiente de trabajo que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo;

i) Coadyuvar con el patrón en asesorar a los vocales y al personal de los centros de trabajo, para la detección de condiciones peligrosas presentes en su medio ambiente laboral;
j) Solicitar, previo acuerdo de la comisión, la sustitución de sus integrantes;
k) Proponer al patrón, los temas de capacitación necesarios para mejorar el desempeño de la comisión de seguridad e higiene en el trabajo.

8. Funcionamiento
Para vigilar el cumplimiento de las disposiciones que señala el Reglamento y las normas aplicables emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las comisiones deben llevar a cabo las siguientes actividades:

8.1
Establecer una programación anual de verificaciones, asignando prioridades de acuerdo a los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo y a las áreas con mayores condiciones peligrosas, dentro de los 15 días siguientes a la integración de la comisión, y posteriormente a más tardar en los primeros 15 días hábiles de cada año.

8.2
Realizar las verificaciones programadas; mensuales, bimestrales o trimestrales, según lo acordado en el programa anual, para detectar condiciones peligrosas.

8.3
Efectuar verificaciones extraordinarias en caso de accidentes o enfermedades de trabajo que generen defunciones o incapacidades permanentes, cambios en el proceso de trabajo con base en la información proporcionada por el patrón o a solicitud de los trabajadores, cuando reporten condiciones peligrosas que, a juicio de la propia comisión, así lo ameriten.

8.4
De cada una de las verificaciones se levantará un acta anotando las condiciones peligrosas y el incumplimiento, que en su caso existan, al Reglamento o a las normas aplicables en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo; las propuestas de medidas para su corrección; los resultados de las recomendaciones atendidas y el proceso de resolución de las que queden pendientes. Esta acta será entregada por el coordinador al patrón, quien la deberá conservar, al menos, por doce meses y exhibirla a la autoridad laboral cuando así lo requiera.
Martes 4 de enero de 2005 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

8.5
Investigar, analizar y registrar en el acta de verificación de la comisión, las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo y proponer medidas para prevenirlos.

8.6
Atender y asentar en las actas de verificación de la comisión, las condiciones peligrosas que le señalen los trabajadores, emitiendo las observaciones que correspondan, haciéndolas del conocimiento del patrón de manera inmediata.

8.7
Cuando la comisión sufra un cambio o modificación en sus integrantes ésta deberá proporcionar un curso de inducción a las funciones que desarrolle como nuevo integrante.

ELABORACIÓN DE UN ACTA DE VERIFICACIÓN

La elaboración del acta de verificación debe contener como mínimo el contenido del apéndice B de la NOM-019-STPS-2009.

ACTA DE VERIFICACIÓN DE LA COMISIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE LA COMPAÑÍA
REBSAMEN S.A. DE C.V.

a) Fecha del acta: 15-Enero-2009
b) Número consecutivo del acta: 1
c) Lugar en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación: Oficina de producción
d) La hora en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación: 11:00 a.m.
e) Fecha en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación:15-Enero-2009
f) Periodo que comprende la verificación: Bimestral (Diciembre 2008-Enero 2009)
g) Denominación del centro de trabajo: REBSAMEN S.A. de C.V.
h) Denominación de la comisión: Comisión de Higiene y Seguridad
i) Domicilio (calle, número, colonia, ciudad, entidad federativa, código postal):
Expredio Encino Gordo Cosoleacaque Ver. C.P. 92344
j) Cantidad total de trabajadores: 225
k) Mencionar si se trata de una verificación ordinaria (conforme al programa anual) o si es
extraordinaria
: Verificación ordinaria de acuerdo a programa anual.
l) Areas, instalaciones o centros de trabajo verificados (deben coincidir con el programa anual): Área de producción de REBSAMEN S.A. de C.V.
m) Las condiciones peligrosas detectadas durante el recorrido por las instalaciones del centro de trabajom) Las condiciones peligrosas detectadas durante el recorrido por las instalaciones del centro de trabajo:

No. Condición peligrosa (son aquellas que pueden provocar un incidente, accidente o una enfermedad de trabajo) Norma Área Corregida / Fecha
1 Las bombas que manejan acetato de etilo B-420 y B-421 no tienen guarda. (Protección mecánica inadecuada) NOM-004-STPS-1999 Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. 8.1.1 Se debe verificar que los protectores cumplan con las siguientes condiciones: j) estar fijos y ser resistentes para hacer su función segura; Producción No
2 El personal de mantenimiento que estaba reparando la bomba B-525 no estaba usando su equipo de protección personal tal como Ropa retardante a la flama y tapones de seguridad. NOM-011-STPS-2001, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido. 5.5. El programa de conservación de la audición aplica en las áreas del centro de trabajo donde se encuentren trabajadores expuestos a niveles de 85 dB(A) y mayores. NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. 6.2 2 El personal de mantenimiento que estaba reparando la bomba B-525 no estaba usando su equipo de protección personal tal como Ropa retardante a la flama y tapones de seguridad. NOM-011-STPS-2001, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido. 5.5. El programa de conservación de la audición aplica en las áreas del centro de trabajo donde se encuentren trabajadores expuestos a niveles de 85 dB(A) y mayores. NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. 6.2 Utilizar el equipo de protección personal proporcionado por el patrón de acuerdo a la capacitación que recibieron para tal efecto. Producción No
n) n) La causa-efecto de cada condición o acto inseguro detectado:
No.Condición insegura son las situaciones o circunstancias peligrosas que derivan de los elementos que conforman el medio ambiente laboral y pueden hacer posible la ocurrencia de un accidente, enfermedad de trabajo o daño material. CausaEfectoCorregida / Fecha
1 Las bombas que manejan acetato de etilo B-420 y B-421 no tienen guarda. (Protección mecánica inadecuada) Se le dio mantenimiento durante el paro y no se colocaron las guardas Puede proyectarse el cople y causar daños al personal o instalaciones No
2 El personal de mantenimiento que estaba reparando la bomba B-525 no estaba usando su equipo de protección personal tal como Ropa retardante a la flama y tapones de seguridad. No consideró necesario usar sus tapones ya que iba a estar poco tiempo Pérdida de la audición al hacer actividades sin EPP. No
o) Citar la normatividad que se está incumpliendo en materia de seguridad, higiene y medio
ambiente de trabajo;
p) Recomendar la solución que por consenso en el seno de la comisión se considere como la
óptima para prevenir, eliminar o reducir condiciones peligrosas;

· Dar plática sobre el uso del EPP al personal del área de mantenimiento rotativo, así como el instalar las guardas a bombas al concluir el mantenimiento.
Responsable: Juan Perez Supervisor.
Fecha: 25 Febrero 2009.
· Colocar las guardas a las bombas B-420 y B-421
Responsable: Juan Perez Supervisor.
Fecha: 2 Febrero 2009.
q)
Asignar la prioridad con la que se deben atender las recomendaciones;
Ver el punto p)
r)
Designar al responsable de atender directamente la recomendación: Ver puntos n y p
s) s) El avance de las recomendaciones en proceso:
No. Recomendación Responsable / Fecha Corregida /Fecha Resultado de las recomendaciones atendidas Observación Causa por la que no se ha corregido
1 Dar plática sobre el uso del EPP al personal del área de mantenimiento rotativo, así como el instalar las guardas a bombas al concluir el mantenimiento. Juan Perez No Pendiente Se acaba de detectar y se programó
2 Colocar las guardas a las bombas B-420 y B-421 Juan Perez No Pendiente Se acaba de detectar y se programó
t) La causa de las recomendaciones pendientes: Ver punto s

u) El resultado de las recomendaciones atendidas
: Ver punto s

v) Los resultados del análisis de los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo ocurridos en el periodo que se reporta, así como las medidas que se recomienden para evitar su recurrencia:

Durante este periodo se tuvo 2 accidentes, los cuales fueron investigados y las recomendaciones están en proceso, se adjunta el reporte con sus evidencias de seguimiento.

w) Actividades relevantes
: Ninguna
x) Asuntos generales: se comentó que es necesario reforzar el uso del EPP en el área de mantenimiento, se definirá en la próxima reunión si es necesario dar un taller de EPP.
y) Nombre y firma de los representantes del patrón, integrantes de la comisión

Pedro López García Juan Antonio Arellano Frías Felipe Vega Solís
Coordinador Representante del Patrón Vocal

z) Nombre y firma de los representantes de los trabajadores que participaron en la verificación.

Juan Arredondo Salas Pedro Nieto Díaz Samuel Alemán Medina
Secretario Representante de los trabajadores Vocal


2.4 FACTORES HUMANOS Y TECNICOS
Bibliografía
Seguridad Industrial un enfoque integral
César Ramírez Cavassa
Editorial Limusa 2001
Decima reimpresión

Los factores que inciden en la producción del accidente son: Técnicos y Humanos.
Ø Factores humanos: Psicológicos, fisiológicos, sociológicos, económicos.
Ø Factores técnicos: Organización
Estos factores causan el accidente una vez producido el disfuncionamiento en cualquiera de ellos.

Aspectos psicológicos:
Está entendido que el factor humano es la causa principal de la mayoría de los accidentes. La razón es el propio individuo, por desequilibrio psíquico o físico.
Las de tipo psíquico se originan en la personalidad del sujeto, cuya conducta y comportamiento están influidos por estímulos y motivaciones o por sentimientos antagónicos y negativos.
Los estímulos provienen de causas externas, en tanto que la conducta es consecuencia de la propia integración del YO, lo que en circunstancias concretas llega a manifestarse en hábitos y actitudes fijas como consecuencia de la formación e influencia del entorno en que se desenvuelve el sujeto.
Las causas externas que influyen en la accidentabilidad del individuo se pueden esquematizar desde dos grandes aspectos: las intrínsecas al ambiente de trabajo y las relativas a la vida privada del individuo.
Cuando las condiciones físicas ambientales en la zona de trabajo no son adecuadas, su influencia sobre el trabajador aumenta la accidentabilidad, aparte de las implicaciones técnicas y materiales que pueda tener. Las condiciones de vida, la situación familiar familiar y la salud propia o de los suyos, constituyen otros factores de riesgo.
Las causas intrínsecas del YO se centran en los diferentes caracteres: cólerico, pasivo, vanidoso, etc. Los que debido a su temperamento específico reaccionan en determinadas circunstancias de diversas maneras, provocando posibles situaciones de accidentabilidad.

Nota: En la real academia española
“Intrínseca significa íntimo, esencial”.

Las aptitudes del individuo es otro aspecto intrínseco al psicológico. Su interés se centra en el estudio de las relaciones entre las exigencias de la tarea y las aportaciones del individuo. Entre estos factores se pueden enunciar brevemente los siguientes:
Ø La inteligencia, cuya correlación con la accidentabilidad parece lógico existir cuanto mayor sea la dificultad del trabajo. En trabajos simples sólo es necesario un cierto sentido común, si se trata de un trabajo complicado se requiere de mayor grado de inteligencia.
Ø La experiencia profesional se correlaciona con el número de accidentes, en la proporción de a mayor formación profesional, menor frecuencia de accidentes; cuanto mejor conoce el obrero su trabajo el número y la gravedad de los accidentes que le ocurren es menor.
Ø La percepción o grado de conocimiento de situaciones internas y externas al individuo, puede ser instintiva (herencia biológica) o aprendida (adquirida a través del tiempo). El conocimiento de si mismo define la concepción interna o autoimagen en tanto que el conocimiento de lo exterior determina su percepción, dando lugar a la comprensión y comunicación con el entorno.
Ø La emotividad influye en forma negativa aumentando la frecuencia de los accidentes. Hersey dedujo que alrededor del 50 % de los accidentes se producen durante períodos de depresión del individuo.

Nota: En la real academia española
“Emotivo significa: 1.-Perteneciente o relativo a la emoción. 2.-Que produce emoción. 3.-Sensible a las emociones.

Ø La atención: La accidentabilidad aumenta cuando la atención disminuye, en general ésta disminuye con la rutina y la familiaridad debido al dominio de los movimientos etc.
Ø La predisposición a los accidentes define un rasgo personal opuesto a las características del entorno, que predispone al individuo a sufrir más accidentes que los de su grupo. Entre las causas de esta predisposición se considera básicamente la extroversión acompañada de neurosis, agresividad, intolerancia y el ser demasiado impulsivo en su comportamiento. Por último, se tiende a justificar dicha predisposición a la falta de personalidad de grupo obteniéndose una personalidad distinta en cada caso.
Ø La actitud ante el riesgo predispone al individuo a una actuación específica en circunstancias peligrosas, así: actitudes de soberbia, de autosuficiencia, de desacato a las normas, de situaciones conflictivas, de insubordinación, de rechazo al consejo y al cambio y de negación de lo que significa prevención de accidentes.

Aspectos fisiológicos:

El cuerpo humano es la base de partida para la concepción de los equipos y dimensiones de los puestos de trabajo. Es un error el considerar el dimensionamiento del sujeto estático y rígido, no en movimiento, en vez del dimensionamiento dinámico. La mayor parte de la población mundial se agrupa en torno a la media, sólo un pequeño número de personas queda a ambos extremos. Basándose en estos aspectos y con ayuda de los estudios ergonómicos se debe fijar el tamaño funcional de las áreas de trabajo, determinando las dimensiones mínimas para los espacios ocupados y las mayores para los libres.
La sensibilidad cutánea incide en el estudio del factor humano por su relación directa o indirecta con el cumplimiento de la tarea. Este fenómeno proporciona al operador gran parte de la información de su entorno por lo que la mayor parte del aprendizaje visual y auditivo está ligado a la sensibilidad cutánea.
Mecánicos
Químicos
Térmicos
Eléctricos



Flexión de la piel
Sensibilidad a las vibraciones
Extensión de la piel



Temperatura baja Velocidad del aire

Humedad relativa
Temperatura alta


La ergonomía pone a disposición del interesado el medio de mejorar el rendimiento laboral del hombre, estudiando con detalle las características, peculiaridades, necesidades y dificultades que presenta cada uno de los elementos sensoriales del ser humano. Así se ve que un aumento de intensidad de estímulos externos acrecienta la reacción mecánica despertando sensaciones sobre un punto particular del organismo. Aparecen entonces los cuatro subsentidos, como se puede apreciar en la figura anterior.
Los sentidos son estudiados por la Ergonomía en función del papel que desempeñan como elementos que proporcionan las reacciones humanas. Por ejemplo el equilibrio del cuerpo se relaciona con el sistema nervioso y los órganos laberínticos de los oídos, que contribuyen al equilibrio estático y dinámico. El sentido del olfato es muy sensible, su límite máximo varía según la sustancia olorosa. El fenómeno de la adaptación, considerado como pérdida de la sensación característica en una situación específica, es demasiado pronunciada en los sentidos del gusto y del olfato.
Este es un punto a tener en cuenta en la adaptación positiva del hombre al elemento tarea; es aún más importante con referencia al aspecto negativo que proporciona una sensación de comodidad a ciertos malos hábitos y movimientos, o a la adaptación irracional en un medio ambiente nocivo para la salud y de peligro en el trabajo.

Factores sociológicos:

Entre otros están las costumbres del medio en que se desarrolla, hábitos, economía, etc.
El alcoholismo, al igual que las drogas, incide sobre la actividad laboral. Las investigaciones clínicas al respecto realizadas por Lederman y Metz (1966) demuestran que los alcoholizados con grado superior a 0.05 son potencialmente aptos a aumentar los accidentes a un 11%.


2.5 Elementos del accidente

Bibliografía
Manual de Seguridad e Higiene Industrial
Camilo Janania Abrahan
Editorial Limusa 2003
Decima reimpresión

El concepto moderno sobre los accidentes es que éstos inciden negativamente en la producción. Por tanto, la prevención de accidentes, que es la ciencia o sistema que se ocupa de eliminar los accidentes dentro y fuera de las industrias, tiene como resultado final un aumento de la producción.
La prevención de accidentes es, por lo tanto, parte integrante de las diferentes secciones que constituyen la producción de la industria. En ningún momento se debe considerar a la prevención como una dependencia extraña a la producción de las industrias, y menos como una carga. Los accidentes traen como resultado el aumento de los costos de producción, que a su vez reduce las ganancias de la empresa.
Por estas razones, siempre que se hable de la industria y accidentes se debe de analizar a fondo los elementos del accidente y reportarlos para que esa información pueda ser utilizada para prevenir otros accidentes.

Los elementos del accidente son cinco:
1.-El Agente: Es el objeto o sustancia más íntimamente relacionado con el daño y el cual, en términos generales, podría haber sido debidamente protegido o corregido. Se podría decir que son agentes, las máquinas, herramientas manuales, aparatos eléctricos, sustancias químicas, vehículos, etc.

2.-El acto inseguro o Práctica insegura de una persona, como: Utilizar un equipo no seguro, asumir una posición o postura no segura, no emplear las prendas de seguridad, distraer o molestar, etc.

3.-El Tipo de accidente o la Manera en el cual la persona fue dañada, tales como: Si la persona se cayó, si fue golpeada por un objeto, o si fue golpeada por un equipo en movimiento, etc.

4.-La condición Insegura de una herramienta, Material o Equipo, como: La agarradera quebrada de un martillo, la polea insegura de una máquina, el engranaje de una máquina al descubierto, etc.

5.-Factor Personal y Tipos de Daños tales como: Falta de conocimiento o habilidad, cortaduras, actitud impropia, quemaduras, etc.

Ejemplo de cómo un supervisor analiza un accidente:
Dos hombres trabajaban en una plataforma que estaba a 4 metros del suelo. José le dijo a Juan que se apartara de su camino para que él pudiera soldar una pieza en construcción. Juan retrocedió sin ver hacia atrás y cayó al suelo fracturándose un brazo y el tobillo. La plataforma no tenia rieles de protección para evitar caídas.
Al investigar y reportar el accidente, el supervisor miró y analizó los hechos. El trató de reportarlos sin preferir a ninguno y sin culparlos. Este atributo es importante en la efectividad de un reporte.
El supervisor consideró los cinco elementos del accidente:
1.-La plataforma era el tipo de equipo involucrado en el accidente.
2.-La caída fue un tipo de accidente en el cual Juan sufrió un daño fracturándose un brazo y un tobillo.
3.-La falta del riel en la plataforma fue una condición insegura.
4.-Caminar hacia atrás sin mirar fue un acto inseguro que precipitó la caída.
5.-La razón del acto inseguro fue que Juan olvidó momentáneamente el peligro de la plataforma abierta.

Al analizar este accidente claramente se mira de que la falta de rieles en la plataforma fue la causa mayor del accidente, ya que el hombre no hubiera caído si la plataforma hubiera tenido los rieles y así cumplir los requisitos de seguridad requeridos por OSHACT (Occupational Safety and Health Act), que dice que una plataforma situada a más de 3 metros debe llevar este tipo de protección.
TAREA:
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HOY LUNES

2.6 Investigación de los accidentes.

Las características del accidente son: no es deseado, produce pérdidas y, generalmente, existe el contacto con una fuente de energía.
En el libro Seguridad e Higiene en el trabajo, cuyo autor es Adolfo Rodellar Lisa, de la editorial AlfaOmega-marcombo define al accidente y el incidente como:
Accidente: Puede definirse como un suceso no deseado que ocasiona pérdidas a las personas, a la propiedad o a los procesos laborales.
El accidente es el resultado del contacto con una substancia o fuente de energía (mecánica, eléctrica, química, ionizante, acústica, etc.) superior al umbral límite del cuerpo o estructura con el que se realiza el contacto.
Incidente: Es todo suceso no deseado, o no intencionado, que bajo circunstancias muy poco diferentes podría ocasionar pérdidas para las personas, la propiedad o los procesos.
No hay hecho o fenómeno sin causa y que a la causa le sigue el efecto. Esos efectos pueden ser motivo de pérdidas entre las cuales están las lesiones. No debe confundirse el accidente con la lesión, las lesiones son consecuencia de los accidentes, pero no todos los accidentes producen lesiones.
Por la existencia de las causas es posible el control del accidente y/o incidente. Es decir el accidente es evitable, y la gravedad de las pérdidas que se derivan de un accidente es frecuentemente cuestión de azar. El accidente o incidente es debido a unas causas y concurren en él estos principios:
Ø Todo accidente /incidente está originado, al menos, por una causa.
Ø En general, en un accidente / incidente concurren varias causas.
Ø Las causas están relacionadas entre sí factorialmente.

Este carácter factorial de la cadena causal suele expresarse de la siguiente forma:
Accidente = C1 X  C2 X  C3 X……  Ci

En la expresión anterior las Ci representan las causas posibles del accidente. Sí interrumpimos o anulamos alguna de esas verdaderas causas del accidente, no habrá tal suceso, como también se deduce matemáticamente si hacemos igual a cero a uno de los factores del producto.
El camino hacia el accidente / incidente está recorrido, por las causas. La secuencia de ese camino puede ser contemplada con diferentes enfoques, como se indica a continuación.

Secuencia inductiva de los accidentes/incidentes

En la figura siguiente se muestra un posible camino del Accidente y que es llamado Secuencia Inductiva que, partiendo de los hechos diarios o habituales del trabajo, nos permite entender la existencia de unos peligros (múltiples peligros) que debemos controlar y, en su caso, eliminar antes de que suceda el accidente / incidente y se ocasionen pérdidas.
El trabajo implica un riesgo, cuyos resultados se manifiestan a través de las personas, los equipos, los materiales y el ambiente en general (aire, luz, ruido, condición atmosférica ….).




pppppP






En el libro Seguridad e Higiene en el trabajo, cuyo autor es Adolfo Rodellar Lisa, de la editorial AlfaOmega-marcombo se define:
Riesgo: Es la posibilidad de perder.
Riesgo Especulativo: Puede dar como resultado un efecto favorable -ganacia- o un efecto desfavorable -pérdida-
Riesgo Puro: Sólo puede dar como resultado un efecto adverso o no -perder o no perder-.
Íntimamente relacionado con el riesgo se encuentra el PELIGRO o condición que puede producir efectos adversos sobre la mejor utilización posible de los recursos humanos y la propiedad.

La actividad humana puede ser contemplada desde muchos puntos de vista. Algunos de los más representativos serían: Trabajo, deporte, actividad artística y recreativa, actividad en el hogar, desplazamientos, etc. A su vez, cada una de estas actividades humanas puede ser contemplada con diferentes enfoques. Veamos un ejemplo:
En el trabajo, podemos referirnos a la agricultura, industria, construcción, servicios. Es frecuente mencionar, como desglose genérico, los factores materiales o tecnológicos ( con sus agentes físicos, químicos y biológicos), los personales (fisiológicos, psíquicos y sociológicos) y los factores sociales (políticos, económicos y organizativos).
Los agentes físicos pueden, a su vez, desglosarse en eléctricos, mecánicos, acústicos, ópticos, nucleares. Los agentes químicos podríamos dividirlos en líquidos, sólidos y agentes en el aire y los biológicos en bacterias, parásitos, etc.
Pues bien, todas y cada una de las actividades humanas en sus diferentes enfoques, llevan implícitos unos riesgos cuando son desarrollados. ¿Por qué llevan esas acciones o actividades implícitos los riesgos? Porque es posible que al ejercerlas, nos den algún resultado adverso (o no), es decir, que pueden dar lugar a RIESGOS PUROS como los siguientes:
Ø Accidentes de trabajo, deportivos, domésticos, de circulación.
Ø Enfermedades profesionales y enfermedades comunes.
Ø Incendios y explosiones.
Ø Robos, hurtos, atentados, sabotaje, etc.

El control de riesgos se basa en evitar condiciones peligrosas, en reducir y eliminar peligros. Es la lucha contra lo concreto, en contraposición a los esfuerzos por eliminar lo abstracto (la posibilidad). Ejemplo:
La utilización de un cuchillo implica un riesgo y nos puede llevar a un accidente, en el que la pérdida pueden ser lesiones, heridas en manos o dedos. El cuchillo se puede usar en muchas ocasiones, subsistiendo al riesgo, sin que estemos en situaciones de peligro. La condición peligrosa, el peligro, existirá si, por ejemplo, está poco afilado y obliga a esfuerzos anormales para el uso; si la acción de cortar se realiza hacia el cuerpo de la persona; si se pretende cortar objetos de resistencia excesiva frente a ese cuchillo. Podemos, por tanto, eliminar muchas condiciones peligrosas, pero el riesgo desaparece si no utilizamos el cuchillo.
Las consecuencias de los peligros involucrados en los numerosos agentes siguientes los denominaremos pérdidas; por ejemplo lesiones en el trabajo, enfermedades por el trabajo, tensiones físicas y psíquicas, insatisfacciones, pérdidas en equipos, procesos y materiales.

Factores y agentes en el trabajo
Materiales Personales Sociales
Físicos Químicos Biológicos Fisiológicos Psíquicos Sociológicos Políticos y Morales Económicos Organizativos
Agentes materiales o tecnológicos
Físicos Químicos Biológicos
Mecánicos: Estáticos y dinámicos Eléctricos Ópticos Meteorológicos: Temperatura, humedad, velocidad del aire, Presión atmosférica. Neumáticos Acústicos Vibrátiles o de impacto De radiación Agentes en el aire: Polvos, humos, nieblas, aerosoles, gases y vapores. Agentes líquidos Agentes sólidos Bacterias Virus Parásitos Hongos


El conocimiento de las causas de los peligros y agentes involucrados en los mismos permite la aplicación de técnicas adecuadas para evitar las consecuencias descritas.

Secuencia causal de los accidentes/incidentes

Es conveniente conocer con detalle cuanto puede anteceder al accidente como medio indispensable para tomar medidas que rompan la secuencia, vamos a concretarnos ahora en la secuencia o cadena causal.




pppppP










En la figura anterior, las pérdidas son el último eslabón o consecuencia del accidente. Antes de que éste tenga lugar se deben manifestar las llamadas Causas Inmediatas, que tienen su razón de ser en las causas básicas y en los fallos o defectos de los sistemasEn la figura anterior, las pérdidas son el último eslabón o consecuencia del accidente. Antes de que éste tenga lugar se deben manifestar las llamadas Causas Inmediatas, que tienen su razón de ser en las causas básicas y en los fallos o defectos de los sistemas, entendidos en su amplio significado.

Los fallos de los sistemas pueden ser por:
1. Deficiente control de la gestión y de las prácticas preventivas.
2. Programas poco adecuados a las necesidades reales.
3. Normativa inadecuada en el conjunto de las decisiones preventivas.
4. Cumplimiento inadecuado de la normativa existente.

Cuando la línea de supervisión no participa en la gestión de la seguridad e higiene, por propia inhibición o porque no se la ha involucrado en el programa, es una razón para que resulte incontrolada la ocurrencia de accidentes / incidentes. Debido a esto no se realizan inspecciones, no se investigan las causas de pérdidas y de incidentes, no se analizan las tareas, no se realizan procedimientos de trabajo, con esas carencias solo puede esperarse perder al nivel que determine el azar.
Ese primer eslabón de la secuencia puede propiciar la existencia de una cantidad muy variable de causas básicas. Estas causas son las que nos permiten explicarnos por qué sucede lo indeseable, materializado en hechos concretos que, como hemos dicho, están posibilitados por previos comportamientos de gestión.
Las causas básicas pueden dividirse en 2 tipos: a)Las que engloban los factores personales y b) las que corresponden a factores del trabajo.
Factores personales: Son el origen de que las personas no actúen de acuerdo a intereses preventivos.
Factores de trabajo: Explican el por qué de las condiciones o situaciones inadecuadas existentes.
FACTORES PERSONALES FACTORES DEL TRABAJO
El porqué no se actúa como se debe: El porqué de las condiciones inseguras:
1.-Deficientes aptitudes físicas y fisiológicas 1.-Dirección y/o supervisión inadecuada
Ø Fuerza física desproporcionada Ø Mala identificación de peligros
Ø Deficiente visión o audición Ø Inadecuada transmisión de normas.
Ø Mermas sensoriales (tacto, olfato) Ø Inhibición en practicar normas.
2.-Aptitudes psicológicas inadecuadas 2.-Deficiente gestión de ingeniería
Ø Comprensión deficiente. Ø Respecto a factores ergonómicos.
Ø Poco sentido común (malos juicios) Ø De las exposiciones a pérdidas.
Ø Lenta capacidad de reacción. Ø Criterios de diseño inadecuados.
3.-Tensiones físicas o fisiológicas 3.-Compras inadecuadas y su control
Ø Fatiga por falta de descanso. Ø Especificaciones incorrectas
Ø Exposición a temperaturas extremas. Ø Problemas por artículos peligrosos.
Ø Drogadicción 4.-Mantenimiento deficiente
4.-Tensiones mentales o psicológicas Ø Mantenimiento preventivo inadecuado.
Ø Rutina, monotonía Ø Reparaciones deficientes.
Ø Extremada concentración / percepción 5.-Herramientas y equipos inapropiados
Ø Frustraciones, preocupaciones. Ø Deficiente valoración de peligros.
5.-Falta de conocimientos Ø Inadecuadas ergonómicamente
Ø Falta de experiencia Ø Especificaciones inadecuadas.
Ø Adiestramiento inadecuado 6.-Criterios de trabajo inadecuados.
Ø Instrucciones no comprendidas. Ø En su desarrollo (procedimiento).
6.-Actitudes inadecuadas Ø En la comunicación (entrenamiento)
Ø Valorización impropia (machismo) Ø En el mantenimiento (puesta al día)
Ø Exceso de celo (economizar tiempos) 7.-Desgaste
Ø Presiones, excesos, ridículos. Ø Poca vigilancia del servicio.
Ø Inspección / mantenimiento impropio.
Ø Usos distintos a los previstos.
8.-Uso anormal
Ø Consentido por la supervisión.
Ø No consentido por la supervisión.
La importancia de las causas básicas es de tal naturaleza que, sin una clara política de actuación empresarial a través de todos los niveles, sin una rotunda decisión directiva para luchar contra esas causas, no será posible alcanzar un razonable y perdurable estado de seguridad e higiene. Olvidarnos de las causas básicas es tanto como plantear la batalla por la seguridad e higiene en base a cuestiones puntuales, a “parches”, que nos vienen definidos por las llamadas causas inmediatas.
Estas señales o indicios inmediatos (mal llamados causas) de que pueden suceder los accidentes / incidentes constituyen otro eslabón de la cadena causal. Están constituidos por los llamados Actos inseguros y Condiciones Inseguras.
El Acto inseguro es un comportamiento de las personas que vulnera el procedimiento aceptado como seguro y que posibilita que suceda el accidente.
La condición insegura es una manifestación de los factores materiales inseguros que, de forma inmediata, pueden propiciar accidentes o incidentes. En definitiva, son situaciones por debajo del estándar admitido como seguro en los procedimientos, equipos, materiales y ambiente de trabajo. Una relación de los mismos se presenta en la siguiente tabla.

SÍNTOMAS
ACTOS INSEGUROS CONDICIONES INSEGURAS
1.-Levantar cargas de forma incorrecta. 1.-Puntos de operación desprotegidos
2.-Situarse en lugares peligrosos 2.-Resguardos inadecuados
3.-No utilizar la protección personal 3.-Falta de resguardos.
4.-Poner en marcha sin autorización. 4.-Material o herramientas defectuosos.
5.-No avisar previamente de la intervención crítica que se práctica. 5.-Aglomeración impropia de material.
6.-No asegurar los dispositivos de corte en las reparaciones. 6.-Orden y limpieza deficiente.
7.-Sacar las protecciones. 7.-Sistemas y limpieza deficiente.
8.-Utilizar equipos y materiales indebidos para trabajos concretos. 8.-Sistemas de avisos incorrectos.
9.-Gastar bromas pesadas. 9.-Niveles excesivos de polvo, humos, gases y vapores.
10.-Introducir bebidas alcohólicas. 10.-Exposiciones incontroladas a radiaciones y ruidos excesivos.
11.-No practicar la higiene personal. 11.-Ventilación e iluminación escasas.
12.-Conducir sin autorización. 12.-Fuentes de ignición en atmósferas y materiales peligrosos.
13.-Puestas a tierra inexistentes.

Se adjunta un formato de reporte de investigación de incidentes.
REPORTE DE INVESTIGACIÓN DE INCIDENTE EHS
Titulo: Titulo: Colocar el Título del incidente Incidente Nº: Incidente Nº: Colocar el número de incidente ejemplo LES-001-2010 Titulo: Colocar el Título del incidente Incidente Nº: Colocar el número de incidente ejemplo LES-001-2010
Consecuencias del Incidente: Colocar la descripción de la consecuencia ejemplo Cortadura profunda de 3 centímetros en dedo índice de mano izquierda
Sitio: Sitio: Colocar El nombre de la Empresa Fecha Incidente: Fecha Incidente: La fecha del incidente Hora: Hora: Hora del incidente Fecha Inicio de investigación: Fecha de inicio de la investigación Sitio: Colocar El nombre de la Empresa Fecha Incidente: La fecha del incidente Hora: Hora del incidente Fecha Inicio de investigación: Fecha de inicio de la investigación
Planta: Nombre de la planta Area/Depto.:Nombre del departamento o del área. Seguridad de Procesos Sí o No
Reporte Elaborado por: Nombre del que elabora el reporte Reporte Elaborado por: Nombre del que elabora el reporte
Registrable OSHA Si o No Lesion Sí o No F/E Sí o No Ambiental Sí o No
Descripcion del Incidente: Describir el incidente siguiendo la relatoría con las horas. Descripcion del Incidente: Describir el incidente siguiendo la relatoría con las horas.
Comentarios: Comentarios adicionales.
Respuesta a la Emergencia: (Actividades desde la respuesta inicial hasta el control de la emergencia) - · Respuesta a la Emergencia: (Actividades desde la respuesta inicial hasta el control de la emergencia) - · Anotar las actividades realizadas para controlar la emergencia Respuesta a la Emergencia: (Actividades desde la respuesta inicial hasta el control de la emergencia) - · Anotar las actividades realizadas para controlar la emergencia
Que se hizo bien: (Aspectos sobresalientes) - · Anotar las actividades que se considera estuvieron bien
Que NO se hizo bien: (Aspectos sobresalientes) - · Que NO se hizo bien: (Aspectos sobresalientes) - · Anotar las actividades que se considera no estuvieron bien, es decir que nos ponen en riesgo. Que NO se hizo bien: (Aspectos sobresalientes) - · Anotar las actividades que se considera no estuvieron bien, es decir que nos ponen en riesgo.

Personal Involucrado: Compañia Contratista Admon. Contratista P.A. Otro
Directamente involucrado  Testigo  Con Lesion  Con Exposicion  Directamente involucrado Testigo Con Lesion Con Exposicion
Nombre: Puesto: Cia:
Depto.: Antiguedad en el puesto: Antiguedad en la compañía:

LESION: LESION:
Descripcion de la Lesion:
Tratamiento:
Restricciones:

DAÑO/FUEGO/EXPLOSIÓN
Descripción del equipo dañado por Fuego/Explosión: Costo del daño (US$):

Descripción del equipo dañado por otras causas: Costo del daño (US$):


AMBIENTAL: AMBIENTAL:
Fuga o Derrame (Kgs) .
AIRE AGUA TIERRA
Nombre Químico Total Emitido Retenido Total Emitido Retenido Total Emitido Retenido





Remediacion terminada: SI NO NO APLICA Comentarios:
Medidas aplicadas para minimizar el impacto:
Metodo de disposición de deshechos:

CAUSAS DIRECTAS o INMEDIATAS:CAUSAS DIRECTAS o INMEDIATAS: (Eventos que directamente originan el incidente)
Comportamiento en Riesgo o Acto inseguro: Comportamiento en Riesgo o Acto inseguro:
Condición Insegura: Condición Insegura:

CAUSAS BASICAS: (Factores personales y de trabajo que originan las Causas Directas) para CAUSAS BASICAS: (Factores personales y de trabajo que originan las Causas Directas) para Comportamiento en Riesgo CAUSAS BASICAS: (Factores personales y de trabajo que originan las Causas Directas) para Comportamiento en Riesgo
Causa Basica Aspecto especifico que falló Causa Basica Aspecto especifico que falló
Procedimientos y Estandares
Capacitación y Habilidades
Comportamiento
Comunicación
Supervisión
Factores Personales
Herramientas, útiles y eqs. de Trabajo
Calidad e Integridad Mecánica
Ing. Humana y Medio Amb. De Trabajo

CAUSAS BASICAS: (Factores personales y de trabajo que originan las Causas Directas) para CAUSAS BASICAS: (Factores personales y de trabajo que originan las Causas Directas) para Condición Insegura CAUSAS BASICAS: (Factores personales y de trabajo que originan las Causas Directas) para Condición Insegura
Causa Basica Aspecto especifico que falló Causa Basica Aspecto especifico que falló
Procedimientos y Estandares
Capacitación y Habilidades
Comportamiento
Comunicación
Supervisión
Factores Personales
Herramientas, útiles y eqs. de Trabajo
Calidad e Integridad Mecánica
Ing. Humana y Medio Amb. De Trabajo


CAUSAS RAIZ:CAUSAS RAIZ: (Aspecto especifico que falló del sistema administrativo en el incidente)
Causa Basica Causa Raiz Causa Basica Causa Raiz





ACCIONES CORRECTIVAS:ACCIONES CORRECTIVAS: ( Dirigidas a corregir: I.-Causa Raiz, II.- Causas del Incidente y III.- Desviaciones a la respuesta de la emergencia)
Plan de Accion Responsable Fecha




COMITE DE INVESTIGACION:
Puesto Nombre Firma

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