Deberes y Derechos Ciudadanos: Fundamentos Constitucionales
Conceptos Fundamentales
Deberes
El deber es un sinónimo de responsabilidad y obligación; es aquello a lo cual estamos comprometidos. Cuando hablamos de deber ciudadano, nos referimos a todas aquellas acciones que es nuestra obligación realizar en función del bien común y del logro del bienestar colectivo.
Derechos
La facultad que tiene el individuo para disponer de una cosa o para exigir el cumplimiento de una disposición es lo que conocemos como derecho. También lo definimos como la acción que se tiene sobre una persona o cosa.
Marco Constitucional
Derechos Individuales
La Constitución Nacional, en su artículo 19, garantiza a toda persona dentro del territorio nacional "el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos".
Derechos Civiles
Previstos en el Capítulo III, entre estos encontramos:
- Derecho a la vida y la protección a la misma.
- Inviolabilidad de la libertad personal.
- Respeto a la integridad física.
- Inviolabilidad del hogar y secreto de la correspondencia.
- Presunción de inocencia y libre tránsito.
- Asociación lícita y exclusión de la esclavitud.
- Libertad de religión y de culto.
- Protección del honor.
Derechos Políticos
Establecidos en el Capítulo IV, se garantiza al ciudadano el derecho a:
- Participación en los asuntos públicos.
- Sufragio, de acuerdo con las condiciones exigidas en la ley.
- Optar a cargos de elección popular.
- Rendición de cuentas de los representantes en el ejercicio de los cargos.
- Asociación política y manifestaciones pacíficas.
- Asilo, refugio y la no extradición de los venezolanos.
Derechos Sociales
En el Capítulo V del Título III de la Constitución Nacional se establecen los derechos sociales y de las familias. Entre los mismos, es conveniente destacar:
- Protección a la familia y el derecho de los niños a vivir en el seno familiar.
- Protección a la maternidad y paternidad.
- Protección al matrimonio (indicándose que es entre un hombre y una mujer).
- Protección a los menores y garantía de los derechos a los ancianos para su ejercicio pleno.