Delitos públicos en España: falsedad, cohecho, injurias, calumnias y más

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Falsedad en documento público: 390 a 396

Sujetos (comunes y especiales, cometidas por autoridad o funcionario público) objeto (documentos públicos, oficiales y mercantiles y despachos telegráficos, privados, certificados, tarjetas de crédito, débito o cheques de viaje) documento es todo soporte material que exprese e incorpore datos, hechos o narraciones con eficacia probatoria u otro tipo de relevancia jurídica. Escrita o por huellas dactilares, uso falso del DNI. 390.1- falsedades de los doc publicos, oficiales y mercantiles y despachos telegráficos, llevados a cabo por autoridad o funcionario en el ejercicio de sus funciones. Modalidades: 1 alterar un documento en alguno de sus elementos o requisitos esenciales. Simulacro en todo o en parte induciendo a error acerca de su autoridad, suponer en un acto la intervención de personas que no la han tenido-falsedad material. faltar a la verdad en la narración de los hechos- falsedad ideológica. Se tiene que poner en peligro: seguridad jurídica en que el documento va a proyectarse, fe pública, confianza social en el valor probatorio o constitutivo de documentos. F ideo- manifestación destinada a constar en un documento en la que quien la hace es consciente de que no es verdad y así se lo dice su conciencia.

Cohecho: 419 a 427

Disposición a aceptar o solicitar dinero, bienes o cualquier tipo de retribución con motivo, o en relación con el desempeño de la función pública encomendada a los mismos. Dos elementos: 1 funcionario o autoridad que solicita o acepta el cohecho. 2 particular que recibe la petición o propone el soborno. Es importante saber quién es el que toma la iniciativa. Cohecho activo: conductas vistas desde el particular, con independencia de quien sea el que corrompa. Cohecho pasivo: conductas vistas desde el funcionario público... el objeto material es la dádiva, favor o retribución de cualquier clase. Tienen que obrar con el fin de obtener un enriquecimiento personal, propio o tercero. Cohecho propio: realizar en el ejercicio de su cargo, un acto contrario a los deberes inherentes al mismo y no realizar, o retrasar injustificadamente el que debería aplicar. Cohecho im: Realizar un acto propio de su cargo y admitir las dádivas o regalos. Se consuma en el momento en el que el funcionario público solicita la dádiva, favor o retribución siendo irrelevante si la recibe o no.

Injurias

Las pronunciadas ante la propia víctima y difamación cuando esta no se encuentra presente.

Calumnias

Imputación de cualquier delito a sabiendas de su falsedad o con temerario desprecio de la verdad. Acción o expresión que lesiona la dignidad de otro, menoscabando su fama o atentando contra su propia estima.

Plazo impago pensiones

Durante dos meses consecutivos o 4 meses no consecutivos.

Moda incendios

Incendios genéricos (351), forestales (352 y ss) en zonas de vegetación no forestales (356cp) y el incendio de cosa propia 357 que en los casos de beneficio económico es estafa.

Prevaricación: 404

La conducta más grave de todas las que puedan cometer los funcionarios públicos, que es dictar una resolución arbitraria en asunto administrativo a sabiendas de su injusticia. El delito consiste en dictar a sabiendas de su injusticia resolución arbitraria en asunto administrativo y los requisitos son: 1 que la autoridad o funcionario público dicte en un asunto administrativo una resolución. 2 que la resolución sea arbitraria y 3 que sea a sabiendas de su injusticia.

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