Deontología y Ética Profesional: Deberes, Normas y Responsabilidades del Abogado
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Fundamentos Filosóficos de la Deontología
Jeremias Bentham y la Ciencia de la Moralidad
Jeremias Bentham, en su libro Deontology of the Science of Morality, establece la doctrina de los distintos deberes del ser humano.
Bentham define la Deontología como los deberes que cada persona tiene consigo misma y con los demás.
Diferencia entre Ontología y Deontología
- Ontología: Estudio del ser.
- Deontología: Estudio del deber ser, ciencia o tratado de los deberes.
Derecho y Moral
La ética profesional se articula en torno a dos vértices fundamentales: el Derecho y la Moral.
La Moral es el conjunto de normas autónomas e interiores que regulan la actuación del ser humano en relación con el bien y el mal.
Referencias Clásicas sobre la Ética
- Aristóteles: Escribió la Ética Nicomáquea y la Ética Eudemia.
- Marco Cicerón: Sostuvo que las virtudes que forman al hombre honesto son la prudencia, la justicia, la fortaleza y la templanza.
Elementos Fundamentales del Ser Humano
Existen tres elementos fundamentales que intervienen en la conducta ética:
- Conciencia moral.
- Libertad.
- Voluntad.
Distinción de Actos
- Acto Humano: Interviene la capacidad de reflexión del individuo.
- Acto del Hombre: El individuo también participa en ellos, pero los lleva a cabo de forma automática o mecánica.
Sistemas Éticos y Tipos de Normas
Corrientes Filosóficas
- Utilitarismo: Califica las conductas únicamente desde el punto de vista político (buscando la mayor felicidad para el mayor número).
- Personalismo: Parte de la prioridad del ser humano y, por lo tanto, de su valor intrínseco.
Clasificación de las Normas
Las normas se distinguen por su finalidad y sus características de aplicación:
- Normas Morales: Buscan el bien. Son no coercibles, autónomas e internas.
- Normas Jurídicas: Buscan la justicia. Son coercibles, heterónomas y externas.
- Normas Convencionales Sociales: Buscan la convivencia. Son no coercibles, heterónomas y externas.
- Normas Religiosas: Buscan la relación con la divinidad. Son no coercibles, heterónomas e internas.
La Profesión y la Ética del Abogado
Definición de Profesión (Según Max Weber)
Max Weber define la Profesión como la actividad especializada y permanente de un hombre que, normalmente, constituye para él una fuente de ingresos.
Características de la Profesión
Entre las características esenciales de una profesión se encuentran:
- Su carácter intelectual, científico y humanista.
- Su constancia y permanencia.
- Su clara vocación.
- Su independencia y libre contratación.
- La tradición.
- Su colegiación.
- Su nivel social.
El Secreto Profesional
El Secreto Profesional se fundamenta en dos pilares:
- La necesidad del cliente de manifestar a su representante legal ciertas confidencias con el objeto de que sus problemas lleguen a resolverse.
- La certeza de que el profesional del derecho no revelará esas confidencias, excepto en los casos aludidos por la ley.
Extinción de la Obligación de Guardar el Secreto
La obligación de guardar el secreto profesional cesa en los siguientes casos:
- Cuando el abogado sea objeto de un ataque grave e injustificado por parte del cliente.
- Cuando un cliente comunique al abogado la intención de cometer un delito. Tal confidencia no quedará amparada por el secreto profesional.
- Para proteger a personas en peligro inminente.
Honorarios y Lealtad
Los Honorarios deben ser adecuados, considerando:
- La capacidad económica del cliente.
- El tiempo empleado para el patrocinio.
- La experiencia y reputación del profesional.
- La cuantía e importancia del asunto.
- La retribución del profesional.
La Lealtad está basada en los valores de justicia, verdad y honradez.
Abstención de la Práctica del Soborno
El Soborno consiste en corromper a uno con dádivas para conseguir de él una cosa.
- Soborno Activo: Es promovido por el servidor público.
- Soborno Pasivo: Lo promueve el litigante o cliente.
El Contrato de Prestación de Servicios Profesionales
Este contrato obliga al abogado a prestar sus servicios jurídicos y al cliente a pagar los honorarios convenidos.
Características del Contrato
El contrato de prestación de servicios es de carácter:
- Bilateral.
- Oneroso.
- Con libertad de formalismos.
- Intuitu personae (en consideración a la persona).
- Principal.
- De tracto sucesivo.
Obligaciones de las Partes
Obligaciones del Abogado
- Realizar el servicio de acuerdo con lo pactado.
- Desempeñar el trabajo personalmente.
- Responder de los daños y perjuicios por negligencia, impericia o dolo.
- Guardar el secreto profesional.
- Avisar oportunamente al cliente cuando no pueda continuar prestando sus servicios.
Obligaciones del Cliente
- Satisfacer los honorarios.
- Reembolsar los gastos erogados por la prestación del servicio.