Derecho 6to

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El hombre para vivir en sociedad necesita regular su vida en función de normas.
Se entiende por
norma aquellos preceptos de conducta que prevé sanción para el caso de que no se cumpla.
Dentro de las normas encontramos distintas clases: jurídica, religiosa, morales, sociales.
El derecho es una norma
jurídica que tiene las siguientes características, Bilateral implica obligaciones y derechos, Heterónoma es el sujeto externo impuesto de afuera.
El derecho se clasifica en público, privado, vigente, natural y positivo.
El derecho tiene
fines: Paz, armonía, justicia, bien común.
El derecho se basa en distintas
fuentes: hisotéricas, reales y formales.
Las fuentes son
jurisprudencia, legislación, costumbre y doctrina.
La
legislación es el proceso por el cual uno o más órganos del estado crean normas jurídicas de cumplimiento general llamados LEY y sus pasos son iniciativa, discusión, aprobación y sanción.
El poder judicial encabezado por la Suprema Corte de
Justicia es encargada de juzgar la constitucionalidad de las leyes.
El Poder judicial está compuesto por Tribunal de Apelaciones,
Jueces Letrados y Jueces de Paz.

1)El matrimonio es un acto jurídico celebrado entre dos personas de distinto sexo que produce efectos personales, y matrimoniales, es un acto pero algunos dicen contrato, pero implica algo más, es una verdadera institución social de carácter civil del cual surge la familia.
Se realiza ante un Oficial del Registro Civil, previa inscripción, publicación de edictos y comparecencia de testigos. No se puede proceder a un matrimonio religioso sin previo matrimonio civil, las parejas se deben auxilio y respeto mutuo, y contraen la obligación de dar a sus hijos la profesión u oficio de acuerdo a su estado. Este vínculo solo puede disolverse en casos excepcionales.
El Divorcio es la disolución del matrimonio y se pronuncia por sentencia judicial, luego de un procedimiento previsto por la ley. En Uruguay hay tres procedimientos de divorcio el de la sola voluntad de la mujer (después de 2 años), por mutuo consentimiento y por causal.

2)Se entiende por Gobierno un conjunto de organismos que ejercen la Actividad Etática. Es un conjunto de órganos directos de un estado a través del cual se expresa el poder etático, por medio del poder jurídico.
El gobierno pasa y cambia, se transforma, mientras que el Estado permanece.
Estado es una persona jurídica que necesita del gobierno para cumplir sus funciones y fines primarios que no puede delegar (Ej.: elaboración de leyes) y delega fines secundarios (Ej.: seguridad, salud, educación, etc.).
Los elementos del Estado son Población, territorio (si no esta es nación) y poder etático.

3)Derecho subjetivo es el conjunto de facultades y poderes concretos atribuidos a un titular, que puede ejercer libremente.
Es la facultad o posibilidad de obrar de acuerdo con la norma y exigir a los demás lo que nos es debido.
Se compone de dos elementos: Posibilidad de obrar y la pretensión o garantía.

4)El concepto moderno de democracia, es el denominado democracia a través de la historia ha sido o pretendió ser el gobiernos de todos o del pueblo.
Es en el gobierno donde prima la mayoría, sin dejar de lado o aplastar a la minoría, la minoría tiene derechos y se concluye que la democracia es el gobierno de la mayoría con la participación de la minoría.
El individuo es la esencia de la democracia y de sus actividad depende la suerte del sistema. Clases de democracia: representativa (Ej. Monarquía, tiranía), Directa (Ej. El pueblo ejerce directamente) y Semi-representativa (plebiscitos, sufragio, ej. Uruguay).

5)Los poderes del Estado son tres:
Poder Ejecutivo - compuesto por presidente y vicepresidente, consejo de ministros. El presidente es el jefe del Estado y Gobierno. (5 años de mandato sin reelección inmediata por un periodo igual)
Poder Legislativo - reside en La Asamblea General, la cual consta de una Cámara de Senadores de 30 miembros y una Cámara de Representantes de 99 miembros (periodo 5 años).
Poder Judicial - es encabezado por la Corte de Justicia, cuyos miembros son nombrados por la Asamblea General (dura 10 años) compuestos por Tribunales de Apelaciones, jueces letrados y jueces de paz.

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