Derecho Ambiental en Bolivia: Marco Legal y Protección de Recursos Naturales

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Derecho Ambiental

Consideraciones Generales

El medio ambiente debe ser entendido como un sistema:

  • Un conjunto de elementos que interactúan entre sí y que involucran a toda forma de vida.
  • Cuando se habla de derecho ambiental, nos referimos a sujetos en particular, objetos en ejercicio de sus derechos y medidas jurisdiccionales.
  • Desde el punto de vista jurídico, el ambiente es dinámico, tutelado, constitucional, colectivo, forma parte de nuestro derecho y es materia de competencia.
  • En cuanto a los bienes ambientales, se trata del disfrute como resultado de aprovechar los recursos de manera ilimitada.

El Medio Ambiente

El medio ambiente es un sistema formado por elementos naturales y artificiales que están interrelacionados y que son modificados por la acción humana. El medio ambiente es visto como un bien jurídico tutelado, ya que es el Estado quien lo protege implementando leyes, normas, obligaciones y sanciones penales-ambientales para el hombre, quien es considerado el principal responsable de la degradación del planeta Tierra.

Medio Ambiente en Bolivia

Existe la Ley 1333, la cual tiene como objetivo la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales (RR.NN.), regulando las acciones del hombre en relación con la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible para mejorar la calidad de vida.

Ley 1333 - Capítulo VI: De la Fauna y Flora Silvestre

El Estado y la sociedad deben velar por la protección, conservación y restauración de la flora y la fauna silvestre, tanto acuática como terrestre. Estas son consideradas patrimonio del Estado, especialmente las especies endémicas, de distribución restringida, amenazadas y en peligro de extinción.

Nueva Constitución Política del Estado

Capítulo Quinto - Recursos Hídricos

Artículo 373: I. El agua constituye un derecho fundamentalísimo para la vida, en el marco de la soberanía del pueblo. El Estado promoverá el uso y acceso al agua sobre la base de principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad, diversidad y sustentabilidad.

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