Derecho Laboral: Principios Fundamentales y Ámbito de Aplicación
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Relación Laboral
Requisitos para ser Contrato de Trabajo
- Trabajo personal
- Voluntario
- Retribuido
- Dependiente
- Cuenta ajena
Relaciones Laborales Especiales
- Servicio de alta dirección
- Penados en las cárceles
- Personas con discapacidad en centros especiales
- Médicos residentes
Exclusiones de la Relación Laboral
- Trabajo de los funcionarios
- Trabajos familiares y de amistad
- Autónomos
- Transportistas
Trabajadores Autónomos
- Mayores de 18 años por cuenta ajena
- El cónyuge y los familiares tienen que ser asalariados
- Profesionales
- Funciones de administración o gerencia
Fuentes del Derecho de Trabajo
Normativa de la Unión Europea
- Hay varios tipos de normas, pero destacan las Directivas
- Son mínimas, cada país puede mejorarlas
Constitución Española
- Reconoce los derechos laborales: derecho a la huelga y a la libertad sindical, al trabajo...
Tratados Internacionales
- Se diferencia de la normativa de la UE
- Destacan los convenios de la OIT
Leyes
- Las aprueban las Cortes Generales, su función es desarrollar la Constitución
- Tipos: leyes orgánicas, ordinarias, decreto-ley, decreto-legislativo
Reglamentos
- Real decreto y orden ministerial
Convenios Colectivos
- La Constitución establece el derecho de sindicatos y empresarios
- La relación entre la ley y el convenio suele ser que la ley establece el mínimo y luego deja la posibilidad de que el convenio lo mejore
- Contratos de trabajo
- Uso y costumbres
Principios de Aplicación de las Fuentes
- Principio de jerarquía normativa
- De norma mínima
- De condición más beneficiosa
- De norma más favorable
- De irrenunciabilidad de derechos
- De "indubio pro operario"
Derechos y Deberes Laborales
Derechos Colectivos
- Libre sindicación
- Huelga
- Convenios y conflicto colectivo
- Derecho de reunión
- Participar en la empresa a través de sus representantes
Derechos Individuales
- Elegir libremente profesión y oficio
- Derecho de ocupación efectiva
- Promoción profesional y a la FP (solicitar ascensos, elegir turno, acudir a exámenes)
- Igualdad y no discriminación
- Política de seguridad e higiene en el trabajo
- Intimidad y dignidad
- Descanso
- Remuneración pactada
Deberes Laborales
- Actuar de buena fe
- Actuar con diligencia
- No realizar competencia desleal
- Tomar medidas de prevención
- Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario
- En caso de incumplimiento, sancionar al trabajador o incluso despedirlo
Poder de Dirección y Vigilancia
- Registros
- Vigilancia por cámaras
- Vigilancia del correo electrónico y uso de ordenadores
- Vigilancia de la situación sanitaria
Poder Disciplinario
- La ley remite a los convenios colectivos para que establezcan qué conductas se van a considerar faltas leves, graves o muy graves
- Señala que las faltas prescriben cuando haya pasado un plazo, la empresa ya no podrá alegar que se produjo la falta
- Los plazos son: leves 10 días, graves 20 y muy graves 60