Derecho Laboral: Principios Fundamentales y Ámbito de Aplicación

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Relación Laboral

Requisitos para ser Contrato de Trabajo

  • Trabajo personal
  • Voluntario
  • Retribuido
  • Dependiente
  • Cuenta ajena

Relaciones Laborales Especiales

  • Servicio de alta dirección
  • Penados en las cárceles
  • Personas con discapacidad en centros especiales
  • Médicos residentes

Exclusiones de la Relación Laboral

  • Trabajo de los funcionarios
  • Trabajos familiares y de amistad
  • Autónomos
  • Transportistas

Trabajadores Autónomos

  • Mayores de 18 años por cuenta ajena
  • El cónyuge y los familiares tienen que ser asalariados
  • Profesionales
  • Funciones de administración o gerencia

Fuentes del Derecho de Trabajo

Normativa de la Unión Europea

  • Hay varios tipos de normas, pero destacan las Directivas
  • Son mínimas, cada país puede mejorarlas

Constitución Española

  • Reconoce los derechos laborales: derecho a la huelga y a la libertad sindical, al trabajo...

Tratados Internacionales

  • Se diferencia de la normativa de la UE
  • Destacan los convenios de la OIT

Leyes

  • Las aprueban las Cortes Generales, su función es desarrollar la Constitución
  • Tipos: leyes orgánicas, ordinarias, decreto-ley, decreto-legislativo

Reglamentos

  • Real decreto y orden ministerial

Convenios Colectivos

  • La Constitución establece el derecho de sindicatos y empresarios
  • La relación entre la ley y el convenio suele ser que la ley establece el mínimo y luego deja la posibilidad de que el convenio lo mejore
  • Contratos de trabajo
  • Uso y costumbres

Principios de Aplicación de las Fuentes

  • Principio de jerarquía normativa
  • De norma mínima
  • De condición más beneficiosa
  • De norma más favorable
  • De irrenunciabilidad de derechos
  • De "indubio pro operario"

Derechos y Deberes Laborales

Derechos Colectivos

  • Libre sindicación
  • Huelga
  • Convenios y conflicto colectivo
  • Derecho de reunión
  • Participar en la empresa a través de sus representantes

Derechos Individuales

  • Elegir libremente profesión y oficio
  • Derecho de ocupación efectiva
  • Promoción profesional y a la FP (solicitar ascensos, elegir turno, acudir a exámenes)
  • Igualdad y no discriminación
  • Política de seguridad e higiene en el trabajo
  • Intimidad y dignidad
  • Descanso
  • Remuneración pactada

Deberes Laborales

  • Actuar de buena fe
  • Actuar con diligencia
  • No realizar competencia desleal
  • Tomar medidas de prevención
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario
  • En caso de incumplimiento, sancionar al trabajador o incluso despedirlo

Poder de Dirección y Vigilancia

  • Registros
  • Vigilancia por cámaras
  • Vigilancia del correo electrónico y uso de ordenadores
  • Vigilancia de la situación sanitaria

Poder Disciplinario

  • La ley remite a los convenios colectivos para que establezcan qué conductas se van a considerar faltas leves, graves o muy graves
  • Señala que las faltas prescriben cuando haya pasado un plazo, la empresa ya no podrá alegar que se produjo la falta
  • Los plazos son: leves 10 días, graves 20 y muy graves 60

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