Derecho mercantil mexico

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norma: son aquellos statutos que nos ayudan a vivir en sociedad.                                                                                               

reglas:es aquello quea de cumplirse por estar asi convenido por una conectividad.                                                 

norma juridica: son normas de conuctas impuestas por el estado Son cohercibles,heteronomas,bilaterales,externas.

Codigo legislativo:conjunto de normas juridicas de un estado ordenador de la legislacion aplicable en materia penal y sirve para legislar un   pais. en materia mercantil existe  el codigo de comercio que regula los actos y actores del comercio , asi como sus procedimientos y deribados de ejercer actividades mercantiles.                      

condiciones basicas para la existencia de comercio:

  1. carencia de mercancia y ecesos de otras.
  2. mercancias diferentes entre  los grupos.
  3. los grupos deben de ser reciprocamente accecibles.

producto:cualquier bien inmueble o mueble.  

Mercancia o servicio: es cualquier cosa producida por el cual se obtiene algo. 

Mercancia: cualquier cosa que sea objeto de copra o  trata. 

Servicio:actividad suministrada al mercado de consumo mediante remuneracion.   

consumidor: persona fisica o moral que adquiere como destinatario final de las mercancias.

Comerciante: persona fisica o juridica que se dedica al comercio de forma habitual.

Art 1° : los actos comerciales solo se regulan por lo dispuesto en este codigo y las demas leys mercantiles aplicables.

Art 3°: Actos Considerados Mercantiles: Se reputan además actos de comercio, cualesquiera otros contratos y cualesquiera otras obligaciones de los comerciantes, si no resulta lo contrario del acto mismo, y si tales contratos y obligaciones no son de naturaleza esencialmente civil.

Art 4°:Trabajos Excluidos de la Regulación del Código: Los simples trabajos manuales de los artesanos y obreros, ejecutados individualmente, ya sea por cuenta propia o en servicio de algunas de las empresas o establecimientos enumerados en el Art. 2, no constituyen actos de comercio.

Art 75°: La ley reputa actos de comercio

 

                    

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