Derecho Objetivo y Subjetivo: Fundamentos Históricos y Desarrollo Conceptual
Clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,12 KB
Derecho Objetivo y Subjetivo: Origen y Evolución Histórica del Concepto
Puede decirse que la noción de Derecho Objetivo precede a la de Derecho Subjetivo. Ahora bien, parece que el Derecho, entendido como norma, no tendría ningún sentido si no se conecta con los sujetos a los que va dirigido. Es indiscutible que tales sujetos tienen determinadas facultades o poderes que, cuando son ejercitados, no hacen sino realizar o actualizar lo dispuesto en las normas. Ha habido épocas en las que no se reconocía la titularidad de derechos a una buena parte de la humanidad; sin embargo, incluso en tales situaciones, existía al menos un grupo de individuos que sí los poseían. Incluso si consideramos un sistema jurídico radicalmente injusto, siempre habrá individuos que ostenten una serie de derechos. Esto significa que el Derecho Subjetivo va implícito necesariamente en la idea de Derecho Objetivo.
Desentrañando el Concepto de Derecho Subjetivo
Es necesario distinguir entre lo que podría llamarse la idea del Derecho Subjetivo y el concepto técnico-jurídico de Derecho Subjetivo. El concepto de Derecho Subjetivo, tal como lo conocemos hoy, aparece en un momento determinado de la historia. Su posterior delimitación conceptual responde a una serie de circunstancias que determinarán que se ponga más énfasis en el Derecho Subjetivo que en la norma. No se puede concebir un orden jurídico, por rudimentario que sea, si en él todos los individuos o, al menos una parte de ellos, no gozan de una serie de facultades cuyo contenido aparece previamente delimitado en la norma. Existe, pues, la conciencia de que determinados individuos pueden exigir la realización de ciertos comportamientos y, al mismo tiempo, se cree que algunos sujetos se encuentran en situaciones que no pueden ser atacadas y que reciben una protección especial.
El Surgimiento Histórico del Concepto Técnico-Jurídico
Aclarada esta cuestión, vamos a referirnos al concepto técnico-jurídico de Derecho Subjetivo. Villey considera que el origen de este concepto se encuentra en la obra de Ockham. Se suele afirmar que los juristas romanos construyeron el concepto de Derecho Subjetivo sobre la base de la distinción entre facultas agendi y norma agendi. Sin embargo, según afirma Villey, los juristas romanos, cuando emplean el término ius, jamás lo hacen en sentido subjetivo, sino que siempre se están refiriendo a la norma objetiva. Por eso, Villey concluye que no se puede afirmar que los juristas romanos elaboraran un concepto de Derecho Subjetivo, porque jamás pudieron concebirlo como una cualidad o facultad del sujeto o como la atribución de un poder jurídico al sujeto. La primera formulación del concepto de Derecho Subjetivo tiene lugar en la obra de Ockham, con motivo de la polémica que mantuvo con el Papa Juan XXII acerca de la propiedad de los bienes que usaban los franciscanos.