Derechos y Deberes Laborales: Excedencias, Representación y Cierre Patronal
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Excedencias Laborales
La excedencia es una situación en la que el contrato de trabajo se suspende temporalmente. Existen varios tipos:
Excedencia Voluntaria
- Motivo: Necesidad del trabajador.
- Antigüedad mínima: Al menos 1 año de antigüedad en la empresa.
- Duración: Mínimo 4 meses y máximo 5 años.
- Reserva de puesto: No se reserva el puesto de trabajo. Existe preferencia para el ingreso en un puesto vacante.
- Reingreso: No se puede solicitar una nueva excedencia voluntaria hasta que hayan transcurrido 4 años desde la anterior.
Excedencia Forzosa
- Motivo: Ejercicio de un cargo público o funciones sindicales.
- Duración: Mientras dure el cargo o las funciones.
- Reserva de puesto: Se reserva el puesto de trabajo.
- Reingreso: Debe ser solicitado dentro del mes siguiente al cese del cargo público o la finalización de las funciones sindicales.
Excedencia por Cuidado de Hijos
- Motivo: Cuidado de hijos menores de 3 años.
- Duración: Máximo 3 años.
- Reserva de puesto: Si se tiene antigüedad, se reserva el puesto. Durante el primer año, se reserva el puesto de trabajo. A partir del segundo año, la reserva será a un puesto del mismo grupo o categoría equivalente.
Excedencia por Cuidado de Familiares
- Motivo: Cuidado de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no puedan valerse por sí mismos.
- Duración: Máximo 2 años.
- Reserva de puesto: Similar a la excedencia por cuidado de hijos, si se tiene antigüedad, se reserva el puesto.
Representación de los Trabajadores
Derechos de Voto y Elegibilidad
- Para votar: Tener 16 años cumplidos y una antigüedad mínima de 1 mes en la empresa.
- Para ser votado: Tener 18 años cumplidos y una antigüedad mínima de 6 meses en la empresa.
Delegado Sindical
Para que un sindicato tenga un delegado sindical dentro de la empresa, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- El centro de trabajo debe tener 250 o más trabajadores.
- Debe ser una sección sindical perteneciente a un sindicato que tenga al menos 1 representante en el comité de empresa.
Número de Representantes Sindicales (según plantilla)
- Si no se supera el 10% de los votos: 1 representante.
- Si se supera el 10% de los votos:
- 250-750 trabajadores: 1 representante.
- 751-2000 trabajadores: 2 representantes.
- 2001-5000 trabajadores: 3 representantes.
- Más de 5001 trabajadores: 4 representantes.
Los representantes de los trabajadores tienen derecho a celebrar reuniones dentro del centro de trabajo, previo aviso al empresario y fuera del horario laboral.
Comité de Empresa
El comité de empresa es un órgano de participación obligatorio cuya composición varía según el número de trabajadores:
- 50-100 trabajadores: 5 miembros.
- 101-250 trabajadores: 9 miembros.
- 251-500 trabajadores: 13 miembros.
- 501-750 trabajadores: 17 miembros.
- 751-1000 trabajadores: 21 miembros.
- Más de 1001 trabajadores: Se incrementa en 2 miembros por cada 1000 trabajadores o fracción. (Ejemplo: 2150 trabajadores = 1000 trabajadores (21) + 1000 trabajadores (2) + 150 trabajadores (2) = 25 miembros).
El comité de empresa actúa de forma colegiada, lo que significa que las decisiones y acuerdos se adoptan por mayoría.
Cierre Patronal
El cierre patronal, también conocido como cierre de empresa, es una medida excepcional que el empresario puede adoptar bajo circunstancias muy específicas. Deben existir alguna de las siguientes causas:
- Peligro de violencia para las personas o graves daños para las cosas.
- Ocupación ilegal del centro de trabajo o sus dependencias, o peligro cierto de que se produzca.
- Inasistencia o irregularidades en el trabajo de tal magnitud que impidan gravemente el proceso normal de producción.
Consecuencias para los Trabajadores durante un Cierre Patronal
- El contrato de trabajo se encuentra suspendido.
- Los trabajadores no tienen derecho al salario, independientemente de si están en huelga o no.
- No tendrán derecho a prestación económica por Incapacidad Temporal (IT) que se inicie durante esta situación y mientras esta subsista.
- Tampoco tendrán derecho a prestación por desempleo.