Derechos y Deberes Laborales: Fundamentos del Contrato de Trabajo

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 2,59 KB

Derechos de los trabajadores

Derechos básicos

  • Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  • Libre sindicación.
  • Negociación colectiva.
  • Adopción de medidas de conflicto colectivo.
  • Reunión, huelga, ocupación efectiva y participación en la empresa.

Derechos derivados de la relación de trabajo

  • Promoción y formación profesional en el trabajo.
  • Respeto a su intimidad.
  • Descanso y percepción puntual del salario.
  • Trato igual y no discriminatorio.
  • Integridad física.
  • Ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo.
  • Otros que se deriven del contrato de trabajo.

Deberes de los trabajadores

  • Cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene.
  • Contribuir a la mejora de la productividad.
  • Aquellos que se deriven de los contratos de trabajo.

Potestades y deberes del empresario

  • Potestades: Poder de dirección y poder disciplinario.
  • Deberes: Respetar los derechos del trabajador y cumplir la normativa laboral en todos sus aspectos.

El contrato de trabajo

Es el acuerdo entre dos personas por el que una de ellas, el trabajador, se compromete a prestar determinados servicios y el empresario, recibiendo a cambio una retribución garantizada.

Elementos del contrato de trabajo

  • Consentimiento.
  • Objeto.
  • Causa.

Personas que intervienen en el contrato de trabajo

  • Trabajador: Persona física o natural que desarrolla el trabajo.
  • Empresario: Persona física, jurídica o comunidad de bienes que recibe los servicios a cambio de entregar un salario.

Forma del contrato

Puede ser por escrito, si así lo exige una disposición legal, o de palabra. De forma verbal solo se pueden suscribir dos contratos: el contrato eventual o el contrato indefinido ordinario.

Periodo de prueba

Debe constar por escrito en el contrato y su duración máxima será la establecida por el convenio colectivo:

  • 3 meses: En empresas con menos de 25 trabajadores.
  • 2 meses: En empresas con 25 o más trabajadores.

Contrato formativo

Tiene por objeto la adquisición de la formación práctica y teórica necesaria para un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel.

Entradas relacionadas: