Derechos y Deberes en la Relación Laboral: Todo lo que Debes Saber

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Derechos y deberes de la relación laboral

1. Derechos del empresario

  • Poder de dirección: Es la facultad de dar órdenes e instrucciones sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, así como sobre la calidad y cantidad del mismo. Se puede ejercer personalmente o a través de otros.
  • Poder disciplinario: Si el trabajador incumpliera sus obligaciones, el empresario puede imponerle determinadas sanciones, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales o en los convenios colectivos aplicables.
    • Límites:
      • No pueden consistir en reducir vacaciones o periodos de descanso.
      • No puede ser multa de haber.
      • Aplicación del principio de legalidad en la sanción.
      • Clases de faltas según su gravedad: leve, grave y muy grave.

Prescripción de las faltas laborales

Para aplicar una sanción por falta laboral, es necesario que no haya prescrito:

  • Faltas leves: A los 10 días de conocerse su comisión por la empresa.
  • Faltas graves: A los 20 días de conocerse su comisión por la empresa.
  • Faltas muy graves: A los 60 días de conocerse su comisión por la empresa.

Nota: Cualquier falta prescribe a los 6 meses de su comisión.

  • Potestad premial: Facultad de premiar al trabajador.

2. Obligaciones del trabajador

  • Buena fe y diligencia: Cumplir las obligaciones de su puesto de trabajo de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia; es decir, sin perjudicar al empresario y con el cuidado y rapidez suficientes.
  • Obediencia: Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario al ejercer este su poder de dirección. Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  • No concurrir con la actividad de la empresa: Cuando esto suponga competencia desleal, exista un pacto de exclusividad, exista un pacto de no competencia para después de extinguido el contrato o exista un pacto de permanencia.
  • Productividad: Contribuir a mejorar la productividad.
  • Otras obligaciones: Cuantas obligaciones se deriven de los contratos.

3. Derechos del trabajador

Todo lo que para el empresario es obligación, para el trabajador es un derecho, como:

  • Ocupación efectiva.
  • Percepción puntual de la remuneración pactada.
  • Promoción profesional.
  • Respeto a su intimidad y a su dignidad.

Además, tiene otros derechos consagrados en la Constitución, tales como:

  • Trabajo y libre elección de profesión.
  • Libre sindicación.
  • Derecho de reunión.
  • No discriminación.
  • Derecho de huelga.
  • Negociación colectiva.

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