Derechos y Deberes del Estado Ribereño en el Mar Territorial según la CNUDM

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6. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM) de 1982, también conocida como la Convención de Montego Bay, establece los derechos y deberes del Estado ribereño respecto al mar territorial, que es una franja de hasta 12 millas náuticas contadas desde las líneas de base del territorio.

Derechos del Estado ribereño en el mar territorial

1. Soberanía plena

  • El Estado ribereño ejerce soberanía sobre el mar territorial, incluyendo el espacio aéreo, el lecho y el subsuelo marino.
  • Esta soberanía está limitada únicamente por las normas del Derecho Internacional, como el derecho de paso inocente.

2. Explotación de recursos

  • Derecho exclusivo de explorar, explotar, conservar y gestionar los recursos naturales (vivos y no vivos) en el mar territorial.

3. Regulación del paso de buques extranjeros

  • El Estado puede establecer leyes relacionadas con el paso inocente de buques extranjeros, como normas de seguridad, prevención de la contaminación, pesca, inmigración, aduanas y sanidad.

4. Protección y seguridad

  • Puede adoptar medidas para proteger su seguridad, incluyendo la protección frente a amenazas, actividades ilícitas o el ejercicio abusivo del paso inocente.

Obligaciones o deberes del Estado ribereño en el mar territorial

1. Respetar el derecho de paso inocente

  • Los buques extranjeros tienen derecho a pasar por el mar territorial de manera continua y expedita, siempre que no sea perjudicial para la paz, el orden o la seguridad del Estado ribereño.
  • El Estado ribereño no puede impedir este paso, salvo en casos excepcionales regulados por la convención.

2. No discriminar a los buques extranjeros

  • Las leyes del Estado ribereño deben aplicarse de forma uniforme y no discriminatoria a los buques de todos los países.

3. Cooperación internacional

  • El Estado ribereño debe garantizar que las actividades en su mar territorial no violen las obligaciones internacionales, como la preservación del medio ambiente marino y la seguridad marítima.

4. Garantizar la seguridad de la navegación

  • Debe establecer sistemas de señalización y garantizar condiciones que faciliten la navegación segura y ordenada en el mar territorial.

5. Cumplir con el Derecho Internacional

  • No debe ejercer su soberanía de manera que afecte los derechos legítimos de otros Estados o contravenga tratados internacionales.

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